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COM-31-1992

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-31-1992
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
1992

uni corporación municipal municipalidad

ACUERDO DE LA CORPORACION MUNICIPAL,

SE MODIFICA EL ARTICULO 3o. INCISO 3.2 DEL

REGLAMENTO PARA LA DISTRIBUCION Y ENTREGA

DEL APORTE EXTRAORDINARIO PARA EL

FORTALECIMIENTO Y CONTROL DEL SERVICIO DE

TRANSPORTE PUBLICO URBANO.

APROBADO: 29 DE OCTUBRE/92

HOJA No. 1 DE

LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que con fecha 23 de septlembre del presente año, este Organo Coleglado emitió el "Reglamento para la Distribución y Entrega del Aporte Exirsordinario pare Fortalecimiento y Control del Servicio de Transporte Público Urbano de Pasajeros en la Ciudad Capital CONSIDERANDO: Que por la modificación del Artículo 50., Inciso 5.7 que se realizó en el Reglamento para la Entrega del Subsidio el sector de Transporte Público Urbano para el Municipio de Gustemala de fecha 7 de septlemre del presente año, es necesario efectuar rodificación al artículo 3o. Inciso 3.2 del Reglamento para la Distribución y Entrega del Aporte Extraordinario para el Fortalecimiento y Control del Servicio de Transporte Público Urbano de Pasajeros de la Cludad Capital.

POR TANTO: Con fundamento en lo considerado en el Artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3o., 60, 30 y 40 Inciso a), m) y r) del Código Municipal (Decreto 58-88 del Congreso de la República).

ACUERDA: Artículo Primero: Modificar el Artículo 3o. Inciso 3.2 del Reglamento para la Distribución y

58-88 del Congreso de la República).

ACUERDA: Artículo Primero: Modificar el Artículo 3o. Inciso 3.2 del Reglamento para la Distribución y Entrega del Aporte Extraordinario para el Fortalecimiento y Control del Servicio ce Transporte Público Urbano de Pesajeros en la Ciudad Capital de la manera siguiente: a) Pera vehículos de 31 pasajeros sentados o más que se Identifican como clase "A" tendrán una esignación mensual de Q-694,750.00. b) Para vehículos de 21 a 30 pasajeros sentados que se Identifican como clase "8" tendrán una asignación mensual de Q. 175,000.00.

© Para vehículos de haste 20 pasajeros sentados que se ldentiflcan como clase "C" tendrán una asignación mensual de 0.43, 750.00.

Artículo Segundo: Vigencia: Las presentes modificaciones al Reglamento pere le DIstribución del Aporte Extreordinario para el Fortalecimiento y Control del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros en la Cludad Capital, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Diario

Oficial. DADO EN EL SALON DE SESIONES " MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS. Co Lic. SECRETARIO MUNICIPAL. palacio memicipa cio civico zona 1 teléfono 20120 al 8 ext. 204,353

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