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COM-43-1986

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-43-1986
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
1986

Municipalidad de Guatemala N

CONCEJO N

LA CORPORACION MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA.

CONSIDERANDO: Que La Municipalidad de Guatemala, a través de La División de Educación y Cultura, se proyecta artística y musicalmente al vecindario y por ese fín, promueve La actuación de trios, «dúos y cómicos, sostenidos . coJ 1 nómicamente con hecursos propios.

D» CONSIDERANDO: Que el Honorable Concejo aprobó con fecha 13 de octubre del año en cur- ] 80 el aciendo que fija La tariga para el pago por actuaciones antisti-- ] CONSIDERANDO: Que en dicho acuerdo por una omisión administrativa, no fue incluido en ] dicha tarifa el pago por actuaciones del dúo vocal que pertenece a La - ] >. División de Educación y Cultura.

POR TANTO: — En-base a Lo considerado y en Lo que al nespecto preceptúan Los artícu- “Los 40., incisos a), e) y el; 50., 320: y 980. del Decneto 1183 del Con. greso de La República (Código Municipal) y artículo: 255 de La Constitución de La República de Guatemata. - ACUERDA: : : Jo. “Fijar la anida para el e pago "por actuaciones del dúo’ oct - - “en La o. siguiente: - : - 2 10.00 hona, para empleados Y bajados y mu 2.25.00 por. hora, pera particulares.AAA pes B ue .. K

Municipalidad de Guatemala CONCEJO Artículo lo. Este servicio será gratuito para aquellas instituciones benégicas y otras que Lo ameriten, previa calificación y autorización

2.25.00 por. hora, pera particulares.AAA pes B ue .. K Municipalidad de Guatemala CONCEJO Artículo lo. Este servicio será gratuito para aquellas instituciones benégicas y otras que Lo ameriten, previa calificación y autorización de La Jefatura. de La División de Educación y Cultura, con el Visto -- Bueno del señor Alcalde Municipal. Artículo 30. El pago deberá hacerse en Las Cajas de La Tesorería Municipal, previamente a La prestación del servicio. Con Los Anghesos que genere esta actividad, deberá integrarse un fondo privativo a $avor de La División de Educación y Cultura. para promover el desarollo y mantenimiento de Los conjuntos artísticos de dicha división. Artículo 40. La transportación de Los Listas, connená por cuentade £os interesados. Aáculo 50.. El presente acuerdo entrará en vigor inmediatamente. DADO EN EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNT CIPAL, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL. NOVECTENTOS OCHENTESORERIA

RCA o: SRR SECRETARIA Y > SVargu” 15 DIC. 1085 |

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