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COM 7-2014

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM 7-2014
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2014

DE GUATEMALA cumple | " ACUERDO COM-7-2014 Concejo Municipal CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO Que de conformidad con el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, los municipios, son instituciones autónomas, entre otras funciones les corresponde atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, para cuyo efecto emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos. CONSIDERANDO Que con fecha diez de enero del año dos mil uno, el Concejo Municipal de la Ciudad de Guatemala, emitió el Acuerdo No. COM-001, por medio del cual se creó la Empresa Municipal de Transporte del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana, como la unidad municipal encargada de administrar, coordinar, controlar, operar y prestar el servicio de transporte colectivo urbano, en el Municipio de Guatemala y sus áreas de influencia. CONSIDERANDO Que con fecha diez de enero del año dos mil uno, el Concejo Municipal de la Ciudad de Guatemala, emitió el Acuerdo No. COM-002, por medio del cual aprueba el Reglamento de la Empresa Municipal de Transporte del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana, dentro del cual se establecen los órganos de dirección y administración de dicha empresa municipal. CONSIDERANDO Que ante el crecimiento del Sistema de Transporte Colectivo Urbano en la Ciudad de Guatemala y sus áreas de influencia, se ha fortalecido la Empresa Municipal de Transporte del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana, para la prestación del servicio de transporte masivo de pasajeros dentro del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana, de lo que resulta ineludible modificar

Transporte del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana, para la prestación del servicio de transporte masivo de pasajeros dentro del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana, de lo que resulta ineludible modificar el número de sesiones que la Junta Directiva de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus áreas de influencia urbana, para que puedan solventar la problemática que aqueja el Sistema de Transporte Colectivo Urbano en la Ciudad de Guatemala y sus áreas de influencia.DE GUATEMALA ¿umplé oncejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-7-2014 POR TANTO Con base en lo considerado y en lo que para el efecto preceptúan los artículos 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala y artículos 2, 3, 6, 7, 39, 40 y 41 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas. ACUERDA Aprobar la siguiente reforma al Acuerdo COM-002 de fecha diez de enero del dos mil uno, que contiene el Reglamento de la Empresa Municipal de Transporte del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana. Artículo 1°. Se reforma el artículo doce del Acuerdo COM-002, el cual queda de así: “ARTICULO 12°. REMUNERACION: Los miembros de la Junta Directiva de Empresa Municipal de Transporte del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana, podrán ser remunerados, por el sistema de dietas por cada sesión a la que asistan mensualmente, conforme a la necesidad o problemática que surjan del Sistema de Transporte Colectivo Urbano en el Municipio de Guatemala y sus áreas de influencia, las dietas deberán estar presupuestadas, y su

sesión a la que asistan mensualmente, conforme a la necesidad o problemática que surjan del Sistema de Transporte Colectivo Urbano en el Municipio de Guatemala y sus áreas de influencia, las dietas deberán estar presupuestadas, y su monto no podrá ser mayor del monto de las dietas aprobadas para el Concejo Municipal. Le corresponde al Concejo Municipal fijar el monto de las dietas.”. Artículo 2°. El presente Acuerdo empezara a regir el día siguiente de la publicación en el Diario de Centro América, Órgano Oficial del Estado. A -— e Eernmamo Ls Y MUNICIPAL y Li © Zifuentes Mendoga N e rio Municipal Tame st”

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