COM 8-2019
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 8-2019
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2019
- e
ACUERDO No. COM-08-2019
Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad cor la Constitución Política de la República de Guatemala y el Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, se establece que el Gobierno Municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus Acuerdos, Reglamentos y Ordenanzas.
CONSIDERANDO: Que constitucionalmente los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, correspondiéndoles dentro de otras funciones la de atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, garantizar sus intereses con base en las necesidades planteadas por los vecinos conforme la disponibilidad de recursos, la creación, supresión o modificación de sus dependencias y el cumplimiento de sus fines propios.
CONSIDERANDO: Que el bienestar físico, mental y social de los vecinos es uno de los fines de la Municipalidad de Guatemala, convirtiéndose en una institución que vela por la elevación de vida de los habitantes del municipio que contribuye al bienestar de la convivencia familiar y la de gestionar espacios de actividades deportivas, recreativas y turísticos de alta calidad para fomentar el deporte y el beneficio social para los vecinos.
CONSIDERANDO: Que la administración municipal ha venido modermizándose proporcionalmente a las necesidades de los vecinos y el modelo actual es diferente al que imperaba, es por ello necesario la creación de la Subdirección de Convivencia Social de la Dirección de Desarrollo Social de la Municipalidad de Guatemala, motivo por el cual es procedente
proporcionalmente a las necesidades de los vecinos y el modelo actual es diferente al que imperaba, es por ello necesario la creación de la Subdirección de Convivencia Social de la Dirección de Desarrollo Social de la Municipalidad de Guatemala, motivo por el cual es procedente adecuar sus funciones y atribuciones con el afán de ajustar su actuar a las actuales necesidades y parámetros de la gestión municipal.DE GUATEMALA cumple Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-08-2019
POR TANTO: Con base en lo consideraco y con fundamento en los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 35 literal j) del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas.
E + ~ EE . ACUERDA: s EL R Artículo 1. Creación. Se crea dentro de la estructura organizacional 9, 183] ¿y administrativa de la Municipalidad de Guatemala, la Subdirección de tay x © Convivencia Social de la Dirección de Desarrollo Social de la Municipalidad de Guatemala. Artículo 2. Objeto. La Subdirección de Convivencia Social de la Dirección de Desarrollo Social de la Municipalidad de Guatemala tiene como objeto fomentar la convivencia social entre los vecinos de la Ciudad de Guatemala mediante actividades deportivas, recreativas y de turismo, promoviendo el uso del espacio público de la Ciudad de Guatemala. Artículo 3. Funciones. La Subdirección de Convivencia Social de la " Dirección de Desarrollo Social de la Municipalidad de Guatemala, para el cumplimiento de sus fines tendrá las siguientes funciones: |. Dirigir la estructura organizacional, recursos humanos y sistemas administrativos idóneos para el cumplimiento de los objetivos de la > Subdirección.
" Dirección de Desarrollo Social de la Municipalidad de Guatemala, para el cumplimiento de sus fines tendrá las siguientes funciones: |. Dirigir la estructura organizacional, recursos humanos y sistemas administrativos idóneos para el cumplimiento de los objetivos de la > Subdirección. ll. — Administrar eficientemente los recursos humanos, materiales y financieros en pro del desarrollo de las actividades. lll. Planificar, ejecutar y evaluar las actividades deportivas, recreativas y de turismo, logrando la participación del mayor número de vecinos del municipio.
IV. Elaboración y ejecución del Plan Operativo Anual de la Subdirección de Convivencia Social, que permita una administración eficiente y la optimización de los recursos económicos.DE GUATEMALA . mp8.
Concejo Municipal Hoja No. 3 Acuerdo COM-08-2019
V. Formular, propone” y ejecutar la política del deporte, turismo, recreación y desarrollo integral de los vecinos acorde a la problemática e infraestructura del municipio.
VI. Fomentar los vínculos con las instituciones, organismos y agrupaciones dedicadas al quehacer deportivo, recreativo y turístico, con el fin de promover estas actividades en todos sus niveles.
VIL Presentar informe de labores a la Dirección de Desarrollo Social. Vill. — Hacerse cargo de las actividades asignadas por la Dirección de Desarrollo Social en materia deportiva, recreativa y de turismo.
IX. Establecer la coordinación entre direcciones y dependencias municipales en mcteria de logística, administración y seguridad, con el objeto de alcanzar el éxito de las actividades que estén a su cargo.
Artículo 4. Se autoriza a las Direcciones de Administración Financiero Integrada Municipal y de Recursos Humanos, para que efectúen las operaciones y movimientos financieros, presupuestarios y administrativos que correspondan para dar cumplimiento al presente Acuerdo. Artículo 5. El Presente Acuerdo entra en vigencia inmediatamente. Dado en el salón de sesiones Migue/ Ángel Asturias del Palacio Municipal, a los tres días ¡de abril del aj (Ss diecinueve. SS N