COM 25-2011-
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 25-2011-
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2011
DE GUATEMALA ple
Concejo Municipal ACUERDO COM-25-2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, le corresponde a los municipios emitir las ordenanzas y reglamentos para el cumplimiento de sus fines propios, especialmente lo relacionado Oo con el ordenamiento territorial de su jurisdicción.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del Código Municipal, contenido en el Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, corresponde al Concejo Municipal la aprobación y modificación de los planes de ordenamiento territorial con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros.
CONSIDERANDO: Que con fecha trece de octubre del año dos mil ocho, el Concejo Municipal emitió el Acuerdo número COM-030-08 —Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Guatemala—, el cual contempla la formulación de Planes Parciales de Ordenamiento Territorial para determinar la asignación de las zonas generales y la designación de las áreas de servicio público de aquellas áreas suburbanizadas que se pretendan urbanizar o aquellas áreas previamente urbanizadas que se pretendan urbanizar de . nuevo.
CONSIDERANDO: Que-etHifmueble inscrito en el Registro General de la Propiedad como finca número 63103, folio 7, del libro 1047 del departamento de Guatemala, registrado a nombre de Gabriel Augusto Gálvez Reyes, cuenta con una superficie registral de sesenta y un mil trescientos setenta y cinco punto cuarenta y ocho metros cuadrados [61,375.48 mis?), correspondiéndole por lo tanto la formulación y aprobación de su respeciivo Plan
trescientos setenta y cinco punto cuarenta y ocho metros cuadrados [61,375.48 mis?), correspondiéndole por lo tanto la formulación y aprobación de su respeciivo Plan Parcial de Ordenamiento Territorial previo a extender las autorizaciones municipales de urbanización 2011-0342, conforme a lo contenido en los artículos 74 y 83 del Plan de Ordenamiento Territorial, por ser esta superficie superior a una hectárea.
CONSIDERANDO: Que el Plan Parcial será aprobado para una superficie de sesenta y un mil trescientos setenta y cinco punto cuarenta y ocho metros cuadrados (61,375.48 mts?), por ser esta superficie el área registral, siendo esta área menor ai área registrada en catastro.DE GUATEMALA ¡ple
Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-25-2011
POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 33, 35 incisos a, b} ei, 40, 142, 143, 144 y 147 del Código Municipal, contenido en el Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República: 5, 17 inciso d), 74, 83, 96, 97 inciso b), 98, 102 numeral i, 103, 104, 105, 106, 107, 108 y 110 del Plan de Ordenamiento Territorial,
Acuerdo COM-030-08 del Concejo Municipal del Municipio de Guatemala.
ACUERDA
Aprobar el presente: PLAN PARCIAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Articulo 1. Aprobación. Se aprueba el Plan Parcial de Ordenamiento Teritorial
Acuerdo COM-030-08 del Concejo Municipal del Municipio de Guatemala.
ACUERDA
Aprobar el presente: PLAN PARCIAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Articulo 1. Aprobación. Se aprueba el Plan Parcial de Ordenamiento Teritorial número 21-3021 para el inmueble ubicado en la tercera avenida “A” cero guión veinte zona tres, Colonia Lo de Bran (3%, avenida “A" 00-20 zona 3, Colonia Lo de Bran)-irfcrito en el Registro General de la Propiedad como finca número 63103, folio 7, del libro 1047 del departamento de Guatemala, con las siguientes áreas que se encuentran ubicadas y delimitadas en el Anexo | del presente Acuerdo que forma parte integrante del mismo: a) Espacio vial: ciento noventa y tres punto sesenta y cuatro metros cuadrados (193.64 mts”). b) Equipamiento comunitario especial: dos mil seiscientos treinta y tres punto setenta y cinco metros cuadrados (2,633.75mts?).
Cc) Vías privadas: mil setecientos ochenta y nueve punto ochenta y siete metros cuadrados (1,789.87 mis?). a) Áreas sujetas a un posterior aprovechamiento privado: cincuenta y seis mil setecientos cincuenta y ocho punto veintidós metros cuadrados (56,758.22 mis?). Artículo 2. Asignación de zonas generales. Dentro de las áreas sujetas a un posterior aprovechamiento privado que determina el artículo anterior, se asignan las siguientes zonas generales con sus respectivas superficies, las cuales se encuentran ubicadas y delimitadas en el Anexo | del presente Acuerdo que forma parte integrante del mismo:DE GUATEMALA. mple Concejo Municipal Hoja No. 3 Acuerdo COM-25-2011
delimitadas en el Anexo | del presente Acuerdo que forma parte integrante del mismo:DE GUATEMALA. mple Concejo Municipal Hoja No. 3 Acuerdo COM-25-2011 a) Zona general GO: treinta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y nueve punto veintitrés metros cuadrados (35,459.23 mts?). b) Zona general G1: quince mil doscientos cuarenta y siete punto setenta y seis metros cuadrados (15,247.76 mis?). C) Zona general G2: seis mil cincuenta y uno punto veintitrés metros cuadrados (6,051.23 mts?). Articulo 3. Aceptación de cesión de área de servicio público destinado a espacio vial. Por medio de este Plan Parcial de Ordenamiento Territorial se acepta la cesión del área de servicio público destinada a espacio vial correspondiente a un área de ciento Roventa y tres punto sesenta y cuatro metros cuadrados (193.64 mis?), facultándose al Alcalde Municipal para la suscripción de la escritura pública correspondiente. El área de servicio público deberá inscribirse a nombre de la Municipalidad de Guatemala en el Registro General de la Propiedad previo a que la Dirección de Control Territorial pueda extender la autorización municipal correspondiente. El área de servicio público a ceder se delimita en el Anexo |! del presente Acuerdo que forma parte integrante del mismo, y para el efecto se ordena a la Asesoría Jurídica de la Dirección de Control Territorial dar seguimiento a la inscripción de la cesión de área de servicio público destinado a espacio vial. Articulo 4. Amplitud de autorización del Plan Parcial. Por medio de este Plan Parcial se faculta a la Dirección de Control Territorial a otorgar licencias de urbanización,
inscripción de la cesión de área de servicio público destinado a espacio vial. Articulo 4. Amplitud de autorización del Plan Parcial. Por medio de este Plan Parcial se faculta a la Dirección de Control Territorial a otorgar licencias de urbanización, siempre y cuando éstas sean autorizadas a través de los diferentes procedimientos establecidos en el Plan de Ordenamiento Territorial de acuerdo a las zonas generales aplicables al área sujeta a aprovechamiento privado estipulado en el presente Acuerdo, e Articulo 5. Vías privadas. Las vías privadas contempladas en el proyecto y las generadas a futuro deberán registrarse a favor de la Asociación de Vecinos con el objeto de que éstas sirvan a perpetuidad en forma gratuita a los futuros adquirientes de las fracciones a desarrollar. Artículo 6. Equipamiento Comunitario Especial. El equipamiento comunitario especial! deberá registrarse a favor de la Asociación de Vecinos con el objeto de que éste sirva a perpetuidad a los futuros adquirientes de las fracciones a desarrollar. Además, en el área destinada a equipamiento comunitario especial, la Dirección de Control Territorial, únicamente podrá autorizar fraccionamientos, obras y usos de suelo que no desvirtúen, modifiquen o tergiversen su destino dedicado a las actividades públicas, comunitarias, comunales, colectivas o plurales, de acceso público a la población deDE GUATEMALA ¡mple Concejo Municipal Hoja No. 4 Acuerdo COM-25-2011 la lotificación planteada, para fines de ocio, recreación, deporte no federado, educación o cultura, Lo solicitado según consta en el expediente DCT 2011-0342 es una ficencia de urbanización para el desarrollo de dieciséis casas, por lo que, al
la lotificación planteada, para fines de ocio, recreación, deporte no federado, educación o cultura, Lo solicitado según consta en el expediente DCT 2011-0342 es una ficencia de urbanización para el desarrollo de dieciséis casas, por lo que, al evaluar la topografía y limitaciones del terreno la Dirección de Planificación Urbana, ha determinado que el área de equipamiento comunitario especial requerida, contenida en el numeral b) del artículo 1 del presente acuerdo es la adecuada. Articulo 7. Vigencia. El presente Acuerdo entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación SI —O E SECRETARIO ® MUNICIPAL + B os ar?ANEXO | Asignacion de zonas generales POT Z 03 Marco Aurelio Réyes Barranco SIMBOLOGÍA Área = 61,375.48 M2. - 62 LL] 6051.23 M2 Areasuetaa |C) BE 15,247.76 M2 o mento | co BN 35,450.23 M2 [ Ya prveda 1,789.87 M2 Área para equipamiento! comunitario 2,633.75 M2 Área de Vía pública servicio público LI 193.64 M2 TI E a Escala Gráfica T_— —: E lio o 50 100 200 Asignación de Zonas Generales POT apor Plan Parcial de Ordenamiento Territorial No.21-3021 N Dirección de Praniicación rana 3 avenida A 0-20 zona 3 Colonia BranANEXO II Delimitación de área de cesión para espacio vial Z 03 e Esquema de ubicación e DE A | AZIMUTS | DISTANCIA 1 21722835" 2072 |
Delimitación de área de cesión para espacio vial Z 03 e Esquema de ubicación e DE A | AZIMUTS | DISTANCIA 1 21722835" 2072 | 23 18443 2751 3 . 4 — 235549" ] 16.22 4 1 22194222" 27.24 Área = 193.64 M2 Escala Gráfica Cosa del ab on Delimitación de área de cesión para espacio vial l p E Plan Parcial de Ordenamiento Territorial no. 21 - 3021 porción da Plantean Vitara 3 avenida "A" 0-23 zona 3 Colonia Lo de Bran