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COM-31-1998

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-31-1998
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
1998

concejo municipal municipalidad guatemala EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA C] DE GUAT] LA ERANDO: Que por imperativo constitucional, los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, correspondiéndoles entre otras funciones la de obtener y disponer de sus recursos; CONSIDERANDO: Que en el artículo 260 de la Constitución Política de la República de Guatemala, se establece que, ningún Organismo del Estado está facultado para eximir de tasas o arbitrios municipales a personas individuales o jurídicas, salvo las propias municipalidades; CONSIDERANDO: Que se hace necesario otorgar a las personas individuales o jurídicas que se encuentran afectos al arbitrio por construcción inadecuada, exoneración parcial sobre dicho tributo, a efecto de solventar su situación jurídico-tributaria con esta municipalidad; POR TANTO: Con base en lo considerado y en lo que para el efecto prescriben los artículos 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 6, 39, 40, 82, 84, 93, del Decreto 58-88 del Congreso de la República.

ACUERDA Articulo Primero: Exonerar en un cuarenta por ciento de los montos adeudados en concepto de arbitrio por construcción inadecuada, a todas las personas individuales o jurídicas, cuya deuda es el resultado de la aplicación del arbitrio trimestral de construcción inadecuada, calculado desde la fecha de notificación hasta la obtención de la licencia de construccion incluyendo todos aquellos casos en los cuales se obtuvo dicha licencia en forma parcial.

Artículo Segundo: Los casos registrados en el programa de construcción inadecuada que se encuentren pendientes de obtener licencia, podrán gozar de exoneración, siempre que los propietarios de los inmuebles obtengan la licencia de construcción dentro de la vigencia del presente acuerdo.

Artículo Tercero: El presente acuerdo tendrá vigencia a partir de la publicación en el Diario Oficial, hasta el 30 de abril de 1999.

DADO EN EL SALON DE SESIONES “MIGUEL ANGEL ASTURIAS”, DEL PALACIO MUNICIPAL A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO palacio municipal centro cívico zona 1 teléfono 20121 al 8 ext. 204-353muni concejo municipal municipalidad guatemala 15 de diciembre de 1998 LAS DEPENDENCIAS QUE ABAJO SE ENUMERAN, RECIBEN COPIA DEL ACUERDO APROBADO POR EL CONCEJO MUNICIPAL, QUE CONTIENE EXONERACION EN UN 40% DE LOS MONTOS ADEUDADOS EN CONCEPTO DE ARBITRIO POR CONSTRUCCION

INADECUADA. - CONSTRUCCION INADECUADA TEC - JUZGADO DE ASUNTOS MUNICIPALES N 16/ 12 198

- DIRECCION DE FINANZAS

=~ INGRESOS - AUDITORIA - ADMINISTRACION JURIDICA. RECIBIDO 15 DIC.1998 A hd 10750

DIRECCION DE FINANZAS 1 5.5. 1998

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