COM-28-1990
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-28-1990
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1990
ACUERDO DE LA CORPORACION MUNICIPAL AUTORIZACION PARA LA CREACION, FUNCIONAMIENTO Y DESARROLLO DEL INSTITUTO DE EDUCACION BASICA POR EL SISTEMA DE COOPERATIVA DE ENSEÑANZA, DE LAS COLONIAS LA LIBERTAD Y SANTA FE DE LA ZONA 13 DE ESTA CIUDAD; FIJANDO EL MONTO DEQUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q500.00) AL AÑO,
CORPORACION MUNICIPAL POR CADA SECCION CON QUE FUNCIONE DICHO INSTI
CIUDAD DE GUATEMALA TUTO.
Fecha: 27 de agosto de 1990
Expediente No. 609/90. Hoja No. 1 de LA CORPORACION MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que varios vecinos y profesores de las Colonias La Libertad y Santa Fé, Zona 13 promovieron diligencias, para procurar la participación de la Municipalidad de Guatemala en el funcionamiento del Instituto de Educación Básica por el Sistema de Cooperativa de Enseñanza. CONSIDERANDO Que el artículo 400., inciso 9) del Código Municipal, preceptúa que compete a - la Corporación Municipal la promoción de la educación, la cultura, el deporte, la recreación, las ciencias y las artes en coordinación con los Ministerios res pectivos.
CONSIDERANDO: Que el aporte económico que deberá erogar la Municipalidad para participar enesa actividad, no representa un monto que afecte considerablemente el Presupues to Municipal.
POR TANTO: En base a lo que preceptúan los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 30., 60., 390. y 400., inciso g) del Código MuniPOR TANTO: En base a lo que preceptúan los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 30., 60., 390. y 400., inciso g) del Código Municipal y 7o., inciso a), 32, 37 y 38 del Reglamento de Institutos por Cooperativas, para la creación de nuevos Institutos por Cooperativas de Enseñanza, ACUERD: ARTICULO PRIMERO: Autorizar la participación de la Municipalidad de Guatemala, en la creación, funcionamiento y desarrollo del Instituto de Educación Básicapor el Sistema de Cooperativa de Enseñanza, de las Colonias La Libertad y Santa Fé de la Zona 13 de esta Ciudad; fijando el monto de Quinientos Quetzales (0500. 00) al año, por cada sección con que funcione dicho Instituto.
ARTICULO SEGUNDO: Que no existiendo disponibilidad presupuestaria en el actual Presupuesto Municipal, se principiará a otorgar la subvención hasta el año pró- ximo entrante, debiendo para el efecto, la Dirección de Finanzas, contemplar es te rubro en el Presupuesto Municipal, para el Ejercicio 1991.
ARTICULO TERCERO: El presente acuerdo entra en vigor inmediatamente" PADO EN EL SALON DE SESIONES MIGUEL ANGEL ASTURIAS", DEL PALACIÍ MUNICIPAL A - LOS VEINTISIETE DIAS DEL DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS nora.
Lic. Carlos Alberto García Regás Alvar; A _sivauorD De shepetarig municipal calde Municipal & E 4 ‘ 7 E LS ‘ 7 4 SECRETARIA | / % % 3 y LAOS U Mea