COM-32-1993
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-32-1993
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1993
corporación municipal municipalidad guatemala
ACUERDO DE LA CORPORACION MUNICIPAL, MODIFICACION
AL ARTICULO Zo., DEL ACUERDO EN DONDE SE CONCEDE
BONIFICACIÓN ESPECIAL DE -(0.20.00) A LOS
TRABAJADORES MUNICIPALES Y DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA -EMPAGUAAPROBADO: 11 DE OCTUBRE/93 HOJA No. 1 DE 1
LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que con fecha velntislete de enero del año en curso, enl+16 el acuerdo por medio del cual se concedió e los trabajadores Municipeles y de la Empresa Municipal de Agus -EMPAGUA-, que devenguen mensualmente haste ochoclentos quetzales exactos (0.800.00), en concepto de sueldos, bonificaciones y sobresuel dos; una bonificación especial de veinte quetzales exactos (920.00) mensuales, para cubrir el valor de ochenta pasejes, a razón de veinticinco centavos de quetzal (0.0.25), con motivo del Incremento al valor de paseje en el servicio de Transporte Público Urbano.
CONSIDERANDO: Que el diecisels de agosto del corriente año, por medio del acuerdo respectivo, otorgó un Incronento selarlal de clon quetzales exactos (9.100.00) a todos los trabajadores de la Municipalidad de Gustemala y de la Empresa Municipal de Agua =EMPAGUA-.
CONSIDERANDO: Que con el Incremento referido, verlos trabajadores Municipales y de Empagua plerden ol derecho 2 percibir le bonificación relacionada en el servicio de Transporte Público urbano, lo que se considera Injusto, dentro de la política laboral de la administración municipal.
POR TANTO:
Que con el Incremento referido, verlos trabajadores Municipales y de Empagua plerden ol derecho 2 percibir le bonificación relacionada en el servicio de Transporte Público urbano, lo que se considera Injusto, dentro de la política laboral de la administración municipal.
POR TANTO: En base a lo que estatuyen los artículos 39, 40 y 84 del Decreto Número 58-88 del Congreso de la República de Guatonala (Código Municipal).
ACUERDA: Artículo Primero: Modificar exclusivamente el artículo segundo del acuerdo de esta mIsma Corporación” Municipal, emitido con fecha veintisiete de enero de mil novecientos noventa y tres; quedando en le forma siguiente: "Artículo Segundo: Este bono se concede exclusivamente a los trabajadores Municipales y de la Empresa Municipel de Agus -EMPAGUA-, que devenguen mensusimente hasta novecientos quetzales exactos (Q.900.00) on concepto de sueldos, bonificaciones y sobresueldos, por Jornada complete y que deserrollan su actividad en el Municiplo de Guatemala, el que deberá hacerse efectivo a partir del mes de agosto del año en curso".
Artículo Segundo: El presente acuerdo entra en vigor Inmedisetemente.