COM-36-1990
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-36-1990
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1990
ACUERDO DE LA CORPORACION MUNICIPAL. Convenio de Cooperación a suscribirse entre la Municipalidad de Guatemala y la entidad Word Share en Guatemala (SHARE), para apo-- yar el Programa Alimentos por Trabajo APT/ SHARE. Fecha: 28 de noviembre de 1990. Hoja No.1 de |.
CORPORACION MUNICIPAL CIUDAD DE GUATEMALA
LA CORPORACION MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA.
CONSIDERANDO: Que conforme lo dispuesto en el artículo 41 inciso c), del Código Municipal,- este Cuerpo Colegiado tiene como atribución la de emitir acuerdos de asocía dos o de cooperación con otras municipalidades o instituciones.
CONSIDERANDO: Que el Director de la Asociación Word Share en Guatemala, ha propuesto a laAlcaldía Municipal la firma de una Carta-Convenio para formalizar la relación de cooperación para el Programa de Alimentos por Trabajo-TÍtulo II.
CONSIDERANDO: Que según información proporcionada por la Alcaldía Municipal, es conveniente que prosiga el Programa de Alimentos por Trabajo en vista del beneficio quereporta para los habitantes de las áreas marginales de la Ciudad de Guatemala y en consecuencia esta Corporación Municipal estima que es procedente que se suscriba el Convenio propuesto a efecto que la Municipalidad continúe recibien do el aporte de la Asociación Word Share y para ese objeto se emita la resolu ción correspondiente.
POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y lo dispuesto por los artículos 40 incisos
a), e) y k); 41 inciso €) del Código Municipal: ACUERDA: Artfeulo lo. Se emite el presente Acuerdo de Cooperación con la AsociaciónCon fundamento en lo considerado y lo dispuesto por los artículos 40 incisos a), e) y k); 41 inciso €) del Código Municipal: ACUERDA: Artfeulo lo. Se emite el presente Acuerdo de Cooperación con la AsociaciónWord Share en Guatemala y se autoriza a la Alcaldía Municipal para que suscri ba la Carta-Convenio de Cooperación para el Programa Alimentos por Trabajo-TÍ tulo 11. Artículo 20. Se faculta a la Administración Municipal para que erogue las —- cantidades que correspondan conforme el Presupuesto del presente ejercicio, - para el cumplimiento de las obligaciones que asume la Municipalidad en la eje cución del relacionado Programa. Artículo Jo. El presente acuerdo es de efecto inmediato y se comunicará a — donde corresponde.
EL SALON DE SESION!
ANTIOCHO DIAS DEL ME
S "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL, A
N DE NOVIEMBRE DE MIL E NOVENTA.—
070 CELE nrique Heredia Silva.
ALCALDE MUNICIPAL. ¡roo o
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