COM 32-2020
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 32-2020
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2020
Concejo Municipal
ACUERDO COM-32-2020
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que corresponde al Concejo Municipal, el ejercicio del gobierno del municipio, así como velar por la integridad de su patrimonio, como lo establece el artículo 33 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas.
CONSIDERANDO: Que las atribuciones de la Secretaría de Asuntos Sociales de la Municipalidad de Guatemala están. relacionadas con el desarrollo de Programas y proyectos que propicien mejorar la calidad de vida de la niñez v la adolescencia residente en la Ciudad de Guatemala, para lo cual se encuentra en marcha el Programa de Jardines Infantiles Municipales, cuyos servicios permiten la consecución del bien común de los vecinos del municipio, servicios que fueron suspendidos como consecuencia del estado de calamidad pública decretado por medio del Decreto Gubernativo número cinco guion dos mil veinte (5-2020) sus ampliaciones. modificaciones y ratificación del Congreso de la República de Guatemala, lo cual hace necesario contemplar una exoneración de pagos de dicha cuotas a partir del uno (01) de marzo al treinta (30) de noviembre del año dos mil veinte POR TANTO: En uso de les facultades que le confieren los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 33. 35 y 105 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas ACUERDA: Artículo 1. Exonerar a los alumnos de los Jardines Infantiles Municipales Santa Ana, Santa Isabel, Santa Clara y Guajitos a cargo de la Secretaría de Asuntos Sociales de la Municipalidad
Congreso de la República de Guatemala y sus reformas ACUERDA: Artículo 1. Exonerar a los alumnos de los Jardines Infantiles Municipales Santa Ana, Santa Isabel, Santa Clara y Guajitos a cargo de la Secretaría de Asuntos Sociales de la Municipalidad de Guatemala del pago de las cuotas mensuales contempladas en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Municipalidad de Guatemala Ejercicio Fiscal dos mil veinte (2020) Artículo 2. La exoneración olorgada recae sobre el pago de las cuotas correspondientes al período del uno (01) de marzo al treinta (30) de noviembre del año dos mil veinte. Artículo 3. Se instruye a la Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal a realizar las gestiones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo.Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-32-2020 Artículo 4. Vigencia. El presente Acuerdo entra en vigencia inmediatamente Dado en la ciudad de Guatemala, el catorce de septiembre del año dos mil veinte.
Ricardo Quiñóne: \ iñó emi lcalde ™ om, S ) UU. = SECRETARIO Y MUNICIPAL + T o > Carew”