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COM 26-2011-

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM 26-2011-
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2011

DE GUATEMALA mple Acuerdo COM-26-2011 Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, les corresponde a los municipios emitir las ordenanzas y reglamentos para el cumplimiento de sus fines propios, especialmente lo relacionado con el ordenamiento territorial de su.jurisdicción.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del Código Municipal, contenido en el Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, corresponde al Concejo Municipal la aprobación y modificación de los planes de ordenamiento territorial con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros.

CONSIDERANDO: Que con fecha trece de octubre del año dos mil ocho el Concejo Municipal emitió el Acuerdo Número COM-030-08 —Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Guatemala—, el cual contempla la formulación de Planes Parciales de Ordenamiento Territorial para determinar la asignación de las zonas generales y la designación de las áreas de servicio público de aquellas áreas suburbanizadas que se pretendan urbanizar o aquellas áreas previamente urbanizadas que se pretendan urbanizar de nuevo.

CONSIDERANDO: Que el inmueble inscrito en el Registro General de la Propiedad como finca número 51755, folio 129 del libro 981 del Deparlamento de Guatemala, registrado a nombre de María Cubbedu Atzeni, cuenta con una superficie registral de diecisiete mil ochocientos cincuenta y seis punto ochenta y cinco metros cuadrados (17,856.85 mis?), correspondiéndole por lo tanto la formulación y aprovación de su respectivo Plan Parcial de Ordenamiento Territorial previo a extender las autorizaciones municipales.

CONSIDERANDO:

cincuenta y seis punto ochenta y cinco metros cuadrados (17,856.85 mis?), correspondiéndole por lo tanto la formulación y aprovación de su respectivo Plan Parcial de Ordenamiento Territorial previo a extender las autorizaciones municipales.

CONSIDERANDO: Que la autorización solicitada según consta en el expediente DCT 2010-3153 es una licencia de obra para la construcción de quinientos treinfa punto cero metros cuadrados (530.00 mis?! para un local comercial, por lo que, al evaluar el proyecto la Dirección de Planificación Urbana, ha determinado que para la solicitud planteada noDE GUATEMALA cumple

O Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-26-2011 $e requerird de momento áreas de servicio público, ya que no se pretende desarrollar un proyecto de urbanización o lotificacion, quedando sujeta a que en el momento que se pretenda desarrollar, se deberán solicitar las cesiones Correspondientes para espacio vial y áreas para equipamiento comunitario especial.

CONSIDERANDO: Que el Plan Parcial será aprobado para una superficie de diecisiete mil ochocientos veintiocho punto quince metros cuadrados [17,828.15 mis?) por ser esta superficie menor y ser el área registrada en la base catastral de la Municipalidad de Guatemala.

POR TANTO:

Que el Plan Parcial será aprobado para una superficie de diecisiete mil ochocientos veintiocho punto quince metros cuadrados [17,828.15 mis?) por ser esta superficie menor y ser el área registrada en la base catastral de la Municipalidad de Guatemala.

POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 33, 35 incisos aj, b) € i), 40, 142, 143, 144 y 147 del Código Municipal, contenido en el Decreto Número 122002 del Congreso de la República; 5, 17 inciso dj, 74, 83, 96, 97 inciso bj, 98, 102 numeral I, 103, 104, 105, 106, 107, 108 y 110 del Plan de Ordenamiento Territorial, Acuerdo COM-030-08 del Concejo Municipal del Municipio de Guatemala.

ACUERDA

Aprobar el presente:

PLAN PARCIAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Artículo 1. Aprobación. Se aprueba el Plan Parcial de Ordenamiento Territorial número 17-18069 para el inmueble ubicado en la doce calle dieciocho guión dieciséis zona dieciocho, Colonia San Rafael ll (12 calle 18-16 7.18, Colonia San Rafael M), inscrito en el Registro General de la Propiedad como finca número 51755, folio 129 del libro 981 del departamento de Guatemala, con las siguientes áreas que se encuentran ubicadas Y delimitadas en el Anexo | del presente:Acuerdo que forma parte integrante del mismo: a) Espacio vial: cero metros cuadrados (0.00 mts”). b) Vías privadas: doscientos ochenta y dos punto, cincuenta y un metros cuadrados (282.51 mis?). E.

a) Espacio vial: cero metros cuadrados (0.00 mts”). b) Vías privadas: doscientos ochenta y dos punto, cincuenta y un metros cuadrados (282.51 mis?). E. c) Equipamiento comunitario especial: cefo-metros cuadrados (0.00 mis?).y DE GUATEMALA cumple Concejo Municipal Hoja No. 3 Acuerdo COM-26-2011 a) Áreas sujetas a un posterior aprovechamiento privado: diecisiete mil quinientos cuarenta y cinco punto sesenta y cuatro metros cuadrados [17,545.64 mts). Artículo 2. Asignación de zonas generales. Dentro de las áreas sujetas a un posterior aprovechamiento privado que determina el artículo anterior, se asignan las siguientes zonas generales con sus respectivas superficies, las cuales se encuentran ubicadas y delimitadas en el Anexo | del presente Acuerdo que forma parte integrante del mismo: a) Zona general GO: tres mil novecientos veintidós punto veintidós metros cuadrados (3,922.22 mts?). b) Zona general G1: tres mil doscientos treinta y tres punto treinta y cinco metros cuadrados (3,233.35 mis?). ¢) Zona general G2: ciento noventa y nueve punto veinticuatro metros cuadrados (199.24 mts2). d) Zona general G3: diez mil ciento noventa punto ochenta y tres metros cuadrados (10,190.83 mts?). Artículo 3. Vías privadas. Las vías privadas que a futuro se generen producto de una urbanización, deberán registrarse a favor de la Asociación de Vecinos con el objeto de que éstas sirvan a perpetuidad en forma gratuita a los futuros adquirientes de las

fracciones a desarrollar. Artículo 4. Equipamiento Comunitario Especial. El equipamiento comunitario especial que a futuro se requiera producto de una totificación, deberá registrarse a favor de la Asociación de Vecinos con el objeto de que éste siva a perpetuidad a los futuros adquírientes de las fracciones a desarrollar, Además, en el área destinada a equipamiento comunitario especial, la Dirección de Control Territorial únicamente podrá autorizar fraccionamientos, obras y usos de suelo que no desvirtúen, modifiquen o tergiversen su destino dedicado a las actividades públicas, comunitarias, comunales, colectivas o plurales, de acceso público a la población a la que sirven, para fines de ocio, recreación, deporte no federado, educación o cultura. Artículo 5. Amplitud de autorización del Plan Parcial. Por medio de este Plan Parcial se faculta a la Dirección de Control Territorial a otorgar licencias de obra, siempre y cuando éstas sean autorizadas a través de los diferentes procedimientos establecidos en el Plan de Ordenamiento Territorial, de acuerdo a las zonas generales aplicables al área sujeta a aprovechamiento privado estipulado en el presente Acuerdo.os GUATEMALA . ¡nple y Concejo Municipal Hoja No. 4 Acuerdo COM-26-2011 Artículo 6. Vigencia. El presente Acuerdo entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación.

SESIONES "MIGUEL ÁNGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL EL — Q) ¥ SECRETARIO ¥ + MUNICIPAL + a 2%, N era?O Asignación de zonas generales POT

ANEXO | = Barranco sin información catastral [| SIMBOLOGÍA [| Área = 17,828.15 M2.

Y 63 ES 10,190.83 M2

Asignación de zonas generales POT ANEXO | = Barranco sin información catastral [| SIMBOLOGÍA [| Área = 17,828.15 M2. Y 63 ES 10,190.83 M2 | | G2 199.24 M2 [Área sujetaa aprovechamiento | G1 3,233.35 M2 privado H co MA 30222202 H LL] Vía Privada | 282.51 M2 T T — Escala Gráfica o hana la Meters 50 Asignacién de Zonas Generales POT Al Plan Parcial de Ordenamiento Territorial no. 19 -18069 ( NN 12 calle 18-16 zona 18 y

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