COM-23-1998
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-23-1998
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1998
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EXON. MULTAS E INTERESES, HASTA EL 15 DE DICIEMBRE 1998,
EN PAGOS NO EFECTUADOS DEL IUSI
APROBADO: 28 DE OCTUBRE DE 1998
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el decreto 62-87 del Congreso de la República, Ley del Impuesto Unico Sobre Inmuebles, establece la forma de pago de dicho impuesto y las sanciones para los contribuyentes que no cumplan con el mismo. Y el Acuerdo No.6-95 del Ministerio de Finanzas, determinó la forma en que la Municipalidad de Guatemala lo administre.
CONSIDERANDO: Que es necesario dar facilidades a los contribuyentes para que cumplan con sus obligaciones tributarias y en este caso con el pago del Impuesto Unico sobre Inmuebles.
POR TANTO: En base a lo considerado y lo que para el efecto estatuyen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 6, 39, 40, 82, 84 y 93 del Código Municipal.
ACUERDA: Artículo Primero: Autorizar el pago sin multas e intereses del Impuesto Unico sobre Inmuebles correspondiente a los cuatro trimestres del año 1997 y los tres trimestres del año 1998. Pago que podrán hacerlo hasta el 15 de diciembre, inclusive, del año en curso.
Artículo Segundo: El presente acuerdo entra en vigor inmediatamente, debiendo publicarse en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALON DE SESIONES “MIGUEL ANGEL ASTURIAS” DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS VEINTIOCHO DIAS, DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVE .
DADO EN EL SALON DE SESIONES “MIGUEL ANGEL ASTURIAS” DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS VEINTIOCHO DIAS, DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVE . palacio municipal centro cívico zona 1 teléfono 20121 al 8 ext. 204-353