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COM 31-2019

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM 31-2019
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2019

DE GUATEMALA . ¡ple

Concejo Municipal

ACUERDO COM-31-2019

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que en sesión número 74-2019 celebrada el día dos de octubre del año dos mil diecinueve, la Junta Directiva de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, aprobó el proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos, así como el Plan Operativo Anual y el Plan Anual de Compras de dicha Entidad, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020 y el Plan Estratégico Institucional período 2020-2022. CONSIDERANDO — Que el Presupuesto de Ingresos ha sido formulado para el Ejercicio Fiscal 2020, conforme los A lineamientos y procedimientos técnicos y legales, conjuntamente con la Dirección de Recaudación y Gestión en lo relativo a fuentes de financiamiento y recursos por los cobros N que se realizan y estimando los que pueden percibirse para el Ejercicio Fiscal 2020. CONSIDERANDO Que el Presupuesto de Egresos ha sido formulado para el Ejercicio Fiscal 2020, conforme los ineamientos y procedimientos técnicos y legales para su elaboración, tomando en cuenta las necesidades de recursos presupuestarios, a fin de que la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, atienda sus compromisos financieros y pueda realizar sus funciones que por ley le ~ competen. POR TANTO Con base a lo establecido en los artículos 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 125, 135 y 138 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la

~ competen. POR TANTO Con base a lo establecido en los artículos 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 125, 135 y 138 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas; y artículos 46 y 47 de la Ley Orgánica del Presupuesto Decreto 101-97 y 48 del Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, Acuerdo Gubernativo 540-2017. ACUERDA ARTÍCULO 1. Presupuesto de Ingresos. Se aprueba el Presupuesto General de Ingresos de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRApara el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil veinte por un valor total de CIENTO= & x < E u o S w @ MUNI E 2, % < 7) = L SESENTA MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO QUETZALES EXACTOS (Q.-60,582,598.00), distribuidos de la manera siguiente: Concejo Municipal Hoja DE GUATEMALA (, umple No. 2 Acuerdo COM-31-2019 PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS ENTIDAD METROPOLITANA REGULADORA DE TRANS PORTE Y TRANSITO DEL MUNICIPIO DE GUATEMALA Y SUS ÁREAS DE INFLUENCIA URBANA -EMETRAPRESUPUESTO DE INGRESOS POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO Y RECURSO

EJERCICIO FISCAL 2020

(CIFRAS EXPRESADAS EN QUETZALES)

DE INFLUENCIA URBANA -EMETRAPRESUPUESTO DE INGRESOS POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO Y RECURSO

EJERCICIO FISCAL 2020

(CIFRAS EXPRESADAS EN QUETZALES) INSTITUCIÓN: 12200001 Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Trá Influencia Urbana -EMETRAito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de 2 e Elo =125 g ENE z é 32 DESCRIPCION APROBADO 2020 | & Z|37 g <|=a 5 z z & E g TOTAL 160,582,598.00| 100% 29 17250 | TRANSFERENCIAS DE CAPITAL (MUNICIPALIDAD DE GUATEMALA) 5.015.000.00f 3.1% 31 10149 [INGRESOS TRIBUTARIOS (IMPUESTO SOBRE ANUNCIO) 3.350.000.00f 2.1% 31 11290 | INGRESOS NO TRIBUTARIOS (TASAS) 35.791.198.00 22.3% 31 11490 | INGRESOS NO TRIBUTARIOS (ARRENDAMIENTOS) 2.750.000.000 1.7% 31 11610 | INGRESOS NO TRIBUTARIOS (MULTAS) 63.517.700.00 39.6% 131 11610 | INGRESOS NO TRIBUTARIOS (RECUPERACIÓN DE MULTAS) 44.408.200.00| 27.7% 131 11710 [INGRESOS NO TRIBUTARIOS (INTERESES POR MORA) 5.000,000.00 3.1% 31 11990 | INGRESOS NO TRIBUTARIOS (INGRESOS VARIOS) 250.500.004 02%

131 11710 [INGRESOS NO TRIBUTARIOS (INTERESES POR MORA) 5.000,000.00 3.1% 31 11990 | INGRESOS NO TRIBUTARIOS (INGRESOS VARIOS) 250.500.004 02% 31 | 15130 | INTERESES BANCARIOS 500.000.00 0.3%DE GUATEMALA (, umpPe Concejo Municipal Hoja No. 3 , & Acuerdo COM-31-2019 = ARTÍCULO 2. Presupuesto de Egresos. Se aprueba el Presupuesto de Egresos de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil veinte, por un valor total de CIENTO SESENTA MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO QUETZALES EXACTOS (Q.160,582,598.00), distribuidos de la manera siguiente: _ PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS ENTIDAD METROPOLITANA REGULADORA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO DEL MUNICIPIO DE GUATEMALA Y SUS ÁREAS DE INFLUENCIA URBANA -EMETRA- ¡Y PRESUPUESTO DE GASTO POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO Y GRUPO DE GASTO — EJERCICIO FISCAL 2020 (CIFRAS EXPRESADAS EN QUETZALES) INSTITUCIÓN: 12200001 Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de = Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA2 w E u 2 "EE . = <|3 CESCRIPCION APROBADO 2020| ii

= Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA2 w E u 2 "EE . = <|3 CESCRIPCION APROBADO 2020| ii 6 g z 2 2 o [ TOTAL 160.582.598.00| 100% 29 | 3 |PROPIEDAD, PLANTA EQUIPO E INTANGIBLES (Vehículos, Ovas maquinarias MU 3% y equipos) 31 | 0 (SERVICIOS PERSONALES (Sueldos y Salarios) 113,623,648.00| 70.8% 5 q [SERVICIOS NO PERSONALES (Impresiones Arrendamientos, Mantenimiento y ISR ro Otros) MATERIALES Y SUMINISTROS (Casolina, Útiles de Oficina, Accesorios y 17,122, % 1 | 2 [Repuestos, Uniformidad y otros) Mie IATA 21 | 3 |PROPIEDAD, PLANTA, EQUIPO E INTANGIBLES (Vehículos, Equipo de 336020000 21% Cómputo yotros) 31 | 4 [TRANSFERENCIAS CORRIENTES (Prestaciones Laborales) 3,682,000.00| 2.3% 31 | 8 [OTROS GASTOS (Devoluciones de Multas) 150,000.00) 0.1% 31 | 9 [ASIGNACIONES GLOBALES (Sertencias Judiciales) 5,500,000.00] 3.4%DE GUATEMALA . ple Concejo Municipal Hoja No. 4 Acuerdo COM-31-2019 < ARTÍCULO 3. Plan Anual de Compras, Plan Operativo Anual, Plan Estratégico ! Institucional. Aprobar el Plan Anal de Compras período 2020, el Plan Operativo Anual período 2020 y el Plan Estratégico Institucional 2020-2022, de la Entidad Metropolitana

! Institucional. Aprobar el Plan Anal de Compras período 2020, el Plan Operativo Anual período 2020 y el Plan Estratégico Institucional 2020-2022, de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-.

NORMAS PRESUPUESTARIAS 2020

ARTÍCULO 4. Disposiciones complementarias. Las Normas de Ejecución Presupuestaria son complementarias a lo establecido en el Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas. DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS ARTÍCULO 5. La Ejecución Presupuestaria de Ingresos. La ejecución del Presupuesto de Ingresos de EMETRA será regulada por las siguientes normas: ] Informes Cuatrimestrales. La ejecución y control del Presupuesto de Ingresos, en forma analítica está a cargo del Departamento de Tesorería; la evaluación del referido presupuesto será realizada por la Dirección Financiera por medio del Departamento de Presupuesto, quien deberá informar de ello a la Junta Directiva de EMETRA y al Concejo Municipal, a más tardar dentro de los diez días hábiles (10) siguientes después de finalizado cada cuatrimestre. Cumplimiento de metas de ingresos. La Dirección de Recaudación y Gestión en conjunto con la Dirección Financiera deberán velar que se alcancen las metas estimadas en cada recurso de ingresos proyectadas para el Ejercicio Fiscal 2020, siempre y cuando cuenten con todas las herramientas necesarias. ARTÍCULO 6. Cobros Electrónicos. Para una mayor facilidad en el pago de impuestos,

recurso de ingresos proyectadas para el Ejercicio Fiscal 2020, siempre y cuando cuenten con todas las herramientas necesarias. ARTÍCULO 6. Cobros Electrónicos. Para una mayor facilidad en el pago de impuestos, tasas, arrendamientos, multas y recuperación de multas, intereses por mora e ingresos varios que efectúan los vecinos y dadas a la nueva tecnología, se podrán realizar electrónicamente por medio de tarjetas de crédito, débito y cualquier otro medio electrónico, por lo que se facultaDE GUATEMALA (, mple Concejo Municipal Hoja No. 5 Acuerdo COM-31-2019 al Director General suscribir contratos o convenios con los emisores de estos medios de pago, cuyo requisito indispensable será que estén autorizados a operar por la Superintendencia de Bancos. Esto agilizará el cobro de los tributos municipales, así como las facilidades de pago que se brindarán al vecino. . - o DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS ARTÍCULO 7. Priorización y racionalización del gasto. Para el Ejercicio Fiscal 2020, en la utilización de los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos deberá aplicarse una ( política estricta de priorización y racionalización del gasto, el que conduzca al uso óptimo de dm) los recursos. Para el efecto se aplicarán políticas de austeridad y procedimientos de control necesarios que tiendan al uso adecuado de gastos, minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades y proyectos. Agregado a lo anterior y del cumplimiento de las disposiciones que pueda emitir el Concejo Municipal, se faculta a la Dirección General de la Entidad, para que por medio de la Dirección

sean necesarios para la ejecución de sus actividades y proyectos. Agregado a lo anterior y del cumplimiento de las disposiciones que pueda emitir el Concejo Municipal, se faculta a la Dirección General de la Entidad, para que por medio de la Dirección Financiera disponga en caso necesario, las medidas de reordenamiento y restricción de gastos que sean pertinentes, en concordancia con la situación económica prevaleciente en la Entidad. ARTÍCULO 8. Responsables de la ejecución de gastos. En la ejecución del Presupuesto Q de Egresos además de las disposiciones legales ordinarias, se observaran las normas siguientes: Los funcionarios a cargo de las Direcciones y Departamentos son responsables directos de a correcta ejecución de los programas y proyectos contemplados en el Presupuesto General de Egresos, así como la ejecución que se pueda realizar por medio del fondo rotativo y de la programación establecido dentro del Plan Anual de Compras, esto conforme a la distribución analítica formulada en el Presupuesto. Para garantizar el logro de los objetivos y metas Programadas en el Presupuesto, deberán llevar:Areta DE GUATEMALA cum e Concejo Municipal Hoja No. é Acuerdo COM-31-2019 Registro y control del gasto. Las Direcciones y Departamentos de la Entidad quedan obligados a llevar registro y control de sus asignaciones, debiendo establecer un sistema de registro de la ejecución de gasto y de las metas contenidas en el Presupuesto, con el objeto de dar el seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria. Registro y control del presupuesto. La Dirección Financiera de EMETRA queda obligada a la distribución, registro y control de as asignaciones por Programas, ejerciendo un adecuado control a nivel de rengión de los gastos que efectúan por el monto aprobado en este

Registro y control del presupuesto. La Dirección Financiera de EMETRA queda obligada a la distribución, registro y control de as asignaciones por Programas, ejerciendo un adecuado control a nivel de rengión de los gastos que efectúan por el monto aprobado en este Presupuesto, a través del Sistema de Contabilidad Integrada -SICOINy el Sistema de Gestión -SIGES-, o los que durante el ejercicio fiscal 2020 puedan incorporarse. Cotizaciones y licitaciones. Las Unidades Administrativas de la Entidad, cuya ejecución de sus programas y proyectos se realice por medio de cotización y/o licitación pública, deberán proceder a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, tomando en consideración los plazos establecidos. v Lugar de desempeño de funciones. Los servidores de la Entidad desempeñarán las funciones que correspondan a su puesto en la unidad administrativa donde el mismo se encuentre presupuestado. Es responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos velar por el cumplimiento de esta disposición. v Servicios temporales. La contratación de servicios personales que se requieran en forma temporal para la ejecución de los programas y proyectos que realiza la administración deberá ser autorizada por el Director General de EMETRA, basada en la disponibilidad presupuestaria asignada en el presente Ejercicio Fiscal.\FALYY RING

SECRETARIO

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A ) DE GUATEMALA imple pal Concejo Muni Hoja No. 7 + Acuerdo COM-31-2019 ¿ARTíCULO 9. Prohibición para Adquirir Compromisos sin la Existencia Previa de - Créditos Presupuestarios. En cumplimiento del Decreto No. 101-97 del Congreso de la

Hoja No. 7 + Acuerdo COM-31-2019 ¿ARTíCULO 9. Prohibición para Adquirir Compromisos sin la Existencia Previa de - Créditos Presupuestarios. En cumplimiento del Decreto No. 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, las Unidades Ejecutoras de la Institución, no podrán adquirir compromisos ni devengar gastos para los cuales no existen los saldos disponibles de créditos presupuestarios correspondientes. Los Directores que incumplan con esta disposición, serán responsables y no se hará el pago a los proveedores. Los Directores y jefes deben de cumplir con el procedimiento de compras establecido en el Manual de Normas y Procedimientos del Departamento de Compras, entre los cuales se establece que los Directores y encargados de gestionar la adquisición de bienes y servicios, deben de realizar las solicitudes detallando los productos o la prestación de los servicios que se requieren. Los Directores no podrán solicitar compras de bienes y servicios si no se cuenta con el respaldo presupuestario y financiero necesario que garantice su cumplimiento durante la vigencia del contrato respectivo. El ncumplimiento de esta norma es causa justificable para ser sancionado con las medidas disciplinarias respectivas y el Director asumirá bajo su responsabilidad cualquier multa que se derive ante la Contraloría General de Cuentas. ARTÍCULO 10. Fondo Rotativo y Fondo de Canje. Se faculta al Director General de EMETRA para que, a través de la emisión de Acuerdo Interno, pueda crear el Fondo Rotativo Institucional por la cantidad de hasta CUARENTA Y CINCO MIL QUETZALES EXACTOS (Q.45,000.00), el que a su vez puede ser manejado mediante Fondos Rotativos Internos que

Institucional por la cantidad de hasta CUARENTA Y CINCO MIL QUETZALES EXACTOS (Q.45,000.00), el que a su vez puede ser manejado mediante Fondos Rotativos Internos que EMETRA considere necesarios. Así mismo podrá constituir un fondo de canje de hasta por quince mil quetzales exactos (Q.15,000.00). ARTÍCULO 11. Obligatoriedad de Detallar las Especificaciones de los Gastos a Través de Comprobante Único de Registro y de Fondos Rotativos. Todo pago efectuado a través de comprobante único de registro y/c fondos rotativos, deberá especificar como mínimo quién, qué, cómo, cuándo y para qué se está ejecutando el gasto. Los ejecutores de gastos, no podrán utilizar tarjetas de crédito o débito, cuando se les han otorgado fondos en efectivo o cheques. ARTÍCULO 12. Organización y Escala de Puestos y Salarios. La Dirección de Recursos Humanos deberá velar por el cumplimiento del Organigrama y de la Escala de Puestos yDE GUATEMALA . ¡mple Concejo Municipal Hoja No. 8 Acuerdo COM-31-2019 Salarios de EMETRA, cuyo instrumento forma parte del Plan Operativo Anual para el Ejercicio Fiscal 2020. ARTÍCULO 13. Remuneración por el sistema de dietas. Los miembros de la Junta Directiva de EMETRA y sus asesores, podrán ser renumerados, siempre y cuando sea por el sistema de dietas por cada sesión a la que asistan, hasta un máximo de ocho (8) dietas por mes, y hasta por un monto de mil doscientos quetzales exactos (Q.1,200.00) por dieta. El pago se comprobará mediante nómina de dietas para los que están en relación de dependencia, caso

hasta por un monto de mil doscientos quetzales exactos (Q.1,200.00) por dieta. El pago se comprobará mediante nómina de dietas para los que están en relación de dependencia, caso contrario deberá presentar la factura contable correspondiente. ARTÍCULO 14. Subgrupo maquinaria y equipo. Todas las asignaciones presupuestarias aprobadas dentro del grupo de gasto 3, “Propiedad, Planta, Equipo e intangibles”, por ninguna razón podrán utilizarse para financiar renglones de gasto de otros grupos. Toda solicitud de compra de equipo será autorizada previo visto bueno el Director General de EMETRA. ARTÍCULO 15. Compras a empresas estatales. Los Departamentos de la Entidad que para la ejecución de sus programas requieran bienes o servicios personales, no personales y de suministro que sean producidos por empresas estatales, deberán adquirirlos en éstas, aplicando el artículo 2%. del Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar en todo o en parte los productos o servicios. Los materiales, equipo, maquinaria y demás artículos a adquirirse para la ejecución de los programas incluidos en el Presupuesto, deberán ser preferentemente de producción nacional. ARTÍCULO 16. Pago de deudas de años anteriores. Las deudas de Ejercicios Fiscales anteriores que se encuentren pendientes de pago podrán pagarse siempre y cuando provengan de obligaciones legítimamente contraídas; entendiéndose como tales, aquellas en las cuales se han llenado las formalidades de la Ley y se han recibido los bienes o servicios.

anteriores que se encuentren pendientes de pago podrán pagarse siempre y cuando provengan de obligaciones legítimamente contraídas; entendiéndose como tales, aquellas en las cuales se han llenado las formalidades de la Ley y se han recibido los bienes o servicios. ARTÍCULO 17. Autorización de Modificaciones y Transferencias Presupuestarias. A las solicitudes de traslado de asignaciores presupuestarias se les dará trámite si se ajustan a los preceptos contenidos en el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento; siempre que los Departamentos interesados propongan en las partidas de las que se tomarán los recursos, cuando dichasDE GUATEMALA , umple Concejo Municipal Hoja No. 9 Acuerdo COM-31-2019 partidas correspondan a la propia unidad administrativa se requerirá la firma del director de la unidad. Cuando se trate de solicitudes de traslado de un Programa Institucional a otro, se requerirá la anuencia de los directores de ambas unidades administrativas, mismas que serán aprobadas por medio de Resolución Interna, incluyendo sustitución de financiamiento. La Dirección Financiera está facultada para autorizar solicitudes de modificaciones presupuestarias y para modificar las fuentes de financiamiento cuando corresponda, hasta por la cantidad de noventa mil quetzales (Q.90,000.00), sin embargo las modificaciones presupuestarias y las modificaciones de fuentes de financiamiento cuando sean mayores a noventa mil quetzales (Q.90,000.00; hasta novecientos mil quetzales (Q.900,000.00), deberán ser aprobadas por el Director General de EMETRA, y las modificaciones presupuestarias así como las modificaciones de fuentes de financiamiento mayores a novecientos mil quetzales

ser aprobadas por el Director General de EMETRA, y las modificaciones presupuestarias así como las modificaciones de fuentes de financiamiento mayores a novecientos mil quetzales (Q.900,000.00) deberán ser aprobadas por la Junta Directiva de EMETRA, siempre que no modifique el total aprobado del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Ejercicio Fiscal 2020. Se faculta al Director Financiero con visto bueno del Director General de EMETRA, en lo que respecta a los ingresos cuando la cantidad asignada a un rubro auxiliar sea superada, se podrá incrementar y a su vez decrementar otro rubro auxiliar que no fuera a llegar al monto original asignado, toda vez que no se modifique el techo total presupuestario aprobado para el Ejercicio Fiscal 2020. ARTÍCULO 18. Ampliaciones y/o Disminuciones Presupuestarias. El Concejo Municipal podrá aprobar transferencias presupuestarias en los casos en que se produzca una situación especial que amerite ampliación yo disminución del presupuesto aprobado, solicitando la autorización correspondiente, acompañada de las justificaciones que sean pertinentes y su fuente de financiamiento. El Presupuesto General de Ingresos y Egresos de EMETRA podrá ser ampliado durante el Ejercicio Fiscal 2020, cuando la Entidad obtenga ingresos extraordinarios provenientes de subsidios, donaciones, contratación de préstamos; nuevas tasas, arbitrios, multas o aumentos a los establecidos; saldo de caja de ejercicios anteriores, y otros, mismos que deben contar con la aprobación del Concejo Municipal.DE GUATEMALA mple Concejo Municipal Hoja No. 10 Acuerdo COM-31-2019 $ ARTÍCULO 19. Transferencias de recursos a Entidades y Organizaciones No

con la aprobación del Concejo Municipal.DE GUATEMALA mple Concejo Municipal Hoja No. 10 Acuerdo COM-31-2019 $ ARTÍCULO 19. Transferencias de recursos a Entidades y Organizaciones No a Gubernamentales. Se faculta a la Dirección Financiera para que a través del Programa de Transferencias Corrientes que estén o puedan darse, pueda transferir a Entidades del sector privado comprendidos como subsidios a instituciones de enseñanza, para el funcionamiento —> de diversas Entidades e instituciones sin fines de lucro, previa autorización de la Junta y. Directiva. ARTÍCULO 20. Activos extraviados o dañados por el personal. Cuando el personal de la Entidad tenga pendiente con EMETRA, por conceptos de activos extraviados o dañados, se autoriza al Departamento de Inventarios a requerir la reposición del activo con las mismas características registradas en la tarjeta de responsabilidad. Cuando no se pueda reponer el activo se le cobrará al responsable el monto del bien registrado en la tarjeta de responsabilidad y al responsable, en caso de robo o extravío del bien, el responsable deberá dar aviso correspondiente al Ministero Público el responsable. El Departamento de Inventarios dará de baja al bien extraviado, rokado o dañado una vez se haya cumplido con todos los requisitos legales respectivos. ARTÍCULO 21. Aprendiz. Los aprerdices a agentes de Policía Municipal de Tránsito tendrán una remuneración mensual equivalente a Q. 2,000.00 durante 6 meses, tiempo que dura el aprendizaje (sin derecho a prestacones durante el tiempo de aprendizaje) y estos serán cargados al renglón 021 Personal supernumerario.

una remuneración mensual equivalente a Q. 2,000.00 durante 6 meses, tiempo que dura el aprendizaje (sin derecho a prestacones durante el tiempo de aprendizaje) y estos serán cargados al renglón 021 Personal supernumerario. ARTÍCULO 22. Auditor Interno. El Auditor Interno deberá presentar a Junta Directiva los informes de Auditoría de forma semestral, debiendo el Director General programar dichas presentaciones. ARTÍCULO 23. Saldo de caja. El Presupuesto de Ingresos y Egresos podrá ser ampliado por el Honorable Concejo Municipal del Municipio de Guatemala durante el Ejercicio Fiscal 2020 cuando se tenga el monto establecido por motivos de ingresos derivados de saldo de caja. ARTÍCULO 24. Observancia obligatoria. Todas las Direcciones, Departamentos y Unidades Administrativas de EMETRA quedan obligados a la observancia y cumplimiento de lo dispuesto en estas normas en la ejecución presupuestaria de sus respectivos presupuestos para el Ejercicio Fiscal 2020.DE GUATEMALA (,/7) Concejo Municipal Hoja No. 11 Acuerdo COM-31-2019 ARTÍCULO 25. Vigencia. El preserte Acuerdo entra en vigencia a partir del uno de enero del año dos mil veinte y concluirá el treirta y uno de diciembre del mismo año. Dado en el Salón de Sesiones Miguel Ángel Asturias, del Palacio Municipal, a los veintinueve días del mes de figviembre del dos mil diecinueve. Ricardo uiñónes Lemus Alcalde Municipal M Ub Lic. Mario César Escobar García Secretario Municipal Interino

CAP ALS

Y SECRETARIO + MÚNICIP

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