COM 41-2011-
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 41-2011-
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2011
DE GUATEMALA cumple Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que en sesión celebrada el veintidós de noviembre del dos mil once, la Junta Directiva de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Areas de Influencia Urbana -EMETRAaprobó el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de dicha Entidad, correspondiente al Ejercicio Fiscal del dos mil doce.
CONSIDERANDO: Que los ingresos percibidos durante el año dos mil once han sido cuantificados razonablemente en concordancia con la realidad financiera de la Entidad en lo relativo a fuentes de recurso por los cobros que realiza, y estimando los que pueden percibirse para el Ejercicio Fiscal dos mil doce.
CONSIDERANDO: Que el Presupuesto de Egresos ha sido formulado dentro de los lineamientos y procedimientos técnicos y legales para la elaboración del Presupuesto por Programas, emanados por los entes rectores, tomando en cuente las necesidades de recursos presupuestarios, a fín que la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Areas de Influencia Urbana -EMETRA-, atienda sus compromisos financieros y pueda realizar las funciones que por Ley le competen.
POR TANTO: Con base en lo dispuesto en los artículos 253 de la Constitución Política de la República; y 126, 129 y 131 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República.
ACUERDA:
POR TANTO: Con base en lo dispuesto en los artículos 253 de la Constitución Política de la República; y 126, 129 y 131 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República.
ACUERDA: Artículo 1. Presupuesto de ingresos. Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Areas de Influencia Urbana -EMETRApara el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta Y uno de diciembre de dos mil doce, por un valor total de CIENTO SETENTA MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE QUETZALES (Q.170,999,227.00), distribuidos de la manera siguiente: ACUERDO COM-41-2011DE GUATEMALA . ¡mple i
Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-41-2011
PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS
PRESUPUESTO DE INGRESOS POR RUBRO
CEDULA ANALITICA
EJERCICIO FISCAL 2012
(EN QUETZALES) CODIGO zlElulS oz EII DENOMINACION SOLICITADO 2012 ¡Zivſ&wlolſ2 u v < ala ata @ ) 20129 |16 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
DEL SECTOR PUBLICO
DE MUNICIPALIDADES MUNICIPALIDAD DE GUATEMALA 996,900.00 70 | 71 ] 16 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
DEL SECTOR PRIVADO
DE EMPRESAS PRIVADAS DONACIONES EN ESPECIE ,000,000.00 30 | 31 | 11 INGRESOS NO TRIBUTARIOS
MULTAS
ORIGINADAS EN INGRESOS NO TRIBUTARIOS
DEL SECTOR PRIVADO
DE EMPRESAS PRIVADAS DONACIONES EN ESPECIE ,000,000.00 30 | 31 | 11 INGRESOS NO TRIBUTARIOS
MULTAS
ORIGINADAS EN INGRESOS NO TRIBUTARIOS
SOLVENCIAS
SOLVENCIAS DE TRANSITO 11,300,000.09
MULTAS
MULTAS AL TRANSPORTE (ADMINISTRATIVAS) 6,758,130.00
N CEPOS 6,000.000.00
© | MULTAS TRANSITO 6,105,000.00 > | MULTAS PARQUIMETROS 3,505,400.00
© | MULTAS POR EXCESO DE VELOCIDAD 12,811,500.00 ® | DEPOSITO DE VEHICULOS CONSIGNADOS 710,000.00 ~ | PESOS Y MEDIDAS PARA TRANSPORTE DE CARGA 250,000.00DE GUATEMALA cur nple Y Concejo Municipal Hoja No. 3 Acuerdo COM-41-2011 © | RECUPERACION DE CARTERA — [RECUPERACION DE MULTAS TRANSITO 32,463,816.00 N | RECUPERACION DE MULTAS PARQUIMETROS 7,985,000.00 < | RECUPERACION DE MULTAS AL TRANSPORTE (ADMINISTRATIVAS) 9,105,359.00 ) ~ | RECUPERACION DE MULTAS POR EXCESO DE — VELOCIDAD 18,483,410.00 7 INTERESES POR MORA TO ORIGINADOS EN INGRESOS NO TRIBUTARIOS — | INTERESES POR MORA 8,256,000,00 30 [3114 INGRESOS DE OPERACION 2 VENTA DE SERVICIOS 40 SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES — | TASAS ANUALES
30 [3114 INGRESOS DE OPERACION 2 VENTA DE SERVICIOS 40 SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES — | TASAS ANUALES — | TAXIS ESTACIONARIOS 100,777.00 ~ [Taxis 750,000.00 © | FLETEROS PICK UPS 10,000.00 = | FLETEROS CAMIONES 9.500,00 © | RECOLECTORES [CAMION AMARILLO) 350,800.00 > | PUBLICIDAD MOVIL 200,000.00 O © | CARNETS A PILOTOS — [PILOTOS TAXIS 298,561.00 N [PILOTOS TAXIS ESTACIONARIOS 59,612.00 © | PILOTOS BUSES ESCOLARES 50,036.00 > | PILOTOS FLETEROS PICK UPS 2,800.00 @ | PILOTOS BUSES URBANOS 1,000.00 o | PILOTOS FLETEROS CAMIONES 812.00 [PILOTOS BUSES EXTRAURBANOS 1,000.00 > | ESTACIONAMIENTOS MUNICIPALES — | PARQUEO PLAZA ITALIA 2,376,000.00 N | PARQUEO PLAZA MAYOR 1.430,000.00 © | PARQUEO PLAZA SAGRARIO 2,428,800.00 > | PARQUEO PARROQUIA 175,000.00 @ | PARQUEO TELGUA 216,000.00 ! 9 | PAQUEO INDUSTRIA CONCO 180,000:00 Li | ~ | SANITARIOS PLAZA MAYOR 300,000.00Concejo Municipal Hoja No. 4
Acuerdo COM-41-2011 o | SANITARIOS PLAZA El AMATE 450,000.00
© | PARQUEO PLAZA EL AMATE 2,985,000.00
10 | PARQUEO EL SANTUARIO DE GUADALUPE 294,000.00
o | TARJETA DE OPERACION
o | SANITARIOS PLAZA El AMATE 450,000.00
© | PARQUEO PLAZA EL AMATE 2,985,000.00
10 | PARQUEO EL SANTUARIO DE GUADALUPE 294,000.00
o | TARJETA DE OPERACION
— | TARJETA DE OPERACION TAXIS ESTACIONARIOS 75,450.00
N | TARJETA DE OPERACION TAXIS 626,472.00
© | TARJETA DE OPERACION FLETEROS CAMIONES 1,000.00
> | TARJETA DE OPERACION FLETEROS PICK UPS 2,800.00
@ | TARJETA DE OPERACION BUSES URBANOS 1,000.00
> | TARJETA DE OPERACION BUSES ESCOLARES 55,328.00
~ | REP. TARJETA DE OPERACION CAMION AMARILLO 186,275.00
© | TARJETA DE OPERACION PUBLICIDAD MOVIL 2,464.00 > | RODAJE DE TRANSPORTE EXTRAURBANO — | RODAJE DE TRANSPORTE EXTRAURBANO 2,145.024.00
INGRESOS POR REGISTROS E INSCRIPCIONES 7 | MENSUALES — | TAXIS ESTACIONARIOS 550,450.00 » [TAX 5,088,000.00
© | FLETEROS CAMIONES 15.350.00 > | FLETEROS PICK UPS 28,800.00 @ PUBLICIDAD MOVIL (INSCRIPCION 0.00 > | PUBLICIDAD MOVIL (TRIMESTRAL) 800,000.00 8 | INGRESOS VARIOS — | INGRESOS VARIOS 2,560,000.00 N | CAPACITACION DE PILOTOS [1ERA. FASE) 200,000.00
© | CAPACITACION DE PILOTOS (2DA. FASE] 173,950.00
— | INGRESOS VARIOS 2,560,000.00 N | CAPACITACION DE PILOTOS [1ERA. FASE) 200,000.00
© | CAPACITACION DE PILOTOS (2DA. FASE] 173,950.00 > | ARRENDAMIENTO DE PASARELAS 455,223.29 o | ARRENDAMIENTO DE PUENTES 93,600.00 > {ESCUDOS 40,000.00
© | CESION DE TAXIS 150,000.00
© | RECUPERACION DE CARTERA — | RECUPERACION REGISTRO MENSUAL TAXIS 265,400.00 > | RECUPERACION REGISTRO MENSUAL TAXIS
ESTACIONARIOS 98,473.00_ DE GUATEMALA ¿mple
Concejo Municipal Hoja No. 5 Acuerdo COM-41-2011 RECUPERACIÓN REGISTRO MENSUAL FLETEROS PICK UPS 20,381.00 o | RECUPERACION REGISTRO MENSUAL FLETEROS CAMIONES 30,000.00 @ | RECUPERACION REGISTRO RODAJE TRANSPORTE / EXTRAURBANO 1.569,663.71 O © | RECUPERACION DE ARRENDAMIENTO DE PASARELAS 0.09 | RECUPERACION TASA ANUAL FLETEROS CAMIONES 245,850.00 10 | TARIFA DE PARQUIMETROS — | TARIFA DE PARQUIMETROS 4,666,200.00 30 [31 | 15 RENTAS A LA PROPIEDAD i 1 INTERESES | 30 POR DEPOSITOS i — | INTERESES 840,000.00 30 | 32 127 INCREMENTO DE PATRIMONIO
5 INCREMENTO DE RESULTADOS ACUMULADOS 10 INCREMENTO DE RESULTADOS ACUMULADOS 1 _}SALDO DE CAJA AÑO 2011 11,611,840.00
30 | 32 127 INCREMENTO DE PATRIMONIO
5 INCREMENTO DE RESULTADOS ACUMULADOS 10 INCREMENTO DE RESULTADOS ACUMULADOS 1 _}SALDO DE CAJA AÑO 2011 11,611,840.00
TOTAL 170,999,227 00
Artículo 2. Presupuesto de Egresos. Aprobar el Presupuesto de Egresos de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Areas de Influencia Urbana -EMETRApara el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del dos mit doce, por el valor de CIENTO SETENTA MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE QUETZALES (Q.170,999,227.00), distribuidos de la forma siguiente:
PRESUPUESTO POR RENGLON Y GRUPO DE GASTO
EJERCICIO FISCAL 2012
(CIFRAS EN QUETZALES)
RENGLON DESCRIPCION DEL RENGLON ASIGNADO 2012
TOTAL 170,999,227.00DE GUATEMA
Concejo Municipal Hoja No. 6 Acuerdo COM-41-2011
SERVICIOS PERSONALES
PERSONAL POR CONTRATO
COMPLEMENTOS POR CALIDAD PROFESIONAL
COMPLEMENTOS ESPECIFICOS AL PERSONAL TEMPORAL
OTRAS REMUNERACIONES AL PERSONAL TEMPORAL
SERVICIOS EXTRAORDINARIOS AL PERSONAL TEMPORAL
DIETAS
AGUINALDO BONIFICACION ANUAL (BONO 14}
BONO VACACIONAL
SERVICIOS NO PERSONALES
ENERGIA ELECTRICA
AGUA
TELEFONIA
CORREOS Y TELEGRAFOS
DIVULGACIÓN E INFORMACION
IMPRESION, REPRODUCCION Y ENCUADERNACION
BONO VACACIONAL
SERVICIOS NO PERSONALES
ENERGIA ELECTRICA
AGUA
TELEFONIA
CORREOS Y TELEGRAFOS
DIVULGACIÓN E INFORMACION
IMPRESION, REPRODUCCION Y ENCUADERNACION
VIATICOS EN EL EXTERIOR
TRANSPORTE DE PERSONAS
FLETES
ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS LOCALES
ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE OFICINA
ARRENDAMIENTO DE MEDIOS DE TRANSPORTE
ARRENDAMIENTO DE OTRAS MAQUINAS Y EQUIPOS
ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE COMPUTO
MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO DE OFICINA
MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO EDUCACION CULTURAL Y
RECREATIVO
MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MEDIOS DE TRANSPORTE
MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO PARA COMUNICACION
MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO DE COMPUTO
MANTENIMIENTO Y REPARACION DE OTRAS MAQUINAS Y EQUIPOS
MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS
107,082,900.00 77,384,800.00 130,500.00 5,270,000.00 6,003,000.00 0.00 3,916,800.00 6,393,900.00 6,393,900.00 1,590,000.00 21,157,897.00 $1,600.00 32,400.00 631,776.00 60,000.00 2.151,000.00 3,132,875.90 115,000.00 25,009.00 0.00 972,000.00 144,000.00
32,400.00 631,776.00 60,000.00 2.151,000.00 3,132,875.90 115,000.00 25,009.00 0.00 972,000.00 144,000.00 700,000.00 330,000.00 0.00 0.00 0.00 1.805,932.00 0.00
0.00 100,000.00 0.00DE GUATEMALA .¡mple. - |
Concejo Municipal Hoja No. 7 Acuerdo COM-41-2011
173 CO Y REPARACIONES DE BIENES NACIONALES DE USO 1,000,000.00
174 MANTENIMIENTO Y REPARACION DE INSTALACIONES 0.00 176 MANTENIMIENTO Y REPARACION DE OTRAS OBRAS E INSTALACIONES 0.00 183 SERVICIOS JURIDICOS 0.00
184 SERVICIOS ECONOMICOS, CONTABLES Y AUDITORIA 0.00
185 SERVICIOS DE CAPACITACION 0.00
186 SERVICIOS DE INFORMATICA Y SISTEMAS COMPUTARIZADOS 0.00
187 SERVICIOS DE ACTUACIONES ARTISTICAS Y DEPORTIVAS 0.00
189 OTROS ESTUDIOS Y SERVICIOS 150,000.00
191 PRIMAS Y GASTOS DE SEGUROS Y FIANZAS 905,000.00 i 194 OTRAS COMISIONES Y GASTOS BANCARIOS 1,500,000.00 i 195 IMPUESTOS, DERECHOS Y TASAS 50,000.00 196 SERVICIOS DE ATENCION Y PROTOCOLO 200,000.00 | 199 OTROS SERVICIOS NO PERSONALES 7,101,294,00 ! 2 MATERIALES Y SUMINISTROS 23,654,970.00
196 SERVICIOS DE ATENCION Y PROTOCOLO 200,000.00 | 199 OTROS SERVICIOS NO PERSONALES 7,101,294,00 ! 2 MATERIALES Y SUMINISTROS 23,654,970.00
211 ALIMENTOS PARA PERSONAS 1,021,015.00 214 CAC RCOTALA MADERA, CORCHO Y SUS 34,010.00 | 223 PIEDRA, ARCILLA Y ARENA 50,000.00
O 229 OTROS MINERALES 0.00 ! 231 HILADOS Y TELAS 10,060.00 232 ACABADOS TEXTILES 295,092.09
233 PRENDAS DE VESTIR 2,709,439.00
238 OTROS TEXTILES Y VESTUARIO 0.00
241 PAPEL DE ESCRITORIO 102,765.00
242 PAPELES COMERCIALES, CARTONES Y OTROS 0.00
243 PRODUCTOS DE PAPEL O CARTON 102,228.00
244 PRODUCTOS DE ARTES GRAFICAS 75,178.00
245 LIBROS, REVISTAS Y PERIODICOS 21,250.00 247 ESPECIES TIMBRADAS Y VALORES 27,750.00 253 ¡LLANTAS Y NEUMATICOS 637,857.00
254 ARTICULOS DE CAUCHO 105,707.00
259 OTROS PRODUCTOS DE CUERO Y CAUCHO 0.00DE GUATEMALA cumple
Concejo Municipal Hoja No. 8 Acuerdo COM-41-2011 261 [ELEMENTOS Y COMPUESTOS QUIMICOS 11,825.00 262 | COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 4,111,751.00 264 | INSECTICIDAS, FUMIGANTES Y SIMILARES 787,500.00 266 | PRODUCTOS MEDICINALES Y FARMACEUTICOS 43,859.00
262 | COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 4,111,751.00 264 | INSECTICIDAS, FUMIGANTES Y SIMILARES 787,500.00 266 | PRODUCTOS MEDICINALES Y FARMACEUTICOS 43,859.00 267 | TINTES, PINTURAS Y COLORANTES 6,704,541.00 268 | PRODUCTOS PLASTICOS NYLON, VINIL Y P.V.C 684,498.00 ! 269 | OTROS PRODUCTOS QUIMICOS Y CONEXOS 29,239.00 271 | PRODUCTOS DE ARCILLA 0.00 i 272 PRODUCTOS DE VIDRIO 0.00 273 | PRODUCTOS DE LOZA Y PORCELANA 43,704.00 274 CEMENTO 0.00 275 | PRODUCTOS DE CEMENTO, ASBESTO Y YESO 28,000.00 281 | PRODUCTOS SIDERGICOS 5,000.00 283 | PRODUCTOS DE METAL 9,090.00 284 ESTRUCTURAS METALICAS ACABADAS 1,018,325.00 285 | MATERIALES Y EQUIPOS DIVERSOS 1,011,260.00 286 | HERRAMIENTAS MENORES 20,025.00 289 | OTROS PRODUCTOS METALICOS 0.00 291 | UTILES DE OFICINA 76,041.00 292 | UTILES DE LIMPIEZA Y PRODUCTOS SANITARIOS 153,398.00 a > 293 | UTILES EDUCACIONALES Y CULTURALES 4,800.00
294 UTILES DEPORTIVOS Y RECREATIVOS 12,500.00
295 | UTILES MENORES MEDICO-QUIRURGICOS Y DE LABORATORIO 26,428.00
296 UTILES DE COCINA Y COMEDOR 1,050.00
294 UTILES DEPORTIVOS Y RECREATIVOS 12,500.00
295 | UTILES MENORES MEDICO-QUIRURGICOS Y DE LABORATORIO 26,428.00
296 UTILES DE COCINA Y COMEDOR 1,050.00
297 | UTILES, ACCESORIOS Y MATERIALES ELECTRICOS 1.171,290.00 298 | ACCESORIOS Y REPUESTOS EN GENERAL 2,000,861.00 299 | OTROS MATERIALES Y SUMINISTROS 507,634.00 3 | PROPIEDAD, PLANTA, EQUIPO E INTANGIBLES 14,952,460.00 322 | EQUIPO DE OFICINA 166,460.00 324 EQUIPO EDUCACIONAL CULTURAL Y RECREATIVO 120,000.00 325 | EQUIPO DE TRANSPORTE 11,487,500.00
326 EQUIPO PARA COMUNICACIONES 769,950.00 328 EQUIPO DE COMPUTO 604,400.00 329 [OTRAS MAQUINAS Y EQUIPOS 1,804,150.00US)
Concejo Municipal Hoja No. 9 Acuerdo COM-41-2011 341 EQUIPO MILITAR Y DE SEGURIDAD 0.00 381 ACTIVOS INTANGIBLES 0.00 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 3,451,000.00 411 AYUDA PARA FUNERALES 150,000.00 412 PRESTACIONES POSTUMAS 150,000.00 413 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL 800,000.00
415 VACACIONES PAGADAS POR RETIRO 600,000.00
419 OTRAS TRANSFERENCIAS A PERSONAS 26,000.00
423 PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL 450,000.00
424 PRESTACIONES GLOBALES POR INCAPACIDAD PERMANENTE 35,000.00
419 OTRAS TRANSFERENCIAS A PERSONAS 26,000.00
423 PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL 450,000.00
424 PRESTACIONES GLOBALES POR INCAPACIDAD PERMANENTE 35,000.00
435 TRANSFERENCIAS A OTRAS INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO 240,000.00 456 SERVICIOS GUBERNAMENTALES DE FIZCALIZACION ,000,000.00 8 OTROS GASTOS 200,000.00 823 DEVOLUCIONES 200,000.00 ? ASIGNACIONES GLOBALES 500,000.00 913 SENTENCIAS JUDICIALES 500,000.00 |
NORMAS PRESUPUESTARIAS 2012
Artículo 3. Disposiciones Complementarias. Las Normas de Ejecución Presupuestaria son complementarias a lo establecido en el Código Municipal, Decreio 12-2002 del Congreso de la República. DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Artículo 4. La ejecución del Presupuesto de Ingresos de -EMETRAserá regulada por las siguientes normas: informes cuatrimestrales. La ejecución, control y evaluación del Presupuesto de Ingresos Corrientes en forma analítica, será realizada por la Dirección Financiera, por medio del Departamento de Presupuesto, quien deberá informar de ello al Concejo Municipal, a más tardar dentro de los treinta (30)días siguientes después de finalizado cada cuatrimestre,O DE GUATEMALA ple. | Concejo Municipal Hoja No. 10 Acuerdo COM-41-2011 Cumplimiento de metas por dependencia. La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de las funciones generales que liene a su cargo, deberá realizar la planificación adecuada durante el Ejercicio Fiscal 2012, para alcanzar las metas estimadas en
Cumplimiento de metas por dependencia. La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de las funciones generales que liene a su cargo, deberá realizar la planificación adecuada durante el Ejercicio Fiscal 2012, para alcanzar las metas estimadas en cada rubro de ingresos; a saber: Plan Anual de Ingresos. Se formulará y desarrollará durante el Ejercicio Fiscal 2012; para tales propósitos, dicho plan integrará, como mínimo, los programas siguientes: a) Seguimiento al programa anual de control y fiscalización de los ingresos que permita a la Entidad desarrollar sus planes para reordenamiento vehicular en la ciudad de Guatemala y sus áreas de influencia urbana. b) Mejorar la efectividad de conirol interno implementado para la inscripción y autorización de taxis rotativos como estacionarios, c) intensificación del programa anual de capacitación, para el personal operativo como administrativo: con el objeto de hacer eficiente la cartera que se encuentra pendiente de cobro. DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS Artículo 5. Priorización y racionalización del gasto. Para el Ejercicio Fiscal 2012 en la utilización de los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos deberá aplicarse una política estricta de priorización y racionalización del gasto, el que conduzca al uso óplimo de los recursos. Para el efecto se aplicarán políticas de austeridad y procedimientos de control necesarios que tiendan al uso adecuado de gastos, minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades y proyectos. Agregado a lo anterior y del cumplimiento de las disposiciones que pueda emitir el Honorable Concejo Municipal, se faculta a la Dirección General de la Entidad, para que por medio de la
para la ejecución de sus actividades y proyectos. Agregado a lo anterior y del cumplimiento de las disposiciones que pueda emitir el Honorable Concejo Municipal, se faculta a la Dirección General de la Entidad, para que por medio de la Dirección Financiera disponga en caso necesario, las medidas de reordenamiento y restricción de gastos que sean pertinentes, en concordancia con la situación económica prevaleciente en la Entidad. . Artículo 6. Responsables de la ejecución de gastos. En la ejecución del Presupuesto de Egresos además de las disposiciones legales ordinarias, se observan las normas siguientes:DE GUATEMALA cumple Concejo Municipal Hoja No. 11 Acuerdo COM-41-2011 Los funcionarios, a cargo de sus Departamentos, son responsables de la correcta ejecución de los programas y proyectos contemplados en el Presupuesto General de Egresos, conforme la distribución analítica formulada en el presupuesto. Para garantizar el efectivo logro de los objetivos y metas programadas en el presupuesto, deberán: Requerimiento de recursos financieros. Presentar en los primeros quince días del Ejercicio Fiscal 2012, una programación de los requerimientos financieros y de compras acorde con sus cronogramas de trabajo a desarrollar, con indicación del avance físico a nivel del renglón de trabajo debidamente aprobados por la autoridad que corresponda. Registro y control presupuestario. Los Departamentos y Unidades Ejecutoras quedan obligados a llevar registros y control de sus asignaciones, debiendo establecer un sistema de registro de la ejecución de las metas contenidas en el presupuesto, con el objeto de dar el seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria. Registro y control de proyectos. La Dirección Financiera de -EMETRA-, queda obligada a la
la ejecución de las metas contenidas en el presupuesto, con el objeto de dar el seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria. Registro y control de proyectos. La Dirección Financiera de -EMETRA-, queda obligada a la distribución, registro y control de las asignaciones por Programas, ejerciendo un adecuado control a nivel de renglón de los gastos que efectúan por el monto aprobado en este presupuesto, a través del Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF-MUNI, o el que durante el Ejercicio Fiscal 2012 pueda incorporarse. Contratos y Licitaciones. Las dependencias de la Entidad, cuya ejecución de sus programas y proyectos se realice por medio de contrato y sean objeto de licitación pública, deberán proceder a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. v Lugar de desempeño de funciones. Los servidores de la Entidad desempeñarán las funciones que correspondan a su puesto en la dependencia administrativa donde el mismo se encuentre presupuestado. Es responsabilidad de la Dirección General ei cumplimiento de esta disposición.DE GUATEMALA ¡ple 3 Concejo Municipal Hoja No. 12 Acuerdo COM-41-2011 v Servicios temporales. La contratación de servicios personales que se requieran en forma temporal para la ejecución de los programas y proyectos que realiza la administración, deberá ser cutorizada por el Director General de -EMETRA-, basada en la disponibilidad presupuestaria asignada para el Ejercicio Fiscal 2012. vi Retención temporal de salarios. Los Depariamentos autorizados y pagadores de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de unc o varios salarios o prestaciones cuando el servidor de la Entidad o beneficiario tenga deudas
vi Retención temporal de salarios. Los Depariamentos autorizados y pagadores de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de unc o varios salarios o prestaciones cuando el servidor de la Entidad o beneficiario tenga deudas pendientes con la misma, sin contravenir el porcentaje estipulado en las leyes específicas. Los salarios o prestaciones retenidas deberán cubrirse inmediatamente después de que el adeudo haya sido cancelado o firmado el correspondiente compromiso de pago por el empleado o beneficiario. Para el efecto, se autoriza al Director General de -EMETRA-, a fin de que conforme a su criterio y sin prejuicio de los intereses de la Entidad, acepte y formalice por escrito que el o los adeudos se cancelen en abonos mensuales, los que deben descontarse del respectivo pago. Vil Salarios por fallecimiento. Las remuneraciones y prestaciones del personal que a su fallecimiento hubieren quedado pendientes de pago: se cancelarán mediante Acuerdo de la Dirección General, sin necesidad de trámite judicial alguno y se cubrirá en el siguiente orden de propiedad: el cónyuge o conviviente, hijos menores o incapaces y a los padres que dependían económicamente del fallecido. Lo dispuesto en esta norma se aplicará para la devolución de las cantidades retenidas en concepto de ahorro que el empleado tuviere acumuladas. Vill Fondo de Ahorro del Empleado de —EMETRA-: El ahorro a que se refiere el úllimo párrafo de la noma que antecede, es la retención mensual equivalente al cuatro por ciento (4%) sobre el sueldo fijo que figura en cuenta especial. Dicha retención se hará de enero a octubre del ejercicio fiscal vigente y se devolverá en el transcurso de la primera quincena del mes de
sueldo fijo que figura en cuenta especial. Dicha retención se hará de enero a octubre del ejercicio fiscal vigente y se devolverá en el transcurso de la primera quincena del mes de diciembre, salvo en aquellos casos, en que el trabajador, solicite que le sea devuelto con antelación.{3 Concejo Municipal Hoja No. 13 Acuerdo COM-41-2011 Artículo 7. Economías generadas en el grupo de gasto, 0 Servicios Personales. Las economías trimestrales que se causen en el grupo 0 “Servicios Personales" (sueldos, salarios y beneficios de los mismos), no son transferibles, y podrán utilizarse solo en los siguientes casos: a) Cuando se trate de atender situaciones de urgencia nacional o calamidad pública que hayan sido previamente declarados de conformidad con la ley. b) Para efectuar los ajustes salariales que se deriven de la actualización del Plan de Clasificación de Puestos y los que se produzcan como consecuencia de la aplicación de medidas de política salarial de tipo general, que pudieran acordarse en el curso del ejercicio fiscal, €) Cuando sean destinados a cubrir pagos de la deuda pública. Artículo 8. No se aprobarán operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar reorganizaciones en la Entidad, salvo que previamente los servicios hayan sido clasificados como prioritarios y ta reorganización se encuentre enmarcada dentro de las políticas de austeridad y racionalización del gasto, previsión financiera, ordenamiento presupuestario y reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Entidad. Presupuestariamente la reorganización se entiende como la redistribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presenle ejercicio, con el objeto de
presupuestario y reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Entidad. Presupuestariamente la reorganización se entiende como la redistribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presenle ejercicio, con el objeto de dinamizar la ejecución de los programas y la efectiva consecución de los objetivos de la Entidad. Las reorganizaciones aún cuando no impliquen incremento presupuestario, deben fundamentarse en estudios técnicos y ser aprobadas por Acuerdo de Junta Directiva, previo dictamen favorable de la Dirección General, por medio de la Dirección Financiera. Artículo 9. Bono incremento a la Bonificación Incentivo. Se faculta al Director General de —EMETRA-, para que de acuerdo con situaciones especiales y hasta por un monto de UN MIL QUETZALES {Q.1.000.00). pueda incrementar la bonificación incentivo a los puestos de oficiales y Agentes de la Policía Municipal de Tránsito que por razones del servicio se les conceda un reconocimiento a los esfuerzos observados en el desarrollo de su trabajo. Artículo 10. Subgrupo Maquinaria y Equipo. Todas las asignaciones presupuestarias aprobadas dentro del grupo de gasto 3 "Propiedad, Planta, Equipo e intangibles", por ninguna razón podrán utilizarse para financiar renglones de gasto de otros grupos. Las asignaciones del subgrupo 32 Maquinaria y Equipo responden a una programación detallada por la Unidad de Presupuesto, el cual podrá modificarse mediante resolución de la Dirección Financiera, exceptuando de esta disposición el renglón 325 Equipo de TransporteDE GUATEÑAL, cumple Concejo Municipal Hoja No. 14 Acuerdo COM-41-2011 para lo cual se requiere autorización previa de la Dirección General. Toda solicitud de compra
Concejo Municipal Hoja No. 14 Acuerdo COM-41-2011 para lo cual se requiere autorización previa de la Dirección General. Toda solicitud de compra de equipo será autorizada previo visto bueno de la Dirección General. H Artículo 11. El equipo de transporte de la Entidad, no deberá estar para el uso exclusivo de un funcionario o empleado, sino disponibles para la realización de las distintas actividades que demanda la ejecución de programas previamente definidos. Los vehículos deben ser marcados en lugar visible y fácilmente legible con el nombre de la Entidad. Asimismo, las asignaciones de cada vehículo deberán hacerse en atención a las labores que se deban desarrollar, aprovisionándose del combustible que sea necesario en base a las políticas definidas por la administración. i La Dirección Administrativa velará por el cumplimiento de la presente norma, recomendando a la Dirección General de -EMEIRA-, las sanciones que correspondan de acuerdo a las políticas previamente establecidas. Artículo 12. Compras a empresas Estatales. Los departamentos de la Entidad que para la ejecución de sus programas requieran bienes o servicios personales, no personales y de suministro que sean producidos por empresas esiatales, deberán adquirirlos en éstas, aplicando el artículo 2 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República [Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento), salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar en todo o en parte los producios o servicios. Los materiales. equipo, maquinaria y demás artículos a adquirirse para la ejecución de los programas incluidos en el presupuesto, deberán ser preferentemente de producción nacional. Artículo 13. Garantías en las compras. En las especificaciones para cotización de maquinaria
Los materiales. equipo, maquinaria y demás artículos a adquirirse para la ejecución de los programas incluidos en el presupuesto, deberán ser preferentemente de producción nacional. Artículo 13. Garantías en las compras. En las especificaciones para cotización de maquinaria y equipo, así como en las bases para su licitación, deberá exigirse como requisito para adquirirlos, que se garantice la existencia de repuestos en calidad y cantidad necesarias y que se provean los manuales en españo! para guía de operaciones y el mantenimiento correspondiente. Artículo 14. Pago de deudas de años anteriores. Las acreedurias de ejercicios fiscales anteriores que se encuentren pendientes de pago. podrán pagarse siempre y cuando provengan de obligaciones legitimamente contraídas; eniendiéndose como tales, aquellas en las cuales se han llenado las formalidades de la Ley y se han recibido los bienes o servicios. Artículo 15. Modificaciones presupuestarias. A las solicitudes de traslado de asignaciones presupuestarias se les dará trámite si se ajustan a los preceptos de la Ley contenidos en el Decreto número 101-97 (Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento): siempre que losDE GUATEMALA .mple | Concejo Municipal Hoja No. 15 Acuerdo COM-41-2011 departamentos interesados propongan las partidas de las que se tomarán los recursos, cuando dichas partidas correspondan a la propia dependencia se requerirá la firma del Director General. Cuando se trate de solicitudes de traslado de un Programa Institucional a otro, se requerirá la anuencia de los jefes de ambas dependencias y del funcionario a cargo de la Dirección General, mismas que serán aprobadas por medio de Resolución Intema.
Director General. Cuando se trate de solicitudes de traslado de un Programa Institucional a otro, se requerirá la anuencia de los jefes de ambas dependencias y del funcionario a cargo de la Dirección General, mismas que serán aprobadas por medio de Resolución Intema. Las transferencias de asignaciones hasta por NOVECIENTOS MIL QUETZALES (GQ. 900,000.00), deberán ser aprobadas por la Dirección Financiera, previo visto bueno de la Dirección General. En lo que respecta a las modificaciones tendientes a aumento o disminución del presupuesto, siempre que no afecten los Gastos de Inversión, deberán ser aprobadas por la autoridad administrativa superior de la Entidad, recayendo tal responsabilidad en la Junta Directiva, a excepción de modificaciones del Grupo 0 servicios personales y 3 Propiedad, Planta e Intangibles, que corresponde al Concejo Municipal, emitiendo en tal sentido la correspondiente certificación del punto de acta aprobado por cada instancia.