COM
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Concejo Municipal ACUERDO COM-027-06 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal la deliberación y decisión del gobierno municipal, la administración del patrimonio y los intereses de su municipio.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 144 del Código Municipal contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, dentro de las facultades de las municipalidades se encuentra la aprobación de los planes de ordenamiento territorial y de desarrollo integral dentro de su jurisdicción, debiendo para el efecto emitir las disposiciones reguladoras del uso del suelo, a fin de lograr el desarrollo integral del municipio.
CONSIDERANDO: Que con fecha diecisiete de noviembre de dos mil cuatro, se emitió el Acuerdo número COM-026-2004 por medio del cual se delimitó los parámetros para el desarrollo del conjunto histórico denominado “Finca La Aurora — Feria de Noviembre" a fin de preservar las características culturales y ambientales de dicha área.
CONSIDERANDO: Que el Aeropuerto Internacional “La Aurora" se encuentra en un proceso de modernización y de aumento de capacidad, que hace necesaria suConcejo Municipal
Hoja No. 2 Acuerdo COM-027-06 ampliación física sobre áreas propiedad del Estado, que no incluyen inmuebles que sean Patrimonio Cultural de la Nación.
CONSIDERANDO: Que de conformidad al Plan de Desarrollo Metropolitano “Guatemala 2020” el Aeropuerto Internacional “La Aurora”, constituye un activo muy importante para la ciudad, para la consecución de la visión de una ciudad económicamente competitiva y, por tanto, es de interés estratégico del
el Aeropuerto Internacional “La Aurora”, constituye un activo muy importante para la ciudad, para la consecución de la visión de una ciudad económicamente competitiva y, por tanto, es de interés estratégico del Municipio de Guatemala facilitar cualquier acción que vaya encaminada a su mejoramiento.
POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 59, 60, 62, 253, 254, 255 y 260 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 33, 35, 38, 40, 67, 68, 142 y 143 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, ACUERDA: Aprobar la siguiente,
REFORMA AL ACUERDO No. COM-026-2004 QUE CONTIENE LA
DELIMITACION Y PARÁMETROS PARA EL DESARROLLO DEL CONJUNTO HISTÓRICO “FINCA LA AURORA-FERIA DE NOVIEMBRE” Artículo 1. Se reforma el Anexo 1 a que se refiere el segundo párrafo del artículo 1° del Acuerdo No. COM-026-2004, el cual queda así:Concejo Municipal Hoja No. 3 Acuerdo COM-027-06 a) El Sector B —Aeroportuario— se extiende en un área de noventa y cinco mil quinientos ochenta metros cuadrados (95,580 mts?) sobre el Sector A —Parque Metropolitano—, de conformidad al plano del Anexo 1. b) El Sector D —Reserva— se extiende en un área de cuarenta y dos mil quinientos setenta metros cuadrados (42,570 mts”), sobre el Sector A Parque Metropolitano, de conformidad al plano del Anexo 1.
b) El Sector D —Reserva— se extiende en un área de cuarenta y dos mil quinientos setenta metros cuadrados (42,570 mts”), sobre el Sector A Parque Metropolitano, de conformidad al plano del Anexo 1. Artículo 2. Se reforma el artículo 2° del Acuerdo No. COM-026-2004, el cual queda así: “Artículo 2%. Dentro del área delimitada del Conjunto Histórico “Finca La Aurora — Feria de Noviembre” se distinguirán tres sectores: a) Sector A -Parque Metropolitano-, para el cual se declara como uso prioritario futuro su aprovechamiento como Parque Metropolitano en donde predominantemente se destinará el espacio y las edificaciones para actividades de esparcimiento al aire libre y cultura, integradas al patrimonio cultural existente en el área. b) Sector B -Aeroportuario-, dentro del cual se permitirá la construcción y uso de las áreas y edificaciones para actividades aeroportuarias que permitan la operación del Aeropuerto Internacional La Aurora, en tanto se concreta su eventual traslado, oportunidad en la cual, las áreas que no sean indispensables para operaciones aeroportuarias, pasarán a formar parte del Parque Metropolitano (Sector A) Sector C -Ecológico-, que comprende la cuenca de los ríos Guadroncito y Guadrón, y que en futuro se deberá integrar al área del Parque Metropolitano. €)Concejo Municipal Hoja No. 4 Acuerdo COM-027-06 d) Sector D -Reserva-, que comprende un área de cautela entre los Sectores A y B para una polencial ampliación del Sector B que se definirá de acuerdo a un análisis técnico posterior.
Hoja No. 4 Acuerdo COM-027-06 d) Sector D -Reserva-, que comprende un área de cautela entre los Sectores A y B para una polencial ampliación del Sector B que se definirá de acuerdo a un análisis técnico posterior. El mapa del anexo 1, muestra los límites de los sectores antes descritos.” Artículo 3. Se adiciona el artículo 3° bis al Acuerdo No. COM-026-2004, el cual queda así: “Artículo 3° bis. Para el sector D —Reserva— aplicarán las siguientes restricciones y limitaciones: a) b) ©) a) El área podrá ser utilizada para construir la nueva vialidad principal que sustituya al Bulevar Juan Pablo Il (11 Avenida zona 13). El nuevo trazo del Bulevar Juan Pablo II (11 Avenida zona 13) deberá alinearse por completo al borde occidente del sector D. El área no podrá ser utilizada para uso alguno (incluyendo usos aeroportuarios o para parque) hasta que se determine a través de un análisis técnicamente sustentado qué porción de la misma es estrictamente requerida para uso aeroportuario. En un Acuerdo posterior y tomando en cuenta los dictámenes técnicos que considere pertinentes, el Concejo Municipal determinará qué parte del sector D pasará a ser finalmente Sector A —Parque Metropolitanoo Sector B -Aeroportuario—” Artículo 4. Para tomar en cuenta particularidades de ubicación y funcionamiento de instalaciones aeroportuarias sobre las cuales no se tiene información detallada al día de hoy, se faculta expresamente a la unidadConcejo Municipal Hoja No. 5 Acuerdo COM-027-06 Plan de Desarrollo Metropolitano para que pueda modificar la forma de los
información detallada al día de hoy, se faculta expresamente a la unidadConcejo Municipal Hoja No. 5 Acuerdo COM-027-06 Plan de Desarrollo Metropolitano para que pueda modificar la forma de los polígonos a los que hace referencia el artículo 1 del presente Acuerdo, siempre y cuando las áreas de los mismos se mantengan constantes. Artículo 5. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario de Centroamérica, Órgano Oficial del Estado. en el Salón de Sesiones “Miguel Ángel Asturias” del Palacio ipal, a los dos días del mes 'pgosto del año dos Sci