COM 43-2020
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 43-2020
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2020
DE GUATEMALA ¡ple
Concejo Municipal
ACUERDO No. COM-43-2020
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO Que la Empresa Metropolitana de Vivienda y Desarrollo Urbano -EMVDUfue creada por medio del Acuerdo Municipal número COM-003-2012 aprobado por el Concejo Municipal con fecha 11 de enero del año 2012 y publicado en el Diario Oficial el 3 de febrero del año 2012. CONSIDERANDO Que para implementar los proyectos piloto de las iniciativas que formen parte del Programa de Vivienda Municipal y otras de interés municipal, velando por los fines sociales al identificar y priorizar la población meta de los programas habitacionales y desarrollo urbano, es necesario realizar estudios de ingeniería y o arquitectónicos, así como diseñar el modelo de gestión, financiero y legal. POR TANTO Con base en lo dispuesto en los artículos 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 35 literales f) e i), 100, 125, 126, 127, 128, 129 y 133 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 y sus reformas; Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas; Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, Acuerdo Gubernativo número 540-2013; y, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala. ACUERDA Artículo 1° . Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Empresa Metropolitana de Vivienda y Desarrollo Urbano -EMVDU-, para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil
ACUERDA Artículo 1° . Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Empresa Metropolitana de Vivienda y Desarrollo Urbano -EMVDU-, para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno, por la cantidad de cuatrocientos mil quinientos setenta y nueve quetzales exactos (Q.400,579.00) según la siguiente distribución: PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS - EJERCICIO FISCAL 2021POR RUBRO CÉDULA ANALÍTICA (CIFRAS EN QUETZALES) | Mono | Clase [Sección | Grupo Descripción Presupuestado % en Quetzales | a ———_Ú].] | [Transferencias Corrientes, del Sector | 165 2 | 50 público, de Municipalidades | 200.00000 | 49.9% | | I | Disminución de Disponibilidades, | " | 23 | 1 10 Disminución de Caja y Bancos 200,579.00 50.1% de | — | TOTAL L 0,579.00 100% El monto de las transferencias corrientes será trasladado por la Municipalidad de Guatemala a la EMVDU durante el primer trimestre del año 2021. Artículo 2°. Aprobar el Presupuesto General de Egresos, POA-2,021 y el PAC-2,021 de la Empresa Metropolitana de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Ciudad de Guatemala para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno, por la cantidad de cuatrocientos mil quinientos setenta y nueve quetzales exactos (Q.400,579.00) distribuidos de la siguiente forma:DE GUATEMALA (ple Concejo Municipal Hoja No. 2
quinientos setenta y nueve quetzales exactos (Q.400,579.00) distribuidos de la siguiente forma:DE GUATEMALA (ple Concejo Municipal Hoja No. 2
ACUERDO No. COM-43-2020
PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS -EJERCICIO FISCAL 2021POR GRUPO DE GASTO
(CIFRAS EN QUETZALES) Gr Monto | po Descripción Presupuestado | % de Gasto Y en Quetzales | | 100 Servicios No Personales — 282,000.00 | 70.4% 200 Materiales y Suministros 47,000.00 11.7%% 300 Propiedad Planta y Equipo e Intangibles 71,579.00 17.9% | TOTAL 400,579.00 | 100% | Artículo 3°. Las donaciones se regirán por lo que estipula la Ley Orgánica del Presupuesto Decreto 101-97 en su artículo 53. El Concejo Municipal podrá ampliar el presupuesto, mediante Acuerdo, en caso que se reciban donaciones durante el Ejercicio Fiscal 2021. Artículo 4°. La ejecución, control y evaluación del presupuesto en forma analítica será realizada por la Dirección de Finanzas de la Empresa, supervisada por la Gerencia de Gestión Urbana y la Gerencia de Planificación Urbana de la Empresa Metropolitana de Vivienda y Desarrollo Urbano quienes deberán informar a las autoridades superiores, a más tardar dentro de los diez (10) días siguientes después de finalizado cada cuatrimestre. Artículo 5%. Se faculta a Dirección Financiera de le Empresa Metropolitana de Vivienda y Desarrollo Urbano para realizar las transferencias de asignaciones presupuestarias y a modificar las fuentes de financiamiento cuando corresponda.
cuatrimestre. Artículo 5%. Se faculta a Dirección Financiera de le Empresa Metropolitana de Vivienda y Desarrollo Urbano para realizar las transferencias de asignaciones presupuestarias y a modificar las fuentes de financiamiento cuando corresponda. Artículo 6°. El presente Acuerdo entra en vigencia a partir del uno de enero del año dos mil veintiuno y concluirá el treinta y uno de diciembre del mismo año. Dado en la Ciudad de Guatemala, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil veinte. a A | Ricar lo Quiñánez Lemus melo. —— | Alcalde Municipal Lic. Héctor Leonel Klores García y \ . Secretario Municipal