COM 3-2018
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 3-2018
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2018
DE GUATEMALA . ¡mple
CONCEJO MUNICIPAL
ACUERDO COM-03-2018
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que en ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República de Guatemala garantiza a los Municipios, entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, procurando el fortalecimiento económico municipal, para el logro de las metas y objetivos propuestos mediante la prestación de los servicios públicos locales, con el propósito de mantenerlos, mejorarlos y regularlos.
CONSIDERANDO: Que la actual Administración, con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el Código Municipal y en la Ley Orgánica del Presupuesto, relacionado con el cierre y liquidación presupuestaria correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017, presenta a consideración del Honorable Concejo Municipal el resultado del comportamiento de la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de dicho Ejercicio Fiscal.
CONSIDERANDO: Que durante el Ejercicio Fiscal 2C17, los Directores de las diferentes actividades y unidades ejecutoras de la Institución se vieron en la necesidad de reforzar sus respectivos créditos presupuestarios, a través de solicitudes de transferencias y ampliación de asignaciones para lograr sus objetivos y metas trazadas, las cuales fueron autorizadas por el Gerente Municipal y el Director Financiero para darle mayor flexibilidad y dinamismo a la ejecución, basados en los artículos dieciocho y veintiséis del Acuerdo No. COM-19-2016 del Honorable Concejo Municipal; haciéndose necesario reprogramar el Presupuesto General de Ingresos para cumplir con las recomendaciones de la Contraloría General de Cuentas y ajustar lo percibido durante el Ejercicio Fiscal.
POR TANTO:
POR TANTO: En uso de las facultades que le confiere los artículos 35, incisos a) y f), 99, 100, 125, 126, 127, 133, 135 del Decreto No.12-2002 Código Municipal y sus reformas; artículo 241 de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículos 4 y 47 del Decreto No. 101-97 Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 20 y 48 del Acuerdo Gubernativo 540-2013 Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto.
ACUERDA: Artículo Primero: Aprobar el presente Acuerdo que contiene el cierre y liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Municipalidad de Guatemala correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017, el cual en cuanto a Ingresos se refiere, ascendió a la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS QUETZALES CON SESENTA Y UN CENTAVOS (Q.1,226,928,466.61) y los egresos ejecutados ascendieron a UN MIL CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL OCHOCIENTOS SIETE QUETZALES CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS (Q.1,137,790,807.96), como sigue:DE GUATEMALA cumple
CONCEJO MUNICIPAL
EJECUCION DE INGRESOS Y EGRESOS REALES CORRESPONDIENTE AL
EJERCICIO FISCAL 2017
(Expresado en Quetzales)
TOTAL INGRESOS
INGRESOS CORRIENTES
ONA MIA © Ingresos Tributarios Ingresos no Tributarios Venta de Bienes y Servicios de la Admón. Pub. Ingresos de Operación Rentas de la Propiedad Transferencias Corrientes
ONA MIA © Ingresos Tributarios Ingresos no Tributarios Venta de Bienes y Servicios de la Admón. Pub. Ingresos de Operación Rentas de la Propiedad Transferencias Corrientes
RECURSOS PROPIOS DE CAPITAL
Transferencias de Capital
TOTAL EGRESOS
Servicios Personales Servicios No Personales Materiales y Suministros Propiedad, Planta, Equipo e Intangibles Transferencias Corrientes Transferencias de Capital Servicios de la Deuda y Amort. Otros Pasivos Asignaciones Globales
SALDO DEL EJERCICIO
1,034,027,178.07 528,975,802.43 394,847,692.98 79,215,136.69 26,329,453.92 2,742,096.36 1,916,995.69 192,901,288.54 192,901,288.54 278,414,410.11 427,385,813.88 65,707,360.96 17,261,158.09 126,175,513.82 129,630,126.81 93,190,463.04 25,961.25 1,226,928,466.61 1,137,790,807.96 89,1 58. 5
Artículo Segundo: Se dan por aprobados los ingresos percibidos provenientes de ingresos corrientes, transferencias de capital (aportes de Gobierno Central), donaciones, desembolso de préstamos y otros.
En cuanto a los ingresos proveniertes de la tasa municipal de alumbrado público, se ratifica que para su cálculo, debe tomarse en cuenta el monto total de la factura emitida por el suministro de electricidad en e punto de consumo, quedando excluidos únicamente
En cuanto a los ingresos proveniertes de la tasa municipal de alumbrado público, se ratifica que para su cálculo, debe tomarse en cuenta el monto total de la factura emitida por el suministro de electricidad en e punto de consumo, quedando excluidos únicamente de dicho cálculo los impuestos aplicados en la factura y el cobro por arrendamiento de equipo o dispositivos eléctricos. Este procedimiento de cálculo sigue vigente para el Ejercicio Fiscal 2018.DE GUATEMALA . ¡mp/e CONCEJO MUNICIPAL Artículo Tercero: Se dan por aprobadas las transferencias, ampliaciones y reducciones de asignaciones presupuestarias de ingresos y egresos en las diferentes actividades y unidades ejecutoras de la Municipalidad de Guatemala, así como las reprogramaciones de fuentes de financiamiento autorizadas por el Gerente Municipal y el Director Financiero. De igual manera se aprueban las modificaciones al Presupuesto derivadas de saldos de caja y reprogramación del Presupuesto General de Ingresos para cumplir con las recomendaciones de la Contraloría General de Cuentas y ajustar lo percibido durante el ejercicio, autorizadas por el Gerente Municipal, así como los ajustes contables resultantes de la depuración de las respectivas cuentas, ocurridas durante el Ejercicio Fiscal 2017, con el fin de presentar estados financieros razonables, de conformidad con el mandato que se les otorgó en los artículos 18, 26 y 47 del Acuerdo del Concejo Municipal No. COM-19-2016, que contiene la aprobación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Municipalidad de Guatemala para el Ejercicio Fiscal 2017.
Artículo Cuarto: El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.
Dado en el salón de sesiones “Miguel Ángel Asturias” del Palacio Municipal, a los veintinueve días del mes de enero del año dos mil dieciocho.