COM 27-2020
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 27-2020
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2020
s : sun A ¿Pe | Concejo Municipal
ACUERDO No. COM-27-2020
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y el Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, se establece que el Gobierno Municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus Acuerdos, Reglamentos y Ordenanzas.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Código Municipal, es atribución del Concejo Municipal la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales, así como la creación, supresión o modificación de sus dependencias y unidades de servicios administrativos y de los servicios públicos municipales o comunitarios, así como las demás competencias inherentes a la autonomía del
Municipio.
CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Guatemala suscribió el 29 de junio del año 2005, con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo -PNUDel convenio para la ejecución del “Programa de Desarrollo Metropolitano de la Municipalidad de Guatemala” -PRODEMEen cual tiene a su cargo, entre otros, la contratación del servicio del programa Limpia y Verde, cuyo objetivo principal es la ejecutar la limpieza de áreas de circulación pública vehicular y peatonal.
CONSIDERANDO: Que el programa Limpia y Verde fue diseñado como un proyecto dentro de la Dirección de Desarrollo Social de la Municipalidad de Guatemala, siendo necesario crear dentro de la estructura administrativa municipal una unidad específica que tenga a su cargo la supervisión y control del referido programa para que se alcancen sus objetivos.
Dirección de Desarrollo Social de la Municipalidad de Guatemala, siendo necesario crear dentro de la estructura administrativa municipal una unidad específica que tenga a su cargo la supervisión y control del referido programa para que se alcancen sus objetivos.
POR TANTO: Con base en lo considerado y con fundamento en los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 35 literal j) del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y
sus Reformas.Hoja No. 2 ACUERDO No. COM-27-2020
ACUERDA: Artículo 1. Creación. Dentro de la estructura de la Municipalidad de Guatemala, se crea la Unidad de Limpia y Verde bajo la coordinación de la Gerencia de Operaciones.
Artículo 2. Objetivo. La Unidad de Limpia y Verde de la Municipalidad de Guatemala tendrá como objetivo coadyuvar en los procesos relativos a la gestión y supervisión del Programa Limpia y Verde que se lleva a cabo a través del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo -PNUDy el Programa de Desarrollo Metropolitano de la Municipalidad de Guatemala -PRODEME-. Artículo 3. Funciones. La Unidad de Limpia y Verde de la Municipalidad de Guatemala tendrá las funciones siguientes: a) b) <) d) e) h) % Coordinar con la Gerencia de Operaciones las actividades que se requieran para llevar a cabo los proyectos de limpieza, mantenimiento y atención a emergencias en casos especiales en las diferentes zonas la ciudad de Guatemala. Colaborar con las diversas direcciones municipales que requieran su apoyo en cuanto a temas de limpieza y mantenimiento de las calles y equipamiento
emergencias en casos especiales en las diferentes zonas la ciudad de Guatemala. Colaborar con las diversas direcciones municipales que requieran su apoyo en cuanto a temas de limpieza y mantenimiento de las calles y equipamiento urbano que se haya consignado en el contrato celebrado por el prestador del servicio. Aprobar los informes mensuales de los contratistas del Programa Limpia y Verde en coordinación con el Programa de Desarrollo Metropolitano de la Municipalidad de Guatemala -PRODEME-, velando porque se hayan cumplido con los requerimientos de los contratos suscritos para este propósito. Proporcionar las directrices, políticas de seguridad y gestión de riesgo a los contratistas. Coordinar a los supervisores e inspectores municipales responsables de dar seguimiento a las directrices establecidas para que los trabajos se realicen de conformidad con las especificaciones técnicas aprobadas. Informar de cualquier problema que afecte la normal ejecución de los contratos a la Coordinación del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. Velar por la continua capacitación de los integrantes de la Unidad. Ejecutar las sanciones respectivas a los contratistas tal y como se establece en los respectivos contratos.PE TE Y Concejo Municipal
Hoja No. 3 ACUERDO No. COM-27-2020
Artículo 4. Personal. La Unidad de Limpia y Verde contará con el siguiente personal para llevar a cabo las funciones asignadas: a) Un coordinador nombrado por el Alcalde Municipal, que le reportará directamente al Gerente de Operaciones. b) Un equipo integrado por supervisiones e inspectores necesarios para llevar a cabo la supervisión y control de las empresas adjudicadas, así como de los contratos suscritos, c) Cualquier otro personal que se requiera dependiendo de la carga laboral
b) Un equipo integrado por supervisiones e inspectores necesarios para llevar a cabo la supervisión y control de las empresas adjudicadas, así como de los contratos suscritos, c) Cualquier otro personal que se requiera dependiendo de la carga laboral Artículo 5. Autorización. Se autoriza a las Direcciones de Administración Financiera Integrada Municipal -DAFIMy de Recursos Humanos para que efectúen las operaciones y movimientos financieros, presupuestarios y administrativos que correspondan para dar cumplimiento al presente Acuerdo. Artículo 6. Vigencia. El presente acuerdo entra en vigencia inmediatamente. Dado en la ciudad de Guatemala, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil veinte. —_—