🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

COM 23-2014

CONCEJO MUNICIPAL

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
COM 23-2014
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2014

ACUERDO COM-23-2014

DE GUATEMALA _,,plé

Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, les corresponde a los municipios emitir las ordenanzas y reglamentos para el cumplimiento de sus fines propios, especialmente lo relacionado con el ordenamiento territorial de su jurisdicción.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del Código Municipal, contenido en el Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, corresponde al Concejo Municipal la aprobación y modificación de los planes de ordenamiento territorial con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros.

CONSIDERANDO: Que con fecha trece de octubre del año dos mil ocho el Concejo Municipal emitió el Acuerdo Número COM-030-08 Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Guatemala, el cual contempla la formulación de Planes Parciales de Ordenamiento Territorial para determinar la asignación de las zonas generales y la designación de las áreas de servicio público de aquellas áreas suburbanizadas que se pretendan urbanizar o aquellas áreas previamente urbanizadas que se pretendan urbanizar de nuevo.

CONSIDERANDO: Que el inmueble inscrito en el Registro General de la Propiedad como finca número 43641, folio 197 del libro 669 del Departamento de Guatemala, registrado a nombre de la entidad Promociones e Inversiones Internacionales, Sociedad Anónima, cuenta con una superficie catastral de ciento ochenta y nueve mil setecientos cuarenta y ocho punto setenta y tres metros cuadrados (189,748.73 mts”), correspondiéndole por lo tanto la

superficie catastral de ciento ochenta y nueve mil setecientos cuarenta y ocho punto setenta y tres metros cuadrados (189,748.73 mts”), correspondiéndole por lo tanto la formulación y aprobación de su respectivo Plan Parcial de Ordenamiento Territorial previo a extender las autorizaciones municipales, conforme a lo contenido en los artículos 74 y 83 del Plan de Ordenamiento Territorial, por ser esta superficie superior a tres hectáreas.a DE GUATEMALA ¡mple Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-23-2014

CONSIDERANDO: Que la autorización solicitada según consta en el expediente DCT 2011-001063 es una licencia de movimiento de tierras para el desarrollo de dos plataformas para uso de parqueo de transporte de carga, por lo que, al evaluar el proyecto la Dirección de Planificación Urbana, ha determinado que la única área de servicio público requerida es el área destinada a espacio vial delimitada en el Anexo II del presente acuerdo que forma parte integrante del mismo, ya que no se pretende desarrollar un proyecto de urbanización o lotificacion que amerite la cesión de mayores áreas de servicio público.

CONSIDERANDO: Que el Plan Parcial será aprobado para una superficie de ciento ochenta y nueve mil setecientos cuarenta y ocho punto setenta y tres metros cuadrados (189,748.73 mts?), por ser esta superficie menor y ser el área catastral.

POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 33, 35 incisos a), b) e i), 40, 142, 143, 144 y 147 del Código Municipal, contenido en el Decreto Número 12-2002

y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 33, 35 incisos a), b) e i), 40, 142, 143, 144 y 147 del Código Municipal, contenido en el Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República; 5, 17 inciso d), 74, 83, 96, 97 inciso b), 98, 102 numeral |., i 103, 104, 105, 106, 107, 108 y 110 del Plan de Ordenamiento Territorial, Acuerdo COM-030-08 del Concejo Municipal del Municipio de Guatemala.

ACUERDA

Aprobar el presente: PLAN PARCIAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Artículo 1. Aprobación. Se aprueban las modificaciones al Plan Parcial de Ordenamiento Territorial número 29-25067 para el inmueble ubicado en el kilómetro once, CA-9 ruta al Atlántico zona veinticinco, (km. 11 CA-9 ruta al Atlántico 2.25) inscrito en el Registro General de la Propiedad como finca número 43641 folio 197 del libro 669 del departamento de Guatemala, con las siguientes áreas que se encuentran ubicadas y H delimitadas en el Anexo | del presente Acuerdo que forma parte integrante del mismo: a) Espacio víal: trece mil doscientos veintitrés punto veinte metros cuadrados (13,223.20 mts?).Concejo Municipal

Hoja No. 3 Acuerdo COM-23-2014 b) Áreas sujetas a un posterior aprovechamiento privado: ciento setenta y seis mil quinientos veinticinco punto cincuenta y tres metros cuadrados. (176,525.53 mts?). Artículo 2. Asignación de zonas generales. Dentro de las áreas sujetas a un posterior

seis mil quinientos veinticinco punto cincuenta y tres metros cuadrados. (176,525.53 mts?). Artículo 2. Asignación de zonas generales. Dentro de las áreas sujetas a un posterior aprovechamiento privado que determina el artículo anterior, se asignan las siguientes zonas generales con sus respectivas superficies, las cuales se encuentran ubicadas y delimitadas en el Anexo [-del presente Acuerdo que forma parte integrante del mismo: a) Zona general GO: ciento veinticuatro mil ochocientos veintitrés punto veinticinco metros cuadrados (124,823.25 mts). b) Zona general G1: veinticinco mil seiscientos doce punto cuarenta y seis metros cuadrados (25,612.46 mts?). c) Zona general G4: seis mil doscientos sesenta punto sesenta metros cuadrados (6,260.60 mts”). d) Zona general G5: diecinueve mil ochocientos veintinueve punto veintidós metros cuadrados (19,829.22 mts). Artículo 3. Amplitud de autorización del Plan Parcial. Por medio de este Plan Parcial se faculta a la Dirección de Control Territorial a otorgar licencias de obra y uso del suelo, siempre y cuando estas sean autorizadas a través de los diferentes procedimientos establecidos en el Plan de Ordenamiento Territorial de acuerdo a las zonas generales aplicables al área sujeta a aprovechamiento privado estipulado en el presente Acuerdo. El presente Plan Parcial no autoriza futuros fraccionamientos, ni la creación de nuevas vías privadas o públicas que busquen proveer acceso peatonal o vehicular a predios : independientes; de ser el caso-será necesario modificar el presente Plan Parcial de : Ordenamiento Territorial.

vías privadas o públicas que busquen proveer acceso peatonal o vehicular a predios : independientes; de ser el caso-será necesario modificar el presente Plan Parcial de : Ordenamiento Territorial. Artículo 4. Aceptación de cesión de área de servicio público destinado a espacio vial. Por medio de este Plan. Parcial de Ordenamiento Territorial se acepta la cesión voluntaria del área de servicio público destinada a espacio vial correspondiente a un área de trece mil doscientos veintitrés punto veinte metros cuadrados (13,223.20 mts”). Facultándose al Alcalde. Municipal para la suscripción de la escritura pública correspondiente. El área de servicio público deberá inscribirse a nombre de la Municipalidad de Guatemala en el Registro General de la Propiedad previo a que la Dirección de Control Territorial pueda extender la autorización municipal correspondiente. El área de servicio público a ceder se delimita en el Anexo Il del presente Acuerdo que forma parte integrante del mismo. Se ordena a la Asesoría Jurídica de la Dirección de Control Territorial dar seguimiento a la inscripción de la cesión de área de servicio público destinado a espacio vial.DE GUATEMALA cumple Concejo Municipal Hoja No. 4 Acuerdo COM-23-2014 Artículo 5. Vigencia. El presente Acuerdo entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación.

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES "MIGUEL ÁNGEL ASTURIAS” DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS

MIL CATORCE.

Álvaro Arzú Alcalde Lic. Héc: es Mendoza ario, apicipa! es “an 8 ——— G % SECRETARIO ®

MIL CATORCE.

Álvaro Arzú Alcalde Lic. Héc: es Mendoza ario, apicipa! es “an 8 ——— G % SECRETARIO ® MUNICIPAL 4 ——[]— o o >. N ATEN

Consultar sobre este documento ...