COM-33-1992
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-33-1992
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1992
muni corporación municipal miiricipalidad
ACUERDO DE LA CORPORACION MUNICIPAL REFERENTE A LA
EXONERACIÓN DE MULTA DERIVADA DEL PAGO
EXTEMPORANEO EN EL ARBITRIO DE RENTA INMOBILIARIA
APROBADO: 10 DE DICIEMBRE/92
HOJA No. 1 DE 2
LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que existe un alto porcenta Je de propietarios deblenes Inmuebles que se encuentran Insolventes en el pago del arbitrio de Renta Inmobiliaria, provocando con esto que la Municipalidad no disponga de los recursos económicos necesarios para la prestación de los servicios públicos en general.
CONSIDERANDO: Que le mora en los pagos de los saldos a que se ha hecho referencia, en su mayoría son un reflejo de la situeción económica que prevalece, por lo que previo a Iniciar una acción legal en forma masiva para lograr su recuperación, conviene a los Intereses de la Institución otorgar esta exoneración, & los vecinos pare que cumplan con sus obligaciones tributarlas, sin recargos y molestias posteriores.
POR TANTO: En uso de las facultades que le confloren los artículos 30., 39, 82, 93, 94 y 107 del Código
Municipal.
ACUERDA: Artículo Primero: Conceder exoneración total de la multa derivada del pago extemporáneo en el arbitrio de Renta Inmobillarla. Dicha exoneración tencrá vigencia del 15 de diciembre del prosente año al 31 de enero de 1993 y comprenderá a los vecinos que se encuentran en more hasta el cuarto trimestre del año 1987.
año al 31 de enero de 1993 y comprenderá a los vecinos que se encuentran en more hasta el cuarto trimestre del año 1987. Articulo Segun Pare gozar de la exoneración acordada, los Interesados deberán presentarse a la Sección de Renta Inmop!llarla, ubicada en el tercer nivel, ala oriente del Palacio Municipal, en el porfodo que estable el artículo primero de este acuerdo.
Artículo Tercero: En los casos que los contribuyentes no cumplan con el contenido del mismo, la Sección de Renta Imoblllarla certificará el monto del arbitrio y de la multa, a fin de plantear los juicios económicos coactlvos, luego que termine el perTodo de exoneración.
Artículo Cuarto: La exoneración también Incluye las cuentas que se encuentran demandadas, pero en este caso, deberán cancelar también los gestos judiciales causados. palacio municipal centro civico zona 1 teléfono 20120 al 8 ext. 204,353muni corporación municipal municipalidad
ACUERDO DE LA CORPORACION MUNICIPAL REFERENTE A LA
EXONERACIÓN DE MULTA DERIVADA DEL PAGO
EXTEMPORANEO EN EL ARBITRIO DE RENTA INMOBILIARIA
APROBADO: 10 DE DICIEMBRE/92
HOJA Nos 2 DE 2
Artículo Quinto: El presente acuerdo entraré en vigor a partir del 15 de diciembre de 1992, deblendo ser publicado en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE
DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.- - /abg 4 o
Lie. Ecol aan Kar
$ E SECRETARIO MUNICIPAL
DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.- - /abg 4 o
Lie. Ecol aan Kar $ E SECRETARIO MUNICIPAL palacio municipal centro civico zona 1 teléfono 20120 al 8 ext. 204,353