COM 23-2011-
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 23-2011-
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2011
Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, les corresponde a los municipios emitir las ordenanzas y reglamentos para el cumplimiento de sus fines propios, especialmente lo relacionado con el ordenamiento territorial de su jurisdicción.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del Código Municipal, contenido en el Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, Corresponde al Concejo Municipal la aprobación y modificación de los planes de ordenamiento territorial con el voto favorable delas dos terceras partes de sus miembros.
CONSIDERANDO: Que con fecha trece de octubre del año dos mil ocho el Concejo Municipa! emitió el Acuerdo Número COM-030-08 —Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Guatemala-—, el cual contempia la formulación de Planes Parciales de Ordenamiento Territoricl para determinar la asignación de las zonas generales y la designación de las áreas de servicic público de aquellas áreas suburbanizadas que se pretendan urbanizar o aquellas áreas previamente urbanizadas que se pretendan urbanizar de nuevo.
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que el inmueble inscrito en el Registro General de la Propiedad como finca número 5842, folio 56 del libro 433 del Departamento de Guatemala, registrado a nombre de la entidad Desarrollos Palo Blanco, Sociedad Anónima, cuenta con una superficie registral de treinta y dos mil noventa y uno punto cincuenta y tres metros cuadrados (32.091.53 mis?}, correspondiéndole por lo tanto la formulación y aprobación de su respectivo Plan Parcial de Ordenamiento Territorial previo a extender las autorizaciones municipales de movimiento de tierra y urbanización 2011-891, conforme a lo contenido en los artículos 74 y 83 del Plan de Ordenamiento Territorial, por ser esta superficie superior a una hectárea, CONSIDERANDO: Que el Plan Parcial será aprobado para una superficie de veintitrés mil trescientos sesenta y uno punto cuarenta y tres metros cuadrados (23,361.43 mts?), por ser esta superficie menor y ser el área registrada en la base catastral de la Municipalidad de Guatemala.
ACUERDO COM-023-2011Oo
Concejo Municipal cumple. Hoja Ne. 2 Acuerdo COM-023-2011
POR TANTO: Con fundemento en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala: 33, 35 incisos a), b) ei), 40, 142, 143, 144 y 147 del Código Municipal, contenido en el Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República; 5, 17 inciso d), 74, 83, 96, 97 inciso b). 98, 102 numeral i., 103, 104, 105, 106, 107, 108 y 110 del Plan de Ordenamiento Territorial, Acuerdo COM-030-08 del Concejo Municipal del Municipio de Guatemala.
108 y 110 del Plan de Ordenamiento Territorial, Acuerdo COM-030-08 del Concejo Municipal del Municipio de Guatemala.
ACUERDA
Aprobar el presente: PLAN PARCIAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Artículo 1. Aprobación. Se aprueba el Plan Parcial de Ordenamiento Territorial número 23:2017 para el inmueble ubicado en la tercera avenida treinta y uno guión novento y uno zona dos (3°. avenida 31-91 zona 2) inscrito en el Registro General de la Propiedad como finca número 5842 folio 56 del libro 433 del departamento de Guatemala, con las siguientes áreas que se encuentran ubicadas y delimitadas en el Anexo | del presente Acuerdo que forma parte integrante del mismo: a) Espacio vial: mil seiscientos treinta y dos punto setenta y siete metros cuadrados (1,632.77 mts?), b) Equipamiento comunitario especial: mil doscientos catorce punto cero seis metros cuadrados (1,214.06 mis?), c) Vías privadas: mil trescientos cincuenta y nueve punto cuarenta y tres metros cuadrados (1,359.43 mis?), d) Áreas sujetas a un posterior aprovechamiento privado: diecinueve mil: ciento cincuenta y cinco punto diecisiete metros cuadrados (19,155.17 mts?).
Artículo 2. Asignación de zonas generales. Dentro de las áreas sujetas a un posterior aprovechamiento privado que determina el artículo anterior, se asignan las siguientes zonas generales con sus respectivas superficies, las cuales se encuentran ubicadas y delimitadas en el Anexo | del presente Acuerdo que forma parte integrante del mismo: a) Zone general GO: trece mil setecientos sesenta y nueve punto quince metros cuadrados (13,769.15 mts?),
el Anexo | del presente Acuerdo que forma parte integrante del mismo: a) Zone general GO: trece mil setecientos sesenta y nueve punto quince metros cuadrados (13,769.15 mts?), b) Zona general G1: quinientos setenta y dos punto setenta y cinco metros cuadrados (57275 mist).Concejo Municipal 1 MALA mple DE GUATEMALA ¡mple Hoja No. 3 Acuerdo COM-023-2011 €) Zona general G3: mil novecientos veinticuatro punto setenta y dos metros cuadrados (1,924.72 mis?). d) Zona general G4: dos mil ochocientos ochenta y ocho punto cincuenta y cinco metros cuadrados (2,888.55 mts?). Artículo 3. Aceptación de cesión de área de servicio público destinado a espacio vial. Por medio.de este Plan Parcial de Ordenamiento Territorial se acepta la cesión del área de servicio público destinada a espacio vial correspondiente a un área de mil seiscientos treinta y dos punto setenta y siete metros cuadrados (1,632.77 mis?). Facultándose at Alcalde Municipal para la suscripción de la Escritura Pública correspondiente. El área de servicio público deberá inscribirse a nombre de la Municipalidad de Guatemala en el Registro General de la Propiedad previo a que la Dirección de Control Territorial pueda extender la autorización municipal correspondiente, El área de servicio público a ceder se delimita en los Anexos Il y ill del presente Acuerdo que forma parte integrante del mismo. Se ordena ala Asesoría Jurídica de la Dirección de Control Territorial dar seguimiento a la inscripción de la cesión de área de servicio público destinado a espacio vial. Artículo 4. Amplitud de autorización del Plan Parcial. Por medio de este Plan Parcial de
de la Dirección de Control Territorial dar seguimiento a la inscripción de la cesión de área de servicio público destinado a espacio vial. Artículo 4. Amplitud de autorización del Plan Parcial. Por medio de este Plan Parcial de Ordenamiento Territorial se faculta a la entidad Desarrollos Palo Bianco, Sociedad Anónima, para que inicie ante la Dirección de Control Territorial el trámite para la obtención de las licencias de movimiento de tierra y urbanización, siempre y cuando éstas sean autorizadas a través de los diferentes procedimientos establecidos en el Plan de Ordenamiento Territorial de acuerdo a las zonas generales aplicables al área sujeta a aprovechamiento privado estipulado en el presente Acuerdo, Artículo 5. Vías privadas, Las vías privadas contempladas en el proyecto y las generadas a futuro deberán registrarse a favor de la Asociación de Vecinos con el objeto de que éstas sivan a perpetuidad en forma gratuita a los futuros adquirientes de las fracciones a desarrollar. Artículo 6. Equipamiento Comunitario Especial. El equipamiento comunitario especial deberá registrarse a favor de la Asociación de Vecinos con el objeto de que éste sirva a perpetuidad a los futuros adquirientes de las fracciones a desarrollar. Además, en el área destinada a equipamiento comunitario especial, la Dirección de Control Territorial, únicamente podrá autorizar fraccionamientos, obras y usos de suelo que no desvirtúen, modifiquen o tergiversen su destino dedicado a las actividades públicas, comunitarias, comunales, colectivas o plurales, de acceso público a la población a la que sirven, para fines de ocio, recreación, deporte no federado, educación o cultura. Lo solicitado según consta en el expediente DCT
plurales, de acceso público a la población a la que sirven, para fines de ocio, recreación, deporte no federado, educación o cultura. Lo solicitado según consta en el expediente DCT 2011-891 es una licencia de movimiento de tierra y urbanización para el desarrollo de cuarenta y cuatro casas, por lo que, al evaluar la topografía y limitaciones del terreno, la Dirección de Planificación Urbana, ha determinado que el área de equipamiento comunitarioTE DE GUATEMALA ¡ple Concejo Municipal Hoja No. 4 Acuerdo COM-023-2011 especial requerida, contenida en el numeral b) del artículo 1 del presente acuerdo es la adecuada. Artículo 7. Vigencia. El presente Acuerdo entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación. A ~ Lic. Héctor MA ende ) ©
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MUNICIPAL +
> # Parga”R ANEXO"! Asignación de zonas generales POT Roberto Adolfo 4 / { pez | SIMBOLOGIA Área = 23,361.43 M2. ca MN 2.088.55 M2 es 1,824.72 M2 Acacias | ©1 MBE 57275 2 chamiento prado EN | co MB 13,760.15 M2 1,244.08 M2 Vía privada 1,359.43 M2 Zo Área para equipamiento | comunitario Area de senicio Via pública público 4,832.77 M2 Escala Gráfica 50 == IS \eters 100 200: Dirección de Planificación Urbana Municipalidad de Guatemala Asignación de Zonas Generales POT Plan Parcial de Ordenamiento Territorial No. 23-2017: N
Escala Gráfica 50 == IS \eters 100 200: Dirección de Planificación Urbana Municipalidad de Guatemala Asignación de Zonas Generales POT Plan Parcial de Ordenamiento Territorial No. 23-2017: N 3 avenida 31-91 zona 02 El Zapote! ANEXO II Delimitación de área para cesión de vía pública
ESQUEMA DE UBICACIÓN AZIMUTS | DISTANCIA | 348%32" | 4,34 259%45'36" 46.46 4 1663837" 3.68 41 80%2312" 46.44
Área = 185.35 M2 Escala Gráfica y a DECIA Delimitación de área para cesión de vía pública pu Plan Parcial de Ordenamiento Territorial no. 23 - 2017 ción e Flanmacton o 03 avenida 31-91 zona 2) > ANEXO-III Delimitación de área para cesión de vía pública Z 02
ESQUEMA DE UBICACIÓN AZIMUTS | DISTANCIA 1|2 | 348°18'32" 2/3 EH | 3 14 — %042 4 1 ewarse 4824
Area = 1,447.42 M2 Escala Gráfica == TE om Delimitación de área de cesión para vía pública Plan Parcial de Ordenamiento Territorial no. 23 - 2017 Dirección de Planificación Urban Municipaead de Guatemala, 03 avenida 31-91 zona 2