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COM2_Facultar_EMETRA_Autorice_Suscripcion_Convenios_Pago

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM2_Facultar_EMETRA_Autorice_Suscripcion_Convenios_Pago
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año

Concejo Municipal Acuerdo COM-032-2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y el Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, se establece que el Gobierno Municipal corresponde con exclusividad al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus Acuerdos, Reglamentos y Ordenanzas Municipales. CONSIDERANDO Que el Concejo Municipal dentro de su competencia tiene la iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos Municipales, así como el control y la fiscalización de los diversos asuntos del gobierno Municipal y de su administración. CONSIDERANDO Que la Municipalidad de Guatemala a través de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, con el interés de prestar un mejor servicio con respecto a la necesidad de agilizar el cobro por la imposición de multas administrativas se ve en la necesidad de susctibir convenios de pago autorizados por su Junta Directiva. POR TANTO Con base en lo considerado y de conformidad con lo que establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República; 1, 3, 6, 9, 35 incisos a), d), i) del Decreto 12-2002 del Congreso de la República, Código Municipal;

ACUERDA

ARTÍCULO 1. Facultar a la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito y sus Áreas de Influencia Urbana —EMETRA-, para que a través de su Junta Directiva autorice la suscripción de convenios de pago por concepto de multas administrativas. ARTÍCULO 2. La suscripción de los convenios de pago por multas administrativas estará a cargo del Director General de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito y sus Áreas de Influencia Urbana —EMETRA-. ARTÍCULO 3. El plazo máximo para la suscripción de los convenios de pago por multas administrativas será de doce meses.Concejo Municipal

DE GUATEMALA

Hoja No, 2 Acuerdo COM-032-2010 ARTÍCULO 4. El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario de Centro América, Órgano Oficial del Estado.

DADO EN-EL SALÓN DE SESIONES "MIGUEL ÁNGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ, .

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