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COM 26-2017

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM 26-2017
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2017

A ATEMALA cumple. i ACUERDO No. COM-26-2017

Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que el Concejo Municipal con fecha veintiséis de agosto del año mil novecientos noventa y dos, emitió el “Reglamento del Servicio Público de Agua a Cargo de la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala -EMPAGUA-", por lo que se hace necesaria su actualización para que el mismo pueda ser acorde a las necesidades de los usuarios del servicio de agua potable.

CONSIDERANDO: Que el Concejo Municipal con fecha cinco de diciembre del año dos mil diecisiete, emitió el Acuerdo Municipal COM-24-2017 que contiene las modificaciones al Reglamento del Servicio Público de Agua a Cargo de la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala —Empagua-.

POR TANTO: En uso de las facultades que le confieren los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 33 y 35 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas.

ACUERDA: Las siguientes: REFORMAS AL ACUERDO NÚMERO COM-24-2017, QUE CONTIENE LAS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DEL SERVICIO PÚBLICO DE AGUA A CARGO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA DE LA CIUDAD DE GUATEMALA -EMPAGUA-.

Artículo 1. Se reforma el artículo 5 del referido Acuerdo, el cual queda así: Artículo 5. Se reforma el Artículo 82, el cual queda así:

Artículo 1. Se reforma el artículo 5 del referido Acuerdo, el cual queda así: Artículo 5. Se reforma el Artículo 82, el cual queda así: “Artículo 82. AUTORIDAD QUE RESUELVE. En los casos en los que la regularización solicitada por el usuario supere el monto reclamado de Q.50,000.00 y se haya agotado el trámite administrativo correspondiente ante las comisiones nombradas para el efecto, será el Honorable Concejo Municipal, el facultado para conocer y resolver al respecto.”“DE GUATEMALA AU. Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-26-2017 Artículo 2. El presente Acuerdo entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América, Órgano Oficial del Estado, y será de observancia general. Dado en el salón de sesiones Miguel Ángel Asturias del Palacio Municipal, a los once días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. Álvaro Enrique Arzú Irigoyen Lic. Héctor NE Cifuentes Mendoza SátinMunicipal ) —— € E SECRETARIO ™

MUNICIPAL

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