COM-28-1992
CONCEJO MUNICIPAL
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Disponible
Detalles
- Título
- COM-28-1992
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1992
muni corporacion municipal municipalidad guatemala LA CORPORACION MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que el Gobierno Central por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas median te Acuerdo Gubernativo número 202-92 autorizó asignar a la Municipalidad de la Ciudad de Guatemala la cantidad de DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (012.500,000.00), para el fortalecimiento y control del servicio del Transpor te Urbano de pasajeros en la Ciudad Capital por el período comprendido del 1 — de julio al 30 de noviembre del presente año. CONSIDERANDO Que se hace necesario dictar las disposiciones legales pertinentes a efectoque la asignación otorgada por el Gobierno Central sea entregada al sector del trasporte público urbano con servicio de autobuses y microbuses, bajo las condi ciones y en las cantidades pertinentes, cuyas, estimaciones y forma de distri bución fueron propuestas con el respaldo de la mayoría de los representantes de los transportistas, incluyéndose al servicio preferencial. POR TANTO En base a lo anteriormente considerado y en lo que para el efecto preceptlan == los artículos 253 literales b) y c) y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 30, 40 literales k) y n) del Código Municipal. ACUERDA Aprobar el siguiente Reglamento para la Distribución y Entrega del Aporte Extra ordinario para el Fortalecimiento y Control del Servicio de Transporte Urbanode Pasajeros en la Ciudad Capital.
ARTICULO lo.: OBJETO. El presente Regiamento tiene por objeto establecer los requisitos y mecanismos que deben cumplirse para el cálculo, distribución y entrega del aporte extraordinario otorgado por el Gobierno Central a la Municipalidad, para el sector del transporte público urbano de buses y microbuses.
ARTICULO 20.: ENTREGA DEL APORTE EXTRAORDINARIO. El aporte extraordinario seT3 entregado por la Municipalidad a cada cooperativa o empresas de autobuses y microbuses únicamente a través de cu Representante Legal. Para el efecto, laMunicipalidad proporcionará a las cooperativas, nóminas en las que se establece el pago que deberá entregar a cada uno de sus asociados en las cantidades queles corresponde. ARTICULO 3o.: DISTRIBUCION DEL APORTE EXTRAORDINARIO. El aporte asignado para el fortalecimiento y control del transporte Público Urbano de pasajeros de auto buses y microbuses, se distribuirá en base a las siguientes especificaciones: 3.1. Para el sector de autobuses, incluyendo el servicio preferencial: cantidad mensual asignada: Q1.586,500.00. palacio municipal centro civico zona 1 teléfono 20120 al 8 ext. 204,353muni corporacion municipal municipalidad gu t u mata 3.2. Para el sector de microbuses, cantidad mensual asignada: 0913,500.00, la que se distribuirá de la siguiente manera: a) Para vehículos de 40 pasajeros sentados o más, modelos de 1983 en ade lante, que se identifican como clase "A". tendrán una asignación mes sual de (179,750.00. b) Para vehículos de 31 a 39 pasajeros, modelos del 1982 o más antiguos, que se identifican como clase "B", tendrán una asignación mensual de 9515,000.00. ec} Para vehículos de 21 a 30 pasajeros sentados, que se identifican como clase "C", tendrán una asignación mensual de Q175,000.00. A) Para vehículos de hasta 20 pasajeros sentados, que se identifican coec} Para vehículos de 21 a 30 pasajeros sentados, que se identifican como clase "C", tendrán una asignación mensual de Q175,000.00. A) Para vehículos de hasta 20 pasajeros sentados, que se identifican como clase "D", téndrán una asignación mensual de 943,750.00.
ARTICULO do.: FISCALIZACION MUNICIPAL. Se autoriza al Departamento de Auditoría Interna de esta Municipalidad para que efectúe en su oportunidad, la fiscalización correspondiente a las cooperativas del transporte públicos urbano bene ficiadas con el aporte extraordinario relacionado en el presente Reglamento, a efecto de establecer si dichas empresas cumplieron con entregar efectivamenteel aporte que corresponde a cada asociado en particular. Del resultado, Audito ría Interna deberá informar a esta Corporación, la que deducirá las responsabilidades que correspondan, a aquellas empresas que no den cumplimiento a lo esta blecido en el presente Reglamento.
ARTICULO 50.: BASE PARA LA DISTRIBUCION. La distribución y entrega del aporte, se hará en base a las horas trabajadas que cada cooperativa y empresas de trans porte declararon al recibir el subsidio autorizado por el Decreto número 5-92del Congreso de la República y Reglamentado mediante Acuerdo de esta Corporación de fecha 3 de septiembre de 1990 y sus reformas, ARTICULO & VIGENCIA: El presente Reglamento entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial y finalizará el treinta de noviembre de 1992. DADO EN EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.
1992. DADO EN EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.
LIC. EDGAR ABRAFAM RIVERA SAGASTUME SECRETARIO MUNICIPAL G © ¢ Suar gun”
LIC. OSCAR JOSE RAFAEL BERGER PERDOMO
ALCALDE MUNICIPAL /ech. palacio municipal centro civico zona 1 teléfono 20120 al 8 ext 204,353Guatemala, 24 de septiembre de 1992
LAS DEPENDENCIAS QUE ABAJO SE ENUMERAN RECIBEN FOTOCOPIA DEL
ACUERDO DE LA CORPORACION MUNICIPAL QUE REFIERE AL APORTE EXTRAORDINARIO PARA EL FORTALECIMIENTO Y CONTROL DEL SERVICIO DE TRANSPORTE URBANO, Y FUE APROBADO EL DIA 23 DE SEPTIEMBRE DE 1992.
SECRETARIA DE RELACIONES PUBLICAS
DIRECCION DE FINANZAS
DIRECCION DE TRANSPORTES
AUDITORIA INTERNA
JUZGADO DE ASUNTOS MUNICIPALES.
NIGIPALES 1026200 0t ASUNTOS By ANDE > 2 1 . i 24 SEL 1997
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