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COM1Presupuesto_General_Ingresos_Egresos_E.M.T

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM1Presupuesto_General_Ingresos_Egresos_E.M.T
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año

DE GUATEMALA:

Acuerdo COM-041-2010 Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO Que en sesión ordinaria celebrada el dieciséis de noviembre de dos mil diez, la Junta Directiva de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana —EMT-, aprobó el proyecto de presupuesto de ingresos y gastos Oo correspondiente al ejercicio fiscal dos mil once. CONSIDERANDO Que el presupuesto de ingresos comprende los recursos estimados a obtener por el servicio que presta la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana —-EMT-, los cuales han sido cuantificados razonablemente y en concordancia con la realidad financiera de la misma. CONSIDERANDO Que el presupuesto de gastos ha sido formulado tomando en cuenta la disponibilidad de recursos, a fin de que la Empresa pueda atender sus compromisos financieros y pueda realizar su función básica como lo es la prestación del servicio de transporte público. POR TANTO O Con base en lo dispuesto por el Artículo 253 de la Constitución Política de la República, artículos 35 literales e), f) y i), 125, 126, 128, 129, y 133 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, la Ley Orgánica del Presupuesto Decreto 101-97 del Congreso de la República y su Reglamento contenido en el Acuerdo Gubernativo 240-98, y el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Acuerdo Ministerial 233-2000 del Ministerio de Finanzas Públicas. ACUERDA ARTICULO 1°. Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMTpara el

ACUERDA ARTICULO 1°. Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMTpara el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil once, el que asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS

NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE QUETZALES CON SETENTA CENTAVOS

(Q.151,409,637.70), según la siguiente distribución:

PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS PARA EL AÑO 2011

21 calle, 6-77 Zona 1, Palacio Municipal, Centro Cívico. Tels: 2285-8051 / 2285-8052 “ul www.muniguate.comDE GUATEMALA Concejo Municipal cumple Hoja No. 2 Acuerdo COM-041-2010

Rubro de ingre: greso Nombre de Unidad y Rubro de Monto en % Clase | Sección | Grupo Ingreso Quetzales i 11 9 90 Otros ingresos 57,605,485.70 | 38.05% 14 1 90 Venta de otros bienes 7,800.00! 0.01% 14 2 90 | Ingresos de operación otros servicios | 93,793,232.00 |61.947% 15 1 31 intereses por depósito internos 3,120.00 | 0.002%

[ TOTAL DE INGRESOS [151,409,637.70 | 100.00% | ARTICULO 2°. Aprobar el Presupuesto General de Gastos de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana —EMT— para el período correspondiente del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil once, el que asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS

NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE QUETZALES CON SETENTA CENTAVOS

(Q.151,409,637.70) distribuidos de la siguiente forma:

PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS PARA EL AÑO 2011

Grupo Monto de Nombre del Grupo de Gasto Presupuestado % Gasto En Quetzales 0 SERVICIOS PERSONALES 31,170,337.40 | 20.59% 1 SERVICIOS NO PERSONALES 73,911,760.30 | 48.82% 2 MATERIALES Y SUMINISTROS 46,073,440.00| 30.43% PROPIEDAD, PLANTA, EQUIPO E 3 INTANGIBLES 105,300.00; 0.07% 8 BENEFICIOS SOCIALES 120,000.00; 0.08% 9 ASIGNACIONES GLOBALES 28,800.00/ 0.02% [ TOTAL DE EGRESOS | 151,409,637.70100.00% | ARTICULO 3°. La ejecución, control y evaluación del presupuesto en forma analítica, será realizada por el Departamento de Contabilidad y Presupuesto y supervisada por la Subgerencia General, la que podrá informar de ello al Concejo Municipal a más tardar dentro de los treinta (30) días siguientes después de finalizado cada cuatrimestre cuando sea requerido.

realizada por el Departamento de Contabilidad y Presupuesto y supervisada por la Subgerencia General, la que podrá informar de ello al Concejo Municipal a más tardar dentro de los treinta (30) días siguientes después de finalizado cada cuatrimestre cuando sea requerido. En la ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Gastos de la Empresa para el año dos mil once, además de las disposiciones legales vigentes, se observarán las normas siguientes:i e | Concejo Municipal Hoja No. 3 Acuerdo COM-041-2010

NORMAS PRESUPUESTARIAS DEL ANO 2011

DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS La ejecución del presupuesto de ingresos se regirá por las disposiciones legales que determinan su creación y administración, en la forma siguiente: La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de las funciones O generales que tiene a su cargo, deberá realizar una planificación adecuada de los ingresos a percibir durante el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil once, para alcanzar las metas estimadas de cada rubro en la forma siguiente: Preparar el PLAN ANUAL DE INGRESOS, el cual se desarrollará en el año dos mil once; para teles propósitos dicho plan integrará los siguientes programas: 1) La calendarización mensual de la recaudación de los diferentes ingresos. 2) La realización de un programa de control y fiscalización de los ingresos de la Empresa. Se ordena a la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de influencia Urbana dar cumplimiento a la resolución del Concejo Municipal COM-223-09, de fecha doce de febrero de dos mil nueve, por medio de la cual se resolvió: reorientar los recursos provenientes del-cobro de la tasa por la prestación del servicio de transporte público

fecha doce de febrero de dos mil nueve, por medio de la cual se resolvió: reorientar los recursos provenientes del-cobro de la tasa por la prestación del servicio de transporte público colectivo urbano, a través del sistema Transmetro, en el sentido de que dicho cobro está a cargo de la Municipalidad de Guatemala, extendiéndose el comprobante de ingreso e) autorizado por la Contraloría General de Cuentas; así como el posterior traslado de los Ry recursos recaudados por dicho concepto al Fideicomiso de Apoyo a la Planificación Urbana —FAPU-, correspondiéndole a la Dirección Financiera de la Municipalidad de Guatemala velar por el efectivo cumplimiento de lo acordado en esa sesión y a efectuar las operaciones contable-financieras necesarias, así como el trámite de las modificaciones presupuestarias que se requieren. Se faculta a la Dirección Financiera de la Municipalidad de Guatemala para incorporar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos del año 2011, el monto de noventa y tres millones setecientos noventa y tres mil doscientos treinta y dos quetzales (Q. 93,793,232.00), que corresponden a los ingresos provenientes del servicio de transporte público colectivo urbano a través del sistema Transmetro, de acuerdo a la distribución analítica que se proporcione por parte de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana, debiendo registrar en el SICOIN-WEB como documento de respaldo, el número de acuerdo que aprueba el Presupuesto General de Ingresos y Gastos de la EMT para el año dos mil once. En concordancia con los ajustes que se realicen dentro del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Municipalidad de Guatemala, relacionado con los ingresos provenientes del

para el año dos mil once. En concordancia con los ajustes que se realicen dentro del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Municipalidad de Guatemala, relacionado con los ingresos provenientes del servicio de transporte público colectivo urbano a través del sistema Transmetro, se faculta a la Junta Directiva de la Empresa Municipal de Transporte y sus Áreas de Influencia Urbana1

DE GUATEMALA: Gump” o

Concejo Municipal Hoja No. 4 Acuerdo COM-041-2010 para que pueda regularizar el Presupuesto General de Ingresos y Gastos del año 2011 de la Empresa en el momento que sea requerido por la administración de la Empresa. DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS En la ejecución del presupuesto de gastos para el periodo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil once, deberá aplicarse una política estricta de racionalización del gasto, que conduzca al uso óptimo de los recursos asignados en el presupuesto. Para el efecto, cada unidad aplicará la política de austeridad y los procedimientos de control necesarios que tiendan a racionalizar los gastos minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades. Además de las medidas que adopte el Concejo Municipal, se faculta a la Gerencia General de la Empresa, para que a través de la Subgerencia General, disponga en caso necesario, las medidas de restricción y ordenamiento del gasto que sean pertinentes, en concordancia con la ejecución del presupuesto de gastos. Además de las disposiciones legales ordinarias, se observarán las normas siguientes: Y 1 Las Direcciones y Departamentos son responsables de la ejecución del presupuesto de gastos que les fue asignado, llevando para ello el registro y control de sus asignaciones y de

observarán las normas siguientes: Y 1 Las Direcciones y Departamentos son responsables de la ejecución del presupuesto de gastos que les fue asignado, llevando para ello el registro y control de sus asignaciones y de sus requerimientos, evitando de esta manera el sobregiro en los renglones asignados y la duplicidad del gasto. El El Departamento de Contabilidad y Presupuesto queda obligado a la distribución, registro y control de las asignaciones a nivel de renglón, de los gastos que efectúa cada dependencia, hasta por el monto aprobado en este presupuesto. Cuando los trabajos a ejecutar requieran la suscripción de contrato, se procederá a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. v Las personas contratadas por la Empresa, desempeñarán las funciones que les correspondan de conformidad con su contrato, en la dependencia administrativa donde los mismos se encuentren presupuestados. Es responsabilidad de la Gerencia General y de la Subgerencia General el cumplimiento de esta disposición. v Los puestos cuyo título o denominación requieran el ejercicio de una actividad profesional universitaria, deben ser desempeñados por profesionales colegiados activos en la rama correspondiente, haciéndolo constar en el nombramiento o contrato respectivo.e DE GUATEMALA cumple Concejo Municipal Hoja No. 5 Acuerdo COM-041-2010 Vi Las dependencias autorizadoras y pagadoras de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de una o varias remuneraciones, cuando el prestador del servicio tenga deudas pendientes con la Empresa, por concepto de honorarios o cualesquiera otra clase de cobros indebidos.

Vi Las dependencias autorizadoras y pagadoras de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de una o varias remuneraciones, cuando el prestador del servicio tenga deudas pendientes con la Empresa, por concepto de honorarios o cualesquiera otra clase de cobros indebidos. Los honorarios retenidos deberán cubrirse inmediatamente después que el adeudo haya sido cancelado, o firmado el correspondiente compromiso de pago. Para el efecto, se autoriza al Gerente General a fin que, conforme a su criterio y sin perjuicio de los intereses de la Empresa, acepte y formalice por escrito que el o los adeudos se cancelen en abonos mensuales y/o parciales, los que deberán descontarse del respectivo pago. VII No se aprobarán operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar reorganizaciones de dependencias, salvo que, previamente los servicios hayan sido clasificados como prioritarios y la reorganización se encuentre enmarcada dentro de las políticas de austeridad y racionalización del gasto, previsión financiera, ordenamiento presupuestario y reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Empresa. Presupuestariamente, las reorganizaciones se entienden como la redistribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presente ejercicio, con el objeto de dinamizar la ejecución de los programas y la efectiva consecución de los objetivos de la entidad. VIE Las dependencias de la Empresa que para la ejecución de sus labores requieran bienes o servicios personales, no personales y de suministro que sean producidos por empresas estatales, deberán adquirirlos en éstas, aplicando el Artículo 2° del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República (Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento), salvo

estatales, deberán adquirirlos en éstas, aplicando el Artículo 2° del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República (Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento), salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar en todo o en parte los productos o servicios. 1X En las especificaciones para cotización de maquinaria y equipo, así como en las bases para su cotización o licitación según sea el caso, deberá exigirse como requisito para adquirirlos, que se garantice la existencia de repuestos en la cantidad y calidad necesarias y que provean los manuales en español para guía de operaciones y mantenimiento correspondiente. - XO

DE GUÁTEMAI

Concejo Municipal Hoja No. 6 Acuerdo COM-041-2010 Los gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciembre previo análisis de su situación podrán trasladarse al ejercicio siguiente imputándose a los créditos disponibles de cada unidad ejecutora y los gastos devengados no pagados a esa fecha, se cancelarán durante el año siguiente con cargo a las disponibilidades de fondos existentes para cada unidad ejecutora. xi La Administración de la Empresa, dentro de los treinta días siguientes de finalizado cada cuatrimestre procurará remitir al Concejo Municipal un informe de su gestión que contendrá como mínimo lo siguiente: a) La ejecución presupuestaria de los ingresos por rubro, comparándolos con lo programado. b) La ejecución presupuestaria del gasto por renglón presupuestario, comparándolos con lo programado. €) Los resultados económicos y financieros del período; y, d) Análisis y justificaciones de las principales variaciones. XI A las solicitudes de traslado de asignaciones presupuestarias se les dará trámite si se

con lo programado. €) Los resultados económicos y financieros del período; y, d) Análisis y justificaciones de las principales variaciones. XI A las solicitudes de traslado de asignaciones presupuestarias se les dará trámite si se ajustan a los preceptos de la Ley Orgánica del Presupuesto, siempre que las dependencias interesadas propongan las partidas de las que se tomarán los recursos. Cuando dichas partidas correspondan a otra dependencia, se deberá contar con la anuencia del Jefe de la Unidad Ejecutora afectada. Las transferencias presupuestarias hasta por TRESCIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q.300,000.00) deberán ser aprobadas por el Departamento de Contabilidad y Presupuesto, la Subgerencia General y la Gerencia General. Xin De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento (Decreto Número 101-97 del Congreso de la República), las modificaciones presupuestarias cuando excedan de trescientos mil quetzales (Q 300,000.00) deberán ser aprobadas primeramente por la Junta Directiva y luego por el Concejo Municipal. XIVo O Concejo Municipal DE GUATEMALA hinle Bo cump Hoja No. 7 Acuerdo COM-041-2010 El presupuesto podrá ser ampliado durante el ejercicio fiscal 2011, cuando la Empresa obtenga ingresos extraordinarios provenientes de un incremento de ingresos, de transferencias del Gobierno Central y otros. xv La administración de la Empresa, a más tardar el treinta y uno de marzo del dos mil once, deberá presentar al Concejo Municipal la liquidación de su respectivo presupuesto y los estados financieros correspondientes. La liquidación debe contener los estados y cuadros siguientes: Estado de Ejecución Presupuestaria:

deberá presentar al Concejo Municipal la liquidación de su respectivo presupuesto y los estados financieros correspondientes. La liquidación debe contener los estados y cuadros siguientes: Estado de Ejecución Presupuestaria: 1) Liquidación del Presupuesto de ingresos y 2) Liquidación del Presupuesto de Gastos ARTICULO 4°. Se faculta a la Subgerencia General para que programe analíticamente la estimación de ingresos que establece este Acuerdo. ARTICULO 5% Las dependencias quedan obligadas a la observancia de lo dispuesto en estas normas, para la ejecución de sus respectivos presupuestos durante el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del año dos mil once. ARTICULO 6°. El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir del uno de enero del año dos mil once y concluirá el treinta y uno de diciembre del mismo año. o ¢ D e q 3 SECRETARIO @ > MUNICIPAL + T 2, ] "sz Te?

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