COM 5-2012
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 5-2012
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
DE GUATEMALA - ¡mple
ACUERDO COM-5-2012
Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y el Código Municipal, contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, se establece que el Gobierno Municipal corresponde con exclusividad al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus Acuerdos, Reglamentos y Ordenanzas Municipales.
CONSIDERANDO: Que el Concejo Municipal dentro de su competencia, tiene la iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales, así como el control y la fiscalización de los diversos asuntos del gobierno municipal y de su administración CONSIDERANDO: Que es necesario regularizar el cobro que actualmente realiza la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana —EMETRA-, en concepto de tasas municipales a través de la emisión de recibos fiscales autorizados por la Contraloría General de Cuentas, debiendo para el efecto emitir la disposición municipal correspondiente.
POR TANTO: Con base en lo considerado y de conformidad con lo que establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 3, 8, 9, 35 incisos a), d), i) 52 y 53 del Decreto 12-2002 del Congreso de la República, Código Municipal, ACUERDA: Artículo 1. Facultar a la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de. Guatemala .y, sus» Áreas de Influencia Urbana —EMETRA-, para que como
ACUERDA: Artículo 1. Facultar a la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de. Guatemala .y, sus» Áreas de Influencia Urbana —EMETRA-, para que como comprobante de pago de cualquier tipo de ingreso que perciba en concepto de tasa, extienda a favor del contribuyente un recibo fiscal, el cual deberá estar debidamente autorizado por la Contraloría General de Cuentas.DE GUATEMALA y ple
Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-5-2012 Artículo 2. Se derogan todas las disposiciones municipales que se opongan al presente Acuerdo. Artículo 3. VIGENCIA, El presente Acuerdo entrará en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario de Centro América, Órgano Oficial del Estado. O Dado en el salón de sesiones “Miguel Ángel Asturias” del Palacio Municipal, a los once días del mes de enero del año dos mil doce. Ivaro Arz Alcalde