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COM 33-2011-

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM 33-2011-
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2011

Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, les corresponde alos municipios emitir las ordenanzas y reglamentos para el cumplimiento de sus fines propios, especialmente lo relacionado con el ordenamiento territorial de su jurisdicción, CONSIDERANDO: Que de conformidad cono dispuesto en el artículo 144 del Código Municipal, contenido en el Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, corresponde al Concejo Municipal la aprobación y modificación de los planes de ordenamiento territorial con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros.

CONSIDERANDO: Que con fecha trece de octubre del año dos mil ocho el Concejo Municipal emitió el Acuerdo Número COM-030-08 —Plan de Orcenamiento Territorial del Municipio de Guatemala—, el cual contempla la formulación de Planes Parciales de Ordenamiento Territorial para determinar la asignación de las zonas generales y la designación de las áreas de servicio público de aquellas áreas suburbanizadas que se pretendan urbanizar e aquellas áreas previamente urbanizadas que se pretendan urbanizar de nuevo.

CONSIDERANDO: Que el inmueble inscrito en el Regisiro General de la Propiedad como finca número 183. folio 183, del libro 2489 del Departamento de Guatemala, registrado a nombre de Martha Edilma Macario Castro, cuenta con una superficie registral de trece mil cuatrocientos setenta y dos punto cincuenta metros cuadrados (13,472.50 mis), correspondiéndole por lo tanto la formulación y aprobación de su respeciivo Plan Parcial de Ordenamiento Territorial previo a extender las auterizaciones.

CONSIDERANDO:

punto cincuenta metros cuadrados (13,472.50 mis), correspondiéndole por lo tanto la formulación y aprobación de su respeciivo Plan Parcial de Ordenamiento Territorial previo a extender las auterizaciones.

CONSIDERANDO: Que la autorización solicitada según consta en el expediente DCT-2010-687 es una licencia de fraccionamiento, por lo que, al evaluar el proyecto la Dirección de Planificación Urbana, ha determinado "que para la solicitud planteada no se requerirá de momento áreas de servicio público. ya que no se pretende desarrollar un proyecto de urbanización o lotificación quedando sujeta a que al momento que se pretenda desarrollar se deberán solicitar las cesiones correspondientes para servicio público y áreas para equipamiento comunitario.

ACUERDO COM-33-2011Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-33-2011

CONSIDERANDO: Que el Plan Parcial será aprobado para una superficie de trece mil cuatrocientos setenta y dos punto cincuenta metros cuadrados (13,472.50 mís?), por ser esta la superficie y el área registral.

POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 33, 35 incisos a), bj, e, i, 40, 142, 143, 144 y 147 del Código Municipal, contenido en el Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República; 5, I7-inciso dl). 74, 83, 96, 97 inciso b}, 98, 102 numeral |, 103, 104, 105, 106, 107, 108 y 110 del Plan de Ordenamiento Territorial, Acuerdo COM-030-08 del Concejo Municipal del Municipio de Guatemala.

108 y 110 del Plan de Ordenamiento Territorial, Acuerdo COM-030-08 del Concejo Municipal del Municipio de Guatemala.

ACUERDA

Aprobar el presente: PLAN PARCIAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Artículo” 1. Aprobación. Se aprueba el Plan Parcial de Ordenamiento Territorial númera 1825025 para el inmueble ubicado en la‘treinta y uno avenida cuarenta y seis guión cincuenta y ocho zona veinticinco Las Canoas :(31 avenida 46-58 zona 25 Las Canoas), inscrito en el Registro General de la Propiedad como finca número 183, folio 183, del tibro 2489 del Departamento de Guatemala, con las siguientes áreas que se encuentran ubicadas y delimitadas en el Anexo | del presenle Acuerdo que forma parte integrante del mismo: a) Espacio vial: cero metros cuadrados (0.00 mis?) b} Vías privadas:,cero metros cuadrados [0.00 mis”). ¢) Equipamiento comunitario: cero metros cuadrados (0.00 mis”). dj Áreas sujetas a un posterior fraccionamiento o aprovechamiento privado trece mil cuatrocientos setenta y dos punto cincuenta metros cuadrados (13,472.50 mis”).

Artículo 2. Asignación de zonas generales. Dentro de las áreas sujelas a un posterior fraccionamiento o aprovechamiento privado que determina el artículo anterior, se asignan las siguientes zonas generales con sus respectivas superficies, las cuales se encuentran ubicadas y delimitadas en el Anexo | del presente Acuerdo que forma parte integrante del mismo: a) Zona general “Go: cuatro mil setecientos setenta y cinco punto setenta y seis metros cuadrados (4,775.76 mis?)Concejo Municipa! Hoja No. 3 Acuerdo COM-33-2011

a) Zona general “Go: cuatro mil setecientos setenta y cinco punto setenta y seis metros cuadrados (4,775.76 mis?)Concejo Municipa! Hoja No. 3 Acuerdo COM-33-2011 b) Zona general G1: seiscientos sesenta y cuatro punto cuarenta y seis meiros cuadrados (664.46 mits?) ce) Zona general 62: ocho mil treinta y dos punto veintiocho metros cuadrados (8,032.28 mis), Artículo 3. Vías privadas, Las vías privadas que a luiuro se generen producto de una urbanización deberán registrarse a favor de la Asociación de Vecinos con el objeto de que éstas sirvan a perpeiuidad en forma gratuita a los futuros adquirientes de las fracciones a desarrollar. Artículo 4. Equipamiento Comunitario. El equipamiento comunitario que a futuro se requiera producto de un desarrollo deberá registrarse a favor de la Asociación de Vecinos con el objeto de que éste sirva a perpetuidad a los futuros adquirientes de las fracciones a desarrollar. Además, en el rea destinado a equipamiento comunitario, la Dirección de Control Territorial, únicamente podrá autorizar fraccionamientos, obras y usos de suelo que no cesvirlven, modifiquen o tergiversen su destino dedicado a las - actividades públicas, comunitarias, comunales, colectivas ¢ plurales, de acceso público a la población a la que sirven, para fines de ocio. recreación, deporte no federado, educación o cultura, Artículo 5. Amplitud de autorización del Plan Parcial. Por medio de esie Plan Parcial se faculta a la Dirección de Control Territorial a otorgar la licencia correspondiente, siguiendo los procedimientos que para cada caso establece el Plan de Ordenamiento Terrilarial y con

Artículo 5. Amplitud de autorización del Plan Parcial. Por medio de esie Plan Parcial se faculta a la Dirección de Control Territorial a otorgar la licencia correspondiente, siguiendo los procedimientos que para cada caso establece el Plan de Ordenamiento Terrilarial y con previsión, en su caso, de las áreas de servicio público Artículo 6. Vigencia. El presente Acuerdo entrará en vigencia al día siguiente de su agfabación. NICIPAL 4 —]]y ANEXO | Asignación de zonas generales POT SIMBOLOGÍA Área = 13,472.50 M2. [Área sujeta a aprovechamiento privado co BE 503225 M2 Escala Gráfica Meters 50 100 Asignación de Zonas Generales POT Plan Parcial de Ordenamiento Territorial no. 18 -25025 Le) Diección de Planticación Urbana 31 avenida 46-58 zona 25 Las Canoas Municipalidad de Guatemala

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