COM-26-2009
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-26-2009
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2009
DE GUATEMALA. ¡ple |
Concejo Municipal
ACUERDO COM-26-09
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y O el Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, el Gobiemo Municipal corresponde con exclusividad al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus Acuerdos; Reglamentos y Ordenanzas Municipales.
CONSIDERANDO: Que conforme las conclusiones y recomendaciones emanadas del estudio practicado por la Gerencia de Riesgo de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres Naturales o Provocados -CONRED-, en el tramo vial comprendido del kilómetro 8 al 12.5 de la Carretera a El Salvador, jurisdicción del Municipio de Guatemala, se determinó que la zona representa alto riesgo para el sector, por ende a la seguridad de las personas y bienes en áreas circundantes.
Dicha entidad también advierte la existencia de vallas publicitarias de grandes dimensiones que están instaladas en terrenos susceptibles a deslizamiento y derrumbes que no cuentan con protección para evitar el deterioro del suelo, advirtiendo grietas en ciertos sectores e inestabilidad en taludes ya que presentan deslizamientos de suelo.
CONSIDERANDO: Que con el fin de evitar futuros daños en el sector, es función de la Municipalidad de Guatemala adoptar las medidas pertinentes proclives a la protección de los bienes de las personas y primordialmente su integridad física, encaminando acciones preventivas apropiadas, razón por la que es necesario declarar área de alto riesgo el tramo vial comprendido del kilómetro 8 al 12.5 de la Carretera a El
bienes de las personas y primordialmente su integridad física, encaminando acciones preventivas apropiadas, razón por la que es necesario declarar área de alto riesgo el tramo vial comprendido del kilómetro 8 al 12.5 de la Carretera a El Salvador, jurisdicción del Municipio de Guatemala.DE GUATEMALA cumple ! Concejo Municipal Hoja No. 2
ACUERDO COM-26-09.
POR TANTO: Con base en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 33, 35, 38 y 53 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República.
ACUERDA: O Emitir la presente, DECLARATORIA DE ZONA DE ALTO RIESGO DEL TRAMO VIAL COMPRENDIDO DEL KILÓMETRO 8 Al. 12.5 DE LA CARRETERA A EL
SALVADOR, JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE GUATEMALA.
Artículo 1. Tomando como fundamento el estudio técnico de vulnerabilidad y riesgo elaborado el 25 de marzo del 2009, por la Gerencia de Riesgo de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres Naturales o Provocados -CONRED-, es urgente que la Municipalidad de Guatemala adopte, a través de sus dependencias y dentro de sus atribuciones, las medidas que sean necesarias para la mitigación y conservación del sector, tales como: a) Evitar depósitos de ripio y basura; y, b) Evitar el debilitamiento del suelo, producido por la perforación de zanjas y pozos para la instalación de bases de rótulos comerciales de diversas medidas.
ripio y basura; y, b) Evitar el debilitamiento del suelo, producido por la perforación de zanjas y pozos para la instalación de bases de rótulos comerciales de diversas medidas. Artículo 2. Se insta a la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres C? Naturales o Provocados para que, a través de su Junta Ejecutiva, declare el tramo e vial comprendido del kilómetro 8 al 12.5 de la Carretera a El Salvador, jurisdicción del Municipio de Guatemala, como zona de Alto Riesgo, con el objeto de resguardar y proteger la vida, integridad y seguridad de las personas que habitan o transitan en dicha área. Artículo 3. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América, Órgano Oficial del Estado. lón de sesiones “Miguel Ángel Asturias" del Palacio Municipal, a los es de julio del año dos mil nueve.