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COMITÉ OLÍMPICO INTERNACIONAL - Carta Olímpica

Comité Olímpico Internacional

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Detalles

Título
COMITÉ OLÍMPICO INTERNACIONAL - Carta Olímpica
Autor
Comité Olímpico Internacional
Categoría
Constitucional
Área del derecho
Deporte
Año

carta Vigente a partir del 8 de agosto de 2021 olÍMpica Maison Olympique CP 356 1007 Lausanne Suiza T + 41 21 621 61 11 F + 41 21 621 62 16 www.olympics.com/ioc Editado por el Comité Olímpico Internacional. Octubre de 2021. Reservados todos los derechos. Impreso por DidWeDo S.à r.l., Lausanne (Suiza). Impreso en Suiza. © Comité Olímpico Internacional Índice Abreviaturas empleadas en el Movimiento Olímpico 6 Introducción a la Carta Olímpica 6 Preámbulo 7 Principios fundamentales del Olimpismo 8 1 El Movimiento Olímpico 11 1 Composición y organización general del Movimiento Olímpico 12 2 Misión y función del COI 12 Texto de aplicación de la norma 2 14 3 Reconocimiento del COI 15 4 Congreso Olímpico 16 Texto de aplicación de la norma 4 16 5 Solidaridad Olímpica 16 Texto de aplicación de la norma 5 17 6 Juegos Olímpicos 18 Texto de aplicación de la norma 6 18 7 Derechos sobre los Juegos Olímpicos y las propiedades olímpicas 18 8 Símbolo olímpico 20 9 Bandera olímpica 20 10 Lema olímpico 20 11 Emblemas olímpicos 21 12 Himno olímpico 21 13 Llama olímpica y antorchas olímpicas 21 14 Designaciones olímpicas 21 Texto de aplicación de las normas 7-14 22

Carta Olímpica 1 2 El Comité Olímpico Internacional (COI) 29 15 Estatuto jurídico 30 16 Miembros 30 Texto de aplicación de la norma 16 36 17 Organización 41 18 La Sesión 41 Texto de aplicación de la norma 18 43 19 La Comisión Ejecutiva del COI 45 Texto de aplicación de la norma 19 48 20 El presidente 49 Texto de aplicación de la norma 20 49 21 Comisiones del COI 50 Texto de aplicación de la norma 21 50 22 Comisión de Ética del COI 52 Texto de aplicación de la norma 22 53 23 Idiomas 53 24 Recursos del COI 53 3 Las federaciones deportivas internacionales (FI) 55 25 Reconocimiento de las FI 56 26 Misión y función de las FI en el Movimiento Olímpico 56 4 Los comités olímpicos nacionales (CON) 59 27 Misión y función de los CON 60 28 Composición de los CON 63 Texto de aplicación de las normas 27 y 28 64 29 Federaciones deportivas nacionales 68 30 País y nombre de un CON 68 31 Bandera, emblema e himno de un CON 68 2 5 Los Juegos Olímpicos 71 I Celebración, organización y administración de los Juegos Olímpicos 72 32 Celebración de los Juegos Olímpicos 72 Texto de aplicación de la norma 32 72 33 Elección de la sede de los Juegos Olímpicos 73 Texto de aplicación de la norma 33 73 34 Lugar, emplazamientos e instalaciones de los Juegos Olímpicos 75 35 Comité organizador 75 Texto de aplicación de la norma 35 76

36 Contrato de sede olímpica 76 37 Comisión de coordinación de los Juegos Olímpicos 77 Texto de aplicación de la norma 37 77 38 Villa Olímpica 78 Texto de aplicación de la norma 38 78 39 Programa cultural 79 II Participación en los Juegos Olímpicos 79 40 Participación en los Juegos Olímpicos 79 Texto de aplicación de la norma 40 79 41 Nacionalidad de los competidores 80 Texto de aplicación de la norma 41 80 42 Límite de edad 81 43 Código Mundial Antidopaje y Código del Movimiento Olímpico sobre Prevención de Manipulación de Competiciones 81 44 Invitaciones e inscripciones 82 Texto de aplicación de la norma 44 82 III Programa de los Juegos Olímpicos 84 45 Programa de los Juegos Olímpicos 84 Texto de aplicación de la norma 45 85 Carta Olímpica 3 46 Papel de las FI en relación con los Juegos Olímpicos 89 Texto de aplicación de la norma 46 89 47 Campamento juvenil 93 48 Cobertura mediática de los Juegos Olímpicos 93 Texto de aplicación de la norma 48 93 49 Publicaciones relativas a los Juegos Olímpicos 94 Texto de aplicación de la norma 49 94 50 Publicidad, manifestaciones, propaganda 94 Texto de aplicación de la norma 50 95 IV Protocolo 97 51 Protocolo 97 52 Tarjeta de identidad y acreditación olímpica – Derechos que conlleva 98 53 Utilización de la bandera olímpica 98 54 Utilización de la llama olímpica 99 55 Ceremonias de apertura y clausura 99

56 Ceremonias de victoria, medallas y diplomas, y atribución de medallas 100 57 Cuadro de honor 101 58 El COI – Autoridad de última instancia 101 6 Medidas y sanciones, procedimientos disciplinarios y resolución de conflictos 103 59 Medidas y sanciones 104 Texto de aplicación de la norma 59 107 60 Impugnación de las decisiones del COI 108 61 Resolución de conflictos 108 Norma complementada por un texto de aplicación 4 El 20 de julio y el 8 de agosto de 2021, la 138.ª Sesión del COI enmendó las siguientes normas de la última edición de la Carta Olímpica, vigente desde el 17 de julio de 2020: – Abreviaturas empleadas en el Movimiento Olímpico – Texto de aplicación de la norma 6 (Juegos Olímpicos) – Norma 10 (Lema olímpico) – Norma 16 y su texto de aplicación (Miembros) – Norma 23 (Idiomas) – Norma 27 (Misión y función de los CON) – Norma 28 (Composición de los CON) – Norma 40 (Participación en los Juegos Olímpicos) – Texto de aplicación de la norma 44 (Invitaciones e inscripciones) – Norma 45 y su texto de aplicación (Programa de los Juegos Olímpicos) – Texto de aplicación de la norma 46 (Papel de las FI en relación con los Juegos Olímpicos) – Norma 52 (Tarjeta de identidad y acreditación olímpica – Derechos que conlleva) – Norma 57 (Cuadro de honor) – Norma 59 (Medidas y sanciones) Carta Olímpica 5

Abreviaturas empleadas en el Movimiento Olímpico COI Comité Olímpico Internacional CO Carta Olímpica N Norma de la Carta Olímpica… TAN Texto de aplicación de la norma… COJO Comité Organizador de los Juegos Olímpicos FI Federación Deportiva Internacional ASOIF Asociación de Federaciones Internacionales de Deportes Olímpicos de Verano AIOWF Asociación de Federaciones Internacionales de Deportes Olímpicos de Invierno CON Comité Olímpico Nacional IPC Comité Paralímpico Internacional ACNO Asociación de Comités Olímpicos Nacionales ACNOA Asociación de Comités Olímpicos Nacionales de África OCA Consejo Olímpico de Asia ODEPA Organización Deportiva Panamericana (Panam Sports) ONOC Comités Olímpicos Nacionales de Oceanía EOC Comités Olímpicos Europeos TAD Tribunal de Arbitraje Deportivo AMA Agencia Mundial Antidopaje AOI Academia Olímpica Internacional Introducción a la Carta Olímpica La Carta Olímpica es la codificación de los principios fundamentales del Olimpismo, de las normas y de los textos de aplicación adoptados por el COI. Rige la organización, la acción y el funcionamiento del Movimiento Olímpico y fija las condiciones de la celebración de los Juegos Olímpicos. La Carta Olímpica tiene, esencialmente, tres objetivos principales: a La Carta Olímpica, como instrumento de base de naturaleza constitucional, fija y recuerda los principios fundamentales y los valores esenciales del Olimpismo. 6 b La Carta Olímpica sirve también como estatutos del Comité Olímpico Internacional.

c La Carta Olímpica define, además, los derechos y obligaciones recíprocas de los tres componentes principales que constituyen el Movimiento Olímpico, es decir el COI, las FI y los CON, así como los COJO, todos los cuales han de ajustarse a la Carta Olímpica. Nota En la Carta Olímpica, debe entenderse que el empleo del género masculino con referencia a toda persona física (por ejemplo, en sustantivos como presidente, vicepresidente, director, miembro, vocal, dirigente, personal oficial, jefe de misión, participante, competidor, atleta, juez, árbitro, miembro de un jurado, agregado, candidato, personal y en pronombres como él o ellos) abarca también implícitamente el género femenino, salvo disposición específica contraria. A menos que se haya previsto expresamente por escrito otra cosa, en lo que se refiere a la Carta Olímpica, un año significa un año civil, que empieza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre. Preámbulo El Olimpismo moderno fue concebido por Pierre de Coubertin, a cuya iniciativa se reunió el Congreso Internacional Atlético de París en junio de 1894. El COI se constituyó el 23 de junio de 1894. Los primeros Juegos Olímpicos (Juegos de la Olimpiada) de los tiempos modernos se celebraron en Atenas, Grecia, en 1896. En 1914, se adoptó la bandera olímpica presentada por Pierre de Coubertin en el Congreso de París. Se compone de cinco anillos entrelazados, que representan la unión de los cinco continentes y el encuentro de los atletas de todo el mundo en los

Juegos Olímpicos. Los primeros Juegos Olímpicos de Invierno fueron celebrados en Chamonix, Francia, en 1924. Carta Olímpica 7 Principios fundamentales del Olimpismo 1 El Olimpismo es una filosofía de vida, que exalta y combina en un conjunto armónico las cualidades del cuerpo, la voluntad y el espíritu. Al asociar el deporte con la cultura y la educación, el Olimpismo se propone crear un estilo de vida basado en la alegría del esfuerzo, el valor educativo del buen ejemplo, la responsabilidad social y el respeto por los principios éticos fundamentales universales. 2 El objetivo del Olimpismo es poner siempre el deporte al servicio del desarrollo armónico del ser humano, con el fin de favorecer el establecimiento de una sociedad pacífica y comprometida con el mantenimiento de la dignidad humana. 3 El Movimiento Olímpico es la acción concertada, organizada, universal y permanente ejercida bajo la autoridad suprema del COI sobre todas las personas y entidades inspiradas por los valores del Olimpismo. Se extiende a los cinco continentes y alcanza su punto culminante en la reunión de los atletas del mundo en el gran festival del deporte que son los Juegos Olímpicos. Su símbolo está constituido por los cinco anillos entrelazados. 4 La práctica deportiva es un derecho humano. Toda persona debe tener la posibilidad de practicar deporte sin discriminación de ningún tipo y dentro del espíritu olímpico, que exige comprensión mutua, espíritu de amistad, solidaridad y juego limpio. 5 Como el deporte es una actividad que forma parte de la sociedad, las

organizaciones deportivas en el seno del Movimiento Olímpico deben aplicar el principio de neutralidad política. Tendrán los derechos y obligaciones de autonomía, que consisten en controlar y establecer libremente las normas del deporte, determinar la estructura y gobernanza de sus organizaciones, disfrutar del derecho a elecciones libres de toda influencia externa y la responsabilidad de garantizar la aplicación de los principios de buena gobernanza. 8 6 El disfrute de los derechos y libertades establecidos en esta Carta Olímpica debe garantizarse sin ningún tipo de discriminación, ya sea por raza, color, sexo, orientación sexual, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, riqueza, nacimiento u otra condición. 7 La pertenencia al Movimiento Olímpico exige ajustarse a la Carta Olímpica y contar con el reconocimiento del COI. Carta Olímpica 9 10 1 el MoviMiento olÍMpico Carta Olímpica 11 1 Composición y organización general del Movimiento Olímpico 1 Bajo la autoridad suprema y el liderazgo del Comité Olímpico Internacional, el Movimiento Olímpico abarca las organizaciones, atletas y demás personas que se ajusten a la Carta Olímpica. El objetivo del Movimiento Olímpico es contribuir a la construcción de un mundo mejor y más pacífico, educando a la juventud a través de una práctica deportiva conforme con el Olimpismo y sus valores. 2 Las tres principales partes constitutivas del Movimiento Olímpico son el Comité Olímpico Internacional (COI), las federaciones deportivas internacionales (FI) y los comités olímpicos nacionales (CON).

3 Además de sus tres principales partes constitutivas, el Movimiento Olímpico incluye también a los comités organizadores de los Juegos Olímpicos (COJO), a las federaciones deportivas nacionales, a los clubes y a las personas dependientes de las FI y de los CON, particularmente a los atletas, cuyos intereses constituyen un elemento fundamental de la acción del Movimiento Olímpico, así como a los jueces, árbitros, entrenadores y demás personal oficial y técnico del deporte. Incluye, asimismo, a otras organizaciones e instituciones reconocidas por el COI. 4 Toda persona u organización que pertenezca de alguna manera al Movimiento Olímpico está sujeta a las disposiciones de la Carta Olímpica y ha de respetar las decisiones del COI. 2 Misión y función del COI La misión del COI es promover el Olimpismo por todo el mundo y dirigir el Movimiento

Olímpico. La función del COI es: 12 1 El Movimiento Olímpico 1 Estimular y apoyar la promoción de la ética y la buena gobernanza en el deporte, así como la educación de la juventud a través del deporte, y velar por que se imponga el juego limpio y se excluya la violencia en el deporte; 2 Estimular y apoyar la organización, el desarrollo y la coordinación del deporte y de las competiciones deportivas; 3 Garantizar la celebración regular de los Juegos Olímpicos; 4 Cooperar con las organizaciones públicas y privadas, así como con las autoridades competentes, a través de sus dirigentes, con objeto de poner el deporte al servicio de la humanidad, promoviendo así la paz;

5 Adoptar medidas para reforzar la unidad del Movimiento Olímpico, proteger su independencia, mantener y promover su neutralidad política, y salvaguardar la autonomía del deporte; 6 Oponerse a todo tipo de discriminación que afecte al Movimiento Olímpico; 7 Alentar y apoyar a los representantes de los atletas elegidos en el Movimiento Olímpico, representados por la Comisión de Atletas del COI para todos los aspectos relacionados con los Juegos Olímpicos; 8 Estimular y apoyar la promoción de las mujeres en el deporte, a todos los niveles y en todas las estructuras, con objeto de llevar a la práctica el principio de igualdad entre el hombre y la mujer; 9 Proteger a los atletas limpios y la integridad del deporte, encabezando la lucha contra el dopaje y tomando medidas contra todo tipo de manipulación de competiciones y corrupción en este ámbito; 10 Fomentar y apoyar medidas en relación con la atención médica y la salud de los atletas; Carta Olímpica 13 11 Oponerse a todo abuso político o comercial del deporte y de los atletas; 12 Estimular y apoyar los esfuerzos de las organizaciones deportivas y de las autoridades públicas para asegurar el futuro social y profesional de los atletas; 13 Estimular y apoyar el desarrollo del deporte para todos; 14 Estimular y apoyar una actitud responsable en los problemas de medio ambiente, promover el concepto de desarrollo sostenible en el deporte y exigir que los Juegos Olímpicos se celebren en consecuencia; 15 Promover que los Juegos Olímpicos dejen un legado positivo en las ciudades,

regiones y países de la sede; 16 Estimular y apoyar las iniciativas que asocian el deporte con la cultura y la formación; 17 Estimular y apoyar las actividades de la Academia Olímpica Internacional (AOI) y demás instituciones que se dedican a la educación olímpica; 18 Promover el deporte seguro y la protección de los atletas ante toda forma de acoso y abuso. Texto de aplicación de la norma 2 1 La Comisión Ejecutiva del COI puede acordar el patrocinio del COI, en las condiciones que considere oportunas, a competiciones internacionales multideportivas —regionales, continentales o mundiales— siempre y cuando se ajusten a la Carta Olímpica y sean organizadas bajo el control de los CON o de asociaciones reconocidas por el COI, con la ayuda de las FI interesadas y conforme a sus normas técnicas. 2 La Comisión Ejecutiva del COI puede acordar el patrocinio del COI a otras manifestaciones, siempre y cuando éstas se ajusten a los objetivos del Movimiento Olímpico. 14 1 El Movimiento Olímpico 3 Reconocimiento del COI 1 El COI podrá reconocer oficialmente a las partes constitutivas del Movimiento Olímpico. 2 El COI puede reconocer como CON a organizaciones deportivas nacionales cuyas actividades están relacionadas con su misión y función. El COI puede también reconocer a asociaciones de CON formadas a nivel continental o mundial. En la medida de lo posible, todos los CON y asociaciones de CON han de contar con los estatutos de una persona jurídica. Han de ajustarse a la Carta Olímpica. Sus estatutos han de ser sometidos a la aprobación del COI.

3 El COI puede reconocer a las FI y a las asociaciones de FI. 4 El reconocimiento de las asociaciones de FI y de CON no afecta en nada el derecho de cada FI y de cada CON a tratar directamente con el COI y viceversa. 5 El COI puede reconocer a organizaciones no gubernamentales relacionadas con el deporte, que operen a nivel internacional y cuyos estatutos y actividades se ajusten a la Carta Olímpica. 6 En cada caso, la Comisión Ejecutiva del COI determinará las consecuencias de dicho reconocimiento. 7 El reconocimiento del COI puede ser provisional o definitivo. El reconocimiento provisional, o su suspensión, es acordado por la Comisión Ejecutiva del COI para un periodo determinado o indeterminado. La Comisión Ejecutiva del COI puede decidir las condiciones en que un reconocimiento provisional puede anularse. Un reconocimiento definitivo, o su suspensión, es acordado por la Sesión. Todos los detalles del procedimiento de reconocimiento son determinados por la Comisión Ejecutiva del COI. Carta Olímpica 15 4 Congreso Olímpico El Congreso Olímpico reúne a los representantes de las partes constitutivas del Movimiento Olímpico y se celebra cuando lo determina el COI; es convocado por el presidente del COI; su función es consultiva. Texto de aplicación de la norma 4 1 El Congreso Olímpico es convocado por el presidente a instancias de la Sesión, que fijará el lugar y la fecha, y organizado por el COI. El presidente preside el Congreso y determina su procedimiento. 2 El Congreso Olímpico está formado por los miembros, el presidente de honor, los miembros

honorarios y los miembros de honor del COI, así como los delegados representantes de las FI y de los CON; puede incluir también a representantes de organizaciones reconocidas por el COI. Además, asisten al Congreso Olímpico los atletas y personalidades invitadas a título personal o representativo. 3 La Comisión Ejecutiva del COI establece el orden del día del Congreso después de consultar a las FI y a los CON. 5 Solidaridad Olímpica Solidaridad Olímpica tiene como objetivo ayudar a los CON en programas de desarrollo para los atletas, particularmente a los que más lo necesitan. Dicha ayuda adopta la forma de programas elaborados en común por el COI y los CON con la ayuda técnica de las FI, si es necesario. 16 1 El Movimiento Olímpico Texto de aplicación de la norma 5 Los objetivos de los programas adoptados por Solidaridad Olímpica son contribuir a: 1 Promover los principios fundamentales del Olimpismo; 2 Ayudar a los CON en la preparación de sus atletas y de sus equipos con vistas a su participación en los Juegos Olímpicos; 3 Desarrollar los conocimientos deportivos técnicos de los atletas y entrenadores; 4 Mejorar el nivel técnico de los atletas y entrenadores, en cooperación con los CON y las FI, incluso mediante la concesión de becas; 5 Formar a dirigentes deportivos; 6 Colaborar con las organizaciones y entidades que persiguen estos objetivos, particularmente a través de la educación olímpica y la propagación del deporte; 7 Construir, en caso de necesidad, instalaciones deportivas sencillas, funcionales y económicas en cooperación con los organismos nacionales o internacionales;

8 Apoyar la organización de competiciones a nivel nacional, regional y continental regidas o patrocinadas por los CON y ayudar a los CON en la organización, preparación y participación de sus delegaciones en juegos regionales y continentales; 9 Estimular los programas conjuntos de cooperación bilateral o multilateral entre los CON; 10 Incitar a los Gobiernos y organizaciones internacionales a que incluyan el deporte en sus planes oficiales de ayuda al desarrollo; 11 Apoyar a los atletas refugiados. Dichos programas son administrados por la Comisión de Solidaridad Olímpica. Carta Olímpica 17 6 Juegos Olímpicos 1 Los Juegos Olímpicos son competiciones entre atletas, en pruebas individuales o por equipos, y no entre países. Reúnen a atletas seleccionados por sus respectivos CON, cuyas inscripciones han sido aceptadas por el COI. Los atletas compiten bajo la dirección técnica de las FI correspondientes. 2 Los Juegos Olímpicos se componen de los Juegos de la Olimpiada y de los Juegos Olímpicos de Invierno. Solo se consideran deportes de invierno los practicados sobre nieve y hielo. Texto de aplicación de la norma 6 1 Una Olimpiada es un periodo de cuatro años civiles consecutivos, que comienza el primero de enero del primer año y finaliza el treinta y uno de diciembre del cuarto año. 2 Las Olimpiadas se cuentan a partir de los primeros Juegos de la Olimpiada celebrados en 1896 en Atenas. 3 Los Juegos Olímpicos de Invierno se cuentan en el orden en el que se han celebrado. 7 Derechos sobre los Juegos Olímpicos y las propiedades olímpicas

1 Como dirigente del Movimiento Olímpico, el COI tiene la responsabilidad de promover los valores del Movimiento Olímpico, ofrecer ayuda material destinada a organizar y dar a conocer los Juegos Olímpicos, y apoyar a las FI, los CON y los atletas en su preparación para los Juegos Olímpicos. El COI es titular de todos los derechos sobre los Juegos Olímpicos y las propiedades olímpicas mencionadas en esta norma; estos derechos tienen el potencial de generar ingresos para los fines antes mencionados. Redunda en el interés del Movimiento Olímpico y de 18 1 El Movimiento Olímpico sus partes constitutivas que se benefician de dichos ingresos que todas las partes interesadas protejan al máximo las propiedades olímpicas y los derechos mencionados, y que el uso de los mismos esté aprobado por el COI. 2 Los Juegos Olímpicos son propiedad exclusiva del COI, que es titular de todos los derechos y datos relacionados con ellos, concretamente y sin restricción alguna, de todos los derechos relativos a (i) la organización, explotación y comercialización de los Juegos Olímpicos, (ii) la autorización para tomar imágenes fijas y en movimiento de los Juegos Olímpicos para su uso por parte de los medios de comunicación, (iii) la grabación audiovisual de los Juegos Olímpicos y (iv) la difusión, transmisión, retransmisión, reproducción, exhibición, divulgación, facilitación u otro tipo de comunicación al público, por cualquier medio conocido o por conocerse, de obras o señales que incluyan grabaciones audiovisuales de los Juegos Olímpicos. 3 El COI fijará las condiciones de acceso y de utilización de cualquier dato relativo a

los Juegos Olímpicos, a las competiciones y a las actuaciones deportivas dentro del marco de los Juegos Olímpicos. 4 El símbolo, la bandera, el lema y el himno olímpicos, así como las identificaciones olímpicas (incluidas pero no exclusivamente «Juegos Olímpicos» y «Juegos de la Olimpiada»), las designaciones, los emblemas, la llama y las antorchas, tal y como se definen en las normas 8-14 enunciadas más abajo, así como cualquier objeto u obra musical, audiovisual o creativa encargado por el COI, los CON o los COJO en relación con los Juegos Olímpicos, podrán ser, en aras de brevedad, colectiva o individualmente definidas como «propiedades olímpicas». El conjunto de los derechos sobre las propiedades olímpicas, así como todos los derechos relativos a su uso, son propiedad exclusiva del COI, incluidas pero no exclusivamente las referentes a su uso con fines lucrativos, comerciales o publicitarios. El COI puede ceder una licencia de todos o parte de sus derechos en las condiciones y términos fijados por la Comisión Ejecutiva del COI. Carta Olímpica 19 8 Símbolo olímpico El símbolo olímpico se compone de cinco anillos del mismo tamaño entrelazados (los anillos olímpicos), utilizados solos, en uno o en cinco colores. Cuando se utilice la versión en cinco colores, estos serán, de izquierda a derecha, el azul, amarillo, negro, verde y rojo. Los anillos están entrelazados de izquierda a derecha; los anillos azul,

negro y rojo están situados encima en ese orden, y los anillos amarillo y verde están situados debajo en ese orden, conforme a la reproducción gráfica incluida más abajo. El símbolo olímpico expresa la actividad del Movimiento Olímpico y representa la unión de los cinco continentes y el encuentro de los atletas del mundo en los Juegos Olímpicos. 9 Bandera olímpica La bandera olímpica consta de fondo blanco sin orla. En el centro figura el símbolo olímpico en sus cinco colores. 10 Lema olímpico El lema olímpico, «Más rápido, más alto, más fuerte – Juntos» expresa las aspiraciones del Movimiento Olímpico. Esta es la adaptación del lema original en latín, que ahora se traduce como «Citius, Altius, Fortius – Communiter». 20 1 El Movimiento Olímpico 11 Emblemas olímpicos Un emblema olímpico es un diseño integrado que asocia los anillos olímpicos con otro elemento distintivo. 12 Himno olímpico El himno olímpico es la obra musical denominada «Himno olímpico», compuesta por Spiro Samara. 13 Llama olímpica y antorchas olímpicas 1 La llama olímpica es la llama que se enciende en Olimpia bajo la autoridad del COI. 2 Una antorcha olímpica es una antorcha o su réplica, aprobada por el COI y destinada a la combustión de la llama olímpica. 14 Designaciones olímpicas Una designación olímpica es toda representación visual o auditiva de una asociación, relación o cualquier otro vínculo con los Juegos Olímpicos, el Movimiento Olímpico o

una de sus partes constitutivas. Carta Olímpica 21 Texto de aplicación de las normas 7-14 1 Protección jurídica 1.1 El COI puede tomar todas las medidas oportunas para obtener a su favor la protección jurídica de los derechos sobre los Juegos Olímpicos y sobre toda propiedad olímpica, tanto a nivel nacional como internacional. 1.2 Cada CON es responsable ante el COI de la observancia de las normas 7-14 y del TAN 7-14. Adoptará medidas para impedir cualquier uso de las propiedades olímpicas contrario a dichas normas o a sus textos de aplicación. Procurará también obtener, en beneficio del COI, la protección de las propiedades olímpicas del COI. 1.3 Cuando la legislación nacional o el registro de una marca o cualquier otro acto jurídico otorga a un CON la protección jurídica del símbolo olímpico o de cualquier otra propiedad olímpica, dicho CON solo puede ejercer los derechos derivados de los mismos de acuerdo con la Carta Olímpica y las instrucciones recibidas del COI. 1.4 Un CON puede solicitar en todo momento la ayuda del COI para obtener la protección jurídica de cualquier propiedad olímpica y para resolver cualquier diferencia que pudiera surgir al respecto con terceras partes. 1.5 El COI puede, en todo momento, solicitar la ayuda de un CON a fin de obtener protección jurídica para cualquier propiedad olímpica y de solucionar cualquier diferencia que pueda surgir al respecto con terceras partes. 2 Utilización de propiedades olímpicas por el COI o por terceras partes autorizadas o con licencia del COI 2.1 El COI puede crear uno o varios emblemas olímpicos que puede utilizar a su discreción.

2.2 El símbolo olímpico, los emblemas olímpicos y cualquier otra propiedad olímpica del COI pueden ser explotados por el COI, o por una persona autorizada por el mismo, en el país de un CON, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones: 22 1 El Movimiento Olímpico 2.2.1 En lo referente a todos los contratos de patrocinio y abastecimiento, así como a todas las iniciativas comerciales distintas a las estipuladas en el párrafo 2.2.2 enunciado más abajo, su explotación no debe perjudicar seriamente los intereses del CON correspondiente y la decisión será adoptada por el COI previa consulta con el CON, que recibirá parte del producto neto procedente de dicha explotación; 2.2.2 En lo referente a todos los contratos de licencia, el CON recibirá la mitad de los beneficios netos de la referida explotación, tras deducción de todos los impuestos y gravámenes correspondientes. El CON será informado de antemano sobre dicha explotación. 2.3 Solo el COI puede autorizar a los teledifusores de los Juegos Olímpicos a utilizar el símbolo olímpico, los emblemas olímpicos del COI u otras propiedades olímpicas del COI y del COJO para promover la retransmisión de los Juegos Olímpicos. Las disposiciones de los párrafos 2.2.1 y 2.2.2 del presente texto de aplicación no se aplican a esta autorización. 3 Utilización del símbolo, bandera, lema e himno olímpicos 3.1 Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo 2.2 de este texto de aplicación, el COI

puede utilizar el símbolo, bandera, lema e himno olímpicos a su discreción. 3.2 Los CON solo pueden utilizar el símbolo, bandera, lema e himno olímpicos en el marco de sus actividades no lucrativas, siempre y cuando esta utilización contribuya al desarrollo del Movimiento Olímpico, no perjudique su dignidad y los CON correspondientes hayan obtenido el acuerdo previo de la Comisión Ejecutiva del COI. 4 Creación y utilización de un emblema olímpico por un CON o un COJO 4.1 Un emblema olímpico puede ser creado por un CON o un COJO, previa aprobación del COI. Carta Olímpica 23 4.2 El COI puede aprobar el diseño de un emblema olímpico siempre y cuando considere que dicho emblema se distingue de los demás emblemas olímpicos. 4.3 La superficie cubierta por el símbolo olímpico incluido en un emblema olímpico no excederá la tercera parte de la superficie total del emblema. El símbolo olímpico incluido en un emblema olímpico debe aparecer en su totalidad y no puede modificarse en lo más mínimo. 4.4 Además de lo anterior, el emblema olímpico de un CON ha de reunir las siguientes condiciones: 4.4.1 El emblema debe diseñarse de tal manera que se identifique claramente su relación con el país del CON correspondiente; 4.4.2 El elemento distintivo del emblema no puede limitarse únicamente al nombre —o a la abreviatura de dicho nombre— del país del CON en cuestión;

4.4.3 El elemento distintivo del emblema no ha de hacer referencia a los Juegos Olímpicos ni a una fecha o manifestación concreta para no estar limitado en el tiempo; 4.4.4 El elemento distintivo del emblema no ha de incluir lemas, designaciones ni otras expresiones genéricas que den la impresión de ser de carácter universal o internacional

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