COM 23-2019
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 23-2019
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2019
DE GUATEMALA . ¡ple
Concejo Municipal
ACUERDO COM-23-2019
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA
E « Yo, & CONSIDERANDO: ¡ ! Que de conformidad con lo regulado por la Constitución Política de la República de Guatemala vi 2 / ‘y el Código Municipal, contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, 4 - 1 ¿7el Gobierno Municipal corresponde a Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus acuerdos, reglamentos y ordenanzas. 4
CONSIDERANDO: Que conforme a lo regulado por el artículo 3 del Código Municipal, en ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, este elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, y emite sus ordenanzas y reglamentos y para el cumplimiento de los fines que le son inherentes, coordinará sus políticas con las políticas generales del Estado y en su caso, con la política especial del ramo al que corresponde.
CONSIDERANDO: Que según lo dispuesto por el artículo 90 del Código Municipal, cuando las necesidades de modernización y volúmenes de trabajo lo exijan, a propuesta del Alcalde, el Concejo Municipal podrá autorizar la contratación de los funcionarios que coadyuven al eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de las municipalidades, cuyas atribuciones serán > guladas por los reglamentos respectivos.
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CONSIDERANDO: ue debido a la demanda de las necesidades administrativas y al constante desarrollo institucional, se hace necesaria la creación de la Gerencia Ejecutiva dentro de la
> guladas por los reglamentos respectivos. 2
CONSIDERANDO: ue debido a la demanda de las necesidades administrativas y al constante desarrollo institucional, se hace necesaria la creación de la Gerencia Ejecutiva dentro de la estructura jerárquica municipal, la cual responda a las nuevas dinámicas organizativas para desempeñarse con procesos enfccados en la mejora de las funciones municipales, aumentando asimismo su capacidad de alcanzar los propósitos y aplicar las políticas institucionales de un proceso esquematizado, especializado y eficaz.
POR TANTO: Con base en lo considerado y de conformidad con lo que establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 35 incisos i) y j), 42 y 67 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República.Concejo Municipal
DE GUATEMALA
Hoja No. 2 Acuerdo COM-23-2019 | “admin | b= servir E ACUERDA: E Y IA . 9 "
A. Artículo 1. Creación. Se crea la Gerencia Ejecutiva dentro de la estructura organizacional istrativa de la Municipalidad de Guatemala. | | Artículo 2. Objetivo. La Gerencia Ejecutiva será el órgano responsable del manejo de la |. -- | imagen institucional, así como de coordinar las estrategias de comunicación adecuadas para como el enlace principal entre los diferentes organismos del Estado, cuerpo diplomático, agencias de cooperación internacional, universidades y sociedad civil.
La Gerencia Ejecutiva formará parte del organigrama institucional y dependerá directamente del Alcalde Municipal, siendo el Gerente Ejecutivo el encargado de su administración.
agencias de cooperación internacional, universidades y sociedad civil. La Gerencia Ejecutiva formará parte del organigrama institucional y dependerá directamente del Alcalde Municipal, siendo el Gerente Ejecutivo el encargado de su administración. Para su organización y funcionamiento, la Gerencia Ejecutiva deberá elaborar el manual de funciones correspondiente. h) i) Artículo 3. Funciones. A la Gerencia Ejecutiva le corresponderán las siguientes funciones: Administrar, gestionar y ejecutar las directrices emitidas por el Alcalde y el Concejo Municipal. Proponer al Alcalde las estrategias para mejorar las relaciones interinstitucionales e internacionales que tengan relación con los intereses municipales. Gestionar la aprobación de normas, acuerdos y resoluciones que coadyuven en la optimización de las funciones a su cargo. Disponer y supervisar las actividades del personal bajo su cargo. Tomar la iniciativa para impulsar eventos y actividades bajo las directrices de la Alcaldía Municipal. Formular la agenda de participación municipal tanto a nivel nacional como internacional en foros, seminarios y capaci:aciones. Ser el enlace con las autoridades de los bomberos municipales para su fortalecimiento institucional y gestionar recursos financieros para el cumplimiento de sus fines. Atender visitas y audiencias del Alcalde, según le sea requerido. Otras funciones que le sean asignadas por el Alcalde Municipal o el Concejo Municipal. Artículo 4. Unidades a su cargo. La Gerencia Ejecutiva tendrá a su cargo la coordinación de las siguientes unidades o dependencias municipales: Dirección de Comunicación Social Dirección de Cooperación Bomberos Municipales Relaciones InternacionalesDE GUATEMALA (,779/€ Concejo Municipal Hoja No. 3 Acuerdo COM-23-2019
las siguientes unidades o dependencias municipales: Dirección de Comunicación Social Dirección de Cooperación Bomberos Municipales Relaciones InternacionalesDE GUATEMALA (,779/€ Concejo Municipal Hoja No. 3 Acuerdo COM-23-2019 Artículo 5. Queda derogada toda disposición anterior a la emisión del presente Acuerdo que pueda contradecirlo. Artículo 6. Disposición de Recursos. Se ordena a la Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal —DAFIMque efectúe las operaciones presupuestarias y contables necesarias para el correcto funcionamiento de la Gerencia Ejecutiva. Asimismo, se ordena a la Dirección de Recursos Humanos asignar el capital humano idóneo para el correcto desempeño de las labores de dicha Gerencia, correspondiéndole al Concejo Municipal el nombramiento del Gerente Ejecutivo, de la terna propuesta. Artículo 7. Vigencia. El presente Acuerdo entrará en vigencia inmediatamente. Dado en el salón de sesiones “Miguel Angel Asturias” del Palacio Municipal, el catorce de octubre del año dos mil diecinueve. UN) Mario César Escobar García Secretario unicipal Interino Y . 1