COM 7-2012
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 7-2012
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
DE GUATEMALA cumple, “Concejo Municipal ACUERDO COM-7-2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y el Código Municipal, Decreilo número 12-2002 del Congreso de la República, se establece que el Gobierno Municipal corresponde con exclusividad al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus Acuerdos, Reglamentos y Ordenanzas Municipales.
CONSIDERANDO: Que el Concejo Municipal dentro de su competencia, tiene la iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales, así como el control y la fiscalización de los diversos asuntos del gobierno municipal y de su administración.
CONSIDERANDO: Que personas individuales o jurídicas en varias oportunidades donan diversa clase de bienes para uso exclusivo de las actividades que realiza la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, las cuales son aceptadas formalmente por el Concejo Municipal de Guatemala, según el procedimiento establecido en la ley.
CONSIDERANDO: Que para que los bienes donados puedan pasar a formar parte del patrimonio Municipal de una manera más pronta y eficaz, con el fin de prestar un mejor servicio al vecino, se hace necesario buscar mecanismos más efectivos para que dichas donaciones sean perfeccionadas.
POR TANTO: Con base en lo considerado y de conformidad con lo que establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 3, 6, 9, 35 incisos al,
donaciones sean perfeccionadas.
POR TANTO: Con base en lo considerado y de conformidad con lo que establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 3, 6, 9, 35 incisos al, di) y 52 y 53 del Decreto 12-2002 del Congreso de la República, Código Municipal.Hoja No, 2
Acuerdo COM-7-2012
ACUERDA: Artículo 1. Facultar a la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, para que a través de su Junta Directiva autorice la aceptación de donaciones que se efectúen a favor de la citada entidad, debiendo informar en un plazo de ocho días al Concejo
Municipal. . Artículo 2. Facultar al Alcalde y Representante Legal de la Municipalidad de Guatemala, para que en su calidad de Presidente de la Junta Directiva de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito ~EMETRA-, para que acepte y suscriba los instrumentos relacionados a las donaciones mencionadas. Artículo 3. VIGENCIA. El presente Acuerdo entrará en vigencia inmediatamente. hión de sesiones "Miguel Ángel Asturias" del Palacio Municipal, el dieciséis dos mil doce. Y ALIF uu >, . - DE Lic. Hé Cifuente: deMETARIO > ario Municipal ¿ MUNICIPAL o, 7 na”