COM 29-2019
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 29-2019
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2019
= == e DE GUATEMALA (, umpe Concejo Municipal
ACUERDO COM-29-2019
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que la Empresa Metropolitana de Vivienda y Desarrollo Urbano -EMVDUfue creada por medio del Acuerdo Municipal número COM-003-2012 aprobado por el Concejo Municipal con fecha 11 de Enero del año 2012 y publicado en el Diario Oficial el 3 de febrero del año 2012. CONSIDERANDO Que el Acuerdo Municipal que contiene la creación de la Empresa Metropolitana de Vivienda y Desarrollo Urbano indica en su artículo 21 que la Empresa elaborará su presupuesto de ingresos y egresos anualmente, de acuerdo a las normas aplicables, para aprobación del Concejo Municipal, previa aprobación de su Junta Directiva. Dicho presupuesto garantizará la disponibilidad de los recursos financieros necesarios para su funcionamiento y la consecución de sus fines, de manera que la Empresa sea sostenible financieramente. CONSIDERANDO Que para implementar los proyectos piloto de las iniciativas que formen parte del Programa de Vivienda Municipal y otras de interés municipal, velando por los fines sociales al identificar y priorizar la población meta de los programas habitacionales y desarrollo urbano, es necesario realizar estudios de ingeniería y o arquitectónicos, así como diseñar el modelo de gestión, financiero y legal. POR TANTO Con base en lo dispuesto en los artículos 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 35 literales f) e 1), 100, 125, 126, 127, 128, 129 y 133 del Código Municipal, Decreto
POR TANTO Con base en lo dispuesto en los artículos 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 35 literales f) e 1), 100, 125, 126, 127, 128, 129 y 133 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 y sus reformas; Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas; Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, Acuerdo Gubernativo número 540-2013; y, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala. ACUERDA Artículo 1° : Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Empresa Metropolitana de Vivienda y Desarrollo Urbano -EMVDU-, para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil veinte, por la cantidad de cuatrocientos mil quetzales exactos (Q.400,000.00) según la siguiente distribución:5 DE GUATEMALA . mple Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-29-2019
PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS -EJERCICIO FISCAL 2020POR RUBRO CÉDULA ANALÍTICA
(CIFRAS EN QUETZALES) T T T o | Monto N | Clase Sección Grupo Descripción |Presupuestado % | | . _ | en Quetzales | Transferencias Corrientes, del | 16 | 2 50 Sector Público, de 200,000.00 | 50% | — Municipalidades — | | | Disminución de | | | | 23 1 1 10 Disponibilidades, Disminución | 200,000.00 | 50% | ! de Caja y Bancos [ . |
— Municipalidades — | | | Disminución de | | | | 23 1 1 10 Disponibilidades, Disminución | 200,000.00 | 50% | ! de Caja y Bancos [ . | Y TOTAL 400,000.00 |100% | El monto de las transferencias corrientes será trasladado por la Municipalidad de Guatemala a la EMVDU durante el primer trimestre del año 2020. Artículo 2°: Aprobar el Presupuesto General de Egresos, el POA-2020 y el PAC-2020 de la Empresa Metropolitana de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Ciudad de Guatemala para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil veinte. por la cantidad de cuatrocientos mil quetzales exactos (Q.400,000.00) distribuidos de la siguiente forma:
PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS -EJERCICIO FISCAL 2020POR GRUPO DE GASTO
(CIFRAS EN QUETZALES) ¡Grupo | o 1 Monto | | de Descripción |Presupuestado| % | Gasto | en Quetzales | | _ 100 Servicios No Personales —289.500.00 | 72% 200 Materiales y Suministros 39.000.00 10% 3 Propiedad Planta y Equipo e 71,500.00 | 18% | Intangibles TOTAL — | 400,000.00 100% 'Concejo Municipal Hoja No. 3 Acuerdo COM-29-2019 Artículo 3°: La ejecución, control y evaluación del presupuesto en forma analítica será realizada por la Dirección de Finanzas de la Empresa, supervisada por las Gerencias quienes deberán informar a la Junta Directiva y al Concejo Municipal, a más tardar dentro de los diez (10) días siguientes
la Dirección de Finanzas de la Empresa, supervisada por las Gerencias quienes deberán informar a la Junta Directiva y al Concejo Municipal, a más tardar dentro de los diez (10) días siguientes después de finalizado cada cuatrimestre. Artículo 4°: Se faculta a las Gerencias y a la Dirección Financiera para realizar las transferencias de asignaciones presupuestarias y a modificar las fuentes de financiamiento cuando corresponda. Artículo 5°: El presente Acuerdo entra en vigencia a partir del uno de enero del año dos mil veinte y concluirá el treinta y uno de diciembre del mismo año. Dado en el salón de sesiones “Miguel Ángel Asturias” del Palacio Municipal a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve. Ripardg Quiñónez Algalde Mario César Escobar García Secretario Municipal Interino il