Concepto 003086 de 2026
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- Concepto 003086 de 2026
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario, Aduanero y Cambiario
- Año
- 2026
CONCEPTO 003086 int 288 DE 2026
(marzo 2) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> <Publicado en la pagina web de la DIAN: 10 de marzo de 2026>
DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Unidad Informatica de Doctrina Area del Derecho Tributario Banco de Datos Impuesto sobre la Renta y Complementarios Descriptores Tema: Impuesto sobre la renta y complementarios. Impuesto sobre las ventas - IVA. Descriptores Incentivos tributarios. Deducciones. Exclusion de IVA. Fuentes Formales Articulo 255 del Estatuto Tributario. Ley 1715 de 2014. Extracto
1. Esta Subdireccion esta facultada para absolver las consultas escritas, presentadas de manera general, sobre la interpretacion y aplicacion de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalizacion cambiaria, en lo de competencia de la DIANLL En este sentido, la doctrina emitida sera de caréacter general, no se referira a asuntos particulares y se sometera a lo consagrado en el articulo 131 de la Ley 2010 de 2019121,
2. En la solicitud del radicado, el peticionario plantea una serie de interrogantes, los cuales se atenderan cada uno a su turno, agrupados en la manera en que fueron formulados en la peticion. 0 3. Las siguientes preguntas se encuentran relacionadas con la exclusion del impuesto a las ventas - IVA, contemplada en el articulo 12 de la Ley 1715 de 2014, modificado por el articulo 9 de la Ley 2099 de 2021. 3.1. "Durante el tramite de certificacion ante la UPME, cuando alin no se cuenta con
ventas - IVA, contemplada en el articulo 12 de la Ley 1715 de 2014, modificado por el articulo 9 de la Ley 2099 de 2021. 3.1. "Durante el tramite de certificacion ante la UPME, cuando alin no se cuenta con certificacion vigente, ;cual es el tratamiento tributario aplicable a la facturacion del IVA por los bienes y servicios destinados al proyecto? ;Existe alguna excepcion que permita facturar sin IVA mientras el tramite se encuentra en curso?" 3.1.1. Al respecto, la doctrina de la entidad ha sefialado que para la procedencia de la exclusion del IVA a la que se refiere el articulo 12 de la Ley 1715 de 2014, es indispensable contar con la certificacion expedida por la Unidad de Planeacion Minero-Energética - UPME, como se indico, entre otros, en el Concepto 017277 int. 2011 del 05 de diciembre de 2025, en el cual se manifesto: "Para que opere el beneficio otorgado por los articulos 11y 12 de laLey 1715 de 2014, el proyecto de generacion de energia con FNCE o la accion o medida de GEE debe contar con la certificacion de la Unidad de Planeacion MineroEnergética (UPME)." (énfasis propio)3.1.2. Sin perjuicio de lo anterior, el paragrafo tercero del articulo 1.3.1.12.24. del Decreto 1625 de 2016 dispone que el inversionista podra solicitar la devolucion del impuesto pagado, cuando la certificacion se expida con posterioridad a la importacion o la adquisicion del bien o servicio objeto de la exclusion del IVA. De esta forma, el Concepto 000673 int. 0063 dell6 de enero de 2026 se refirio a la facturacion del IVA cuando aun no se cuenta con la certificacion expedida
objeto de la exclusion del IVA. De esta forma, el Concepto 000673 int. 0063 dell6 de enero de 2026 se refirio a la facturacion del IVA cuando aun no se cuenta con la certificacion expedida por la UPME, y el procedimiento de devolucion del impuesto cuando a ello haya lugar: "En relacion con el beneficio de exclusion del IVA, y teniendo en cuenta que este solo resulta aplicable una vez se obtiene el certificado de la UPME, es posible que, en la practica, los concesionarios facturen el vehiculo incluyendo la totalidad de los impuestos. En estos casos, el IVA pagado puede ser objeto de devolucion por concepto de pago de lo no debido. De acuerdo con el paragrafo 3° del articulo 1.3.1.12.24 del Decreto 1625 de 2016 (Decreto Unico Reglamentario en materia tributaria), que reglamenta la exclusion del IVA prevista en el articulo 12 de la Ley 1715 de 2014, el contribuyente podra solicitar la devolucion del impuesto, cumpliendo con los requisitos generales establecidos en los articulos 1.6.1.21.13 y 1.6.1.25.7 del mismo decreto. La solicitud debera presentarse dentro del término de prescripcion de la accion ejecutiva, conforme a lo previsto en el articulo 2536 del Codigo Civil, es decir, dentro de los cinco (5) afios siguientes, contados a partir de la fecha de emision de la factura de venta, segin lo dispuesto en el articulo 1.6.1.21.22 del Decreto 1625 de 2016. La competencia para resolver la solicitud corresponde a la administracion tributaria del domicilio del contribuyente." 3.1.3. Ademas, se considera oportuno citar el Concepto 002152 int. 143 del 05 de febrero de
corresponde a la administracion tributaria del domicilio del contribuyente." 3.1.3. Ademas, se considera oportuno citar el Concepto 002152 int. 143 del 05 de febrero de 2025, que se refirio a la causacion y liquidacion del IVA en la importacion de bienes, cuando la certificacion de la UPME se expide con posterioridad a la importacion: "12. Asi, se puede concluir lo siguiente: a. El articulo 1.3.1.12.24. del Decreto 1625 de 2016 establece que se configura pago de lo no debido cuando la certificacion de la UPME se expida con posterioridad a la importacion de conformidad con lo previsto en el articulo 1.6.1.21.27 ibidem, en los casos de que trata el articulo 12 de la Ley 1715 de 2014. b. En el marco de lo dispuesto en el numeral 1 del articulo 14 del Decreto 1165 de 2019, si al momento de la presentacion y aceptacion de la declaracion de importacion. el importador no cuenta con la certificacion de la UPME el impuesto sobre las ventas se causa y debe liquidarse y cancelarse con la declaracion de importacion. c. En materia aduanera, el aporte de la certificacion de la UPME con posterioridad a la nacionalizacion de la mercancia no se considera pago en exceso, por cuanto no se presenté un error o inconsistencia, al haber liquidado y pagado los tributos aduaneros que en la fecha de la importacion estaban vigentes y, por lo tanto, se causaron. d. El paragrafo del articulo 101 del Decreto ley 920 de 2023 establece la solicitud de liquidacion oficial de correccion para disminuir tributos aduaneros, solamente para conceder al importador tratamiento preferencial con posterioridad al levante, segun el acuerdo comercial. Lo anterior no
oficial de correccion para disminuir tributos aduaneros, solamente para conceder al importador tratamiento preferencial con posterioridad al levante, segun el acuerdo comercial. Lo anterior no quedo previsto para cuando el importador aporta el certificado de la UPME con posterioridad a la importacion.e. Procede la devolucion del IVA pagado en la importacion de los bienes excluidos en virtud de laLey 1715 de 2014, y la solicitud de devolucion ante la Direccion Seccional de Impuestos o de Impuestos y Aduanas donde se efectud el pago, dentro del término establecido en el articulo 1.6.1.21.22 del Decreto 1625 de 2016." (énfasis propio) 3.2. Con certificacion UPME vigente, ;quiénes estan habilitados para recibir facturas excluidas de IVA: exclusivamente el titular del proyecto o también el solicitante secundario/contratista? En particular, ;qué alcance juridico tiene la mencion del solicitante secundario en el certificado UPME? 3.2.1. Al respecto, en el oficio 900224 - int. 044 del 18 de enero de 2022, se indico que los términos "solicitante principal" y "solicitante secundario” obedecen a definiciones contenidas en el documento "GUIA PARA EL DILIGENCIAMIENTO DE FORMATOS - Solicitud para optar por los incentivos tributarios que trata la Ley 1715 de 2014 para inversiones en proyectos de Fuentes No Convencionales de Energia FNCE" publicada por la UPME para efectos del "FORMATO UNICO DE SOLICITUD PARA INCENTIVOS A LA INVERSION EN PROYECTOS DE FNCE", por lo cual este despacho no es competente para pronunciarse sobre el alcance juridico de las mismas.
"FORMATO UNICO DE SOLICITUD PARA INCENTIVOS A LA INVERSION EN PROYECTOS DE FNCE", por lo cual este despacho no es competente para pronunciarse sobre el alcance juridico de las mismas. 3.2.2. Sin perjuicio de lo anterior, para efectos de la identificacion del beneficiario del tratamiento de la exclusion del IVA, y de la calidad para presentar la solicitud de devolucion del impuesto por pago de lo no debido, el oficio sefialado se pronuncié acerca del alcance de la expresion "inversionista", como a continuacion se indica: 1."¢A quién o quiénes se refiere la expresion 'inversionista' contenida en el paragrafo 3 del articulo 1.3.1.12.21. del Decreto 1625 de 2016?" () Ahora bien, ya que en la normativa aplicable (en particular, el articulo 1.2.1.18.70. del Decreto 1625 de 2016) no se encuentra una definicion del término "inversionista", se considera importante plantear los siguientes aspectos, en aras de concretar su alcance: 1) El articulo 12 de la Ley 1715 de 2014 contempla un beneficio tributario en materia del IVA el cual consiste en la exclusion de este impuesto para "los equipos, elementos, maquinaria y servicios nacionales o importados que se destinen a la preinversion e inversion, para la produccion y utilizacion de energia a partir de las fuentes no convencionales, asi como para la medicion y evaluacion de los potenciales recursos, y para adelantar las acciones y medidas de gestion eficiente de la energia, incluyendo los equipos de medicion inteligente" (subrayado fuera de texto). También se extiende esta exclusion "a todos los servicios prestados en Colombia o en el exterior que tengan la misma destinacion" (subrayado fuera de texto).
gestion eficiente de la energia, incluyendo los equipos de medicion inteligente" (subrayado fuera de texto). También se extiende esta exclusion "a todos los servicios prestados en Colombia o en el exterior que tengan la misma destinacion" (subrayado fuera de texto). ii) Para efectos de dicha exclusion, "la inversion debera ser evaluada y certificada como proyecto de generacion de energia eléctrica a partir de fuentes no convencionales de energia (FNCE) o como accion o medida de gestion eficiente de la energia por la Unidad de Planeacion Minero Energética - UPME" (subrayado fuera de texto), tal y como lo indica el inciso final del articulo 12 ibidem. iil) Ante ausencia de definicion legal y acorde con el articulo 28 del Codigo Civil, "Las palabras de la ley se entenderan en su sentido natural y obvio, segin el uso general de las mismas palabras" (subrayado fuera de texto).Por ende, acudiendo a lo previsto en el diccionario de la lengua espaiiola, es de colegir que el término "inversionista" al que se hace alusion en el paragrafo 3° del articulo 1.3.1.12.21. del Decreto 1625 de 2016 corresponde a aquella persona natural o juridica que efectia una preinversion o inversion en los términos consagrados en el articulo 12 de la Ley 1715 de 2014. 2.";Puede un contratista o subcontratista del duefio de un proyecto de generacion de energia a partir de fuentes no convencionales de energia (que seria el solicitante primario en los formatos UPME), solicitar la devolucion del IVA que haya pagado sobre un bien o servicio listado dentro de aquellos a los que aplica el beneficio, si posteriormente se expide el certificado UPME a su
UPME), solicitar la devolucion del IVA que haya pagado sobre un bien o servicio listado dentro de aquellos a los que aplica el beneficio, si posteriormente se expide el certificado UPME a su nombre, en su condicion de solicitante secundario, y se incluye dicho bien o servicio? Si la respuesta a la inquietud anterior es negativa, agradeceriamos confirmar, ;Cual es el alcance del beneficio de la exclusion de IVA establecida en el articulo 12 de la Ley 1715 de 2014 frente a contratistas y subcontratistas del duefio del proyecto?" Acorde con el documento "GUIA PARA EL DILIGENCIAMIENTO DE FORMATOSSolicitud para optar por los incentivos tributarios que trata la Ley 1715 de 2014 para inversiones en proyectos de Fuentes No Convencionales de Energia FNCE" publicada por la Unidad de Planeacion Minero Energética - UPME para efectos del "FORMATO UNICO DE SOLICITUD PARA INCENTIVOS A LA INVERSION EN PROYECTOS DE FNCE", el solicitante principal es definido como "la persona natural o juridica propietaria de los activos del proyecto de uso de FNCE". A su vez, se indica que el solicitante secundario puede corresponder a cualquiera de las siguientes: - "El banco o entidad bancaria con la cual el solicitante principal haya suscrito un contrato de leasing financiero con opcion irrevocable de compra. En este caso, en la solicitud se debe anexar el contrato del leasing financiero". - "El instalador o aquella persona con quien contractualmente se desarrollen o se vayan a desarrollar las actividades de montaje o puesta en operacion del proyecto de generacion". - "El importador o aquella persona que comercialice los equipos 0 maquinaria que sea parte del proyecto”.
desarrollar las actividades de montaje o puesta en operacion del proyecto de generacion". - "El importador o aquella persona que comercialice los equipos 0 maquinaria que sea parte del proyecto”. Sin embargo, notese que el paragrafo 3° del articulo 1.3.1.12.21. del Decreto 1625 de 2016 hace alusion al término "inversionista", sin entrar en mayores detalles y sin hacer alusion a las categorias de "solicitante principal" y "solicitante secundario” (las cuales son relevantes para el "FORMATO UNICO DE SOLICITUD PARA INCENTIVOS A LA INVERSION EN PROYECTOS DE FNCE"), motivo por el cual se debera tener en cuenta el alcance realizado en el punto anterior sobre dicho término ("inversionista") para efectos de la devolucion del IVA cuando la respectiva certificacion es expedida por la UPME con posterioridad a la importacion o adquisicion de los bienes y/o servicios objeto de exclusion del IVA. Lo anterior, considerando sobre todo que no compete a este Despacho pronunciarse sobre documentos como la guia en comento, la cual representa un instructivo para el diligenciamiento de los formatos que deben radicarse ante la UPME para solicitar los incentivos tributarios en materia de fuentes no convencionales de energia." 3.3. Cuando la certificacion UPME se emite con posterioridad a la compra o importacion,(procede la devolucion del IVA pagado al titular del proyecto? En caso afirmativo, jcual es el procedimiento y los requisitos formales que la DIAN exige? 3.3.1. Para dar respuesta, es oportuno citar el concepto 001597 - int. 148 del 04 de marzo de 2024, el cual abordo el lineamiento aplicable a las solicitudes de devolucion del impuesto cuando la UPME expide la certificacion con posterioridad a la adquisicion de los bienes objeto
2024, el cual abordo el lineamiento aplicable a las solicitudes de devolucion del impuesto cuando la UPME expide la certificacion con posterioridad a la adquisicion de los bienes objeto de exclusion de IVA, asi: "Para efectos de la aplicacion del articulo 12 de la Ley 1715 de 2014 y del paragrafo 3 del articulo 1.3.1.12.21. del Decreto 1625 de 2016, cuando la Unidad de Planeacion Minero Energética -UPME expida la certificacion con posterioridad a la adquisicion de los bienes o servicios objeto de la exclusion, existe un lineamiento aplicable. Este es el niimero 10015316100225 del 25 de enero de 2024 proferido por la Subdireccion de Devoluciones de la Unidad Administrativa Especial Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, en el que indico sobre este tipo de solicitudes de devolucion lo siguiente: «(...)
4. Parametros de la solicitud de devolucion por pago de lo no debido 4.1. Teniendo en cuenta los procedimientos internos de la entidad y concretamente los relacionados con el Subproceso de devoluciones, es importante que las seccionales, registren la solicitud por concepto de pago de lo no debido del IVA de los bienes y servicios adquiridos en los términos del articulo 12 de la Ley 1715 del 2014, en la opcion de "otros impuestos" en el CIN-20. 4.2. De igual manera, la solicitud de devolucion debe cumplir los requisitos generales sefialados enel articulo 1.6.1.21.13 y articulo 1.6.1.25.7 del Decreto 1625 de 2016 Unico Reglamentario en materia tributaria y debera presentarse dentro del término de prescripcion de la accion ejecutiva
enel articulo 1.6.1.21.13 y articulo 1.6.1.25.7 del Decreto 1625 de 2016 Unico Reglamentario en materia tributaria y debera presentarse dentro del término de prescripcion de la accion ejecutiva establecido en el articulo 2536 del Codigo Civil, término que empezara a contar, a partir de la emision de la factura de venta. No obstante, lo anterior, en las verificaciones a realizar se tendra en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos: 4.2.1. Las personas naturales y juridicas titulares de las inversiones deberan radicar la solicitud de devolucion y/o compensacion ante la Direccion Operativa de Grandes Contribuyentes, Direccion Seccional de Impuestos o de Impuestos y Aduanas donde se efectu6 el pago. 4.2.2. Referente al término para presentar la solicitud de devolucion por pago de lo no debido corresponde hacer mencion del articulo 1.6.1.21.27. del Decreto 1625 del 2016, el cual establece el término para solicitar y efectuar la devolucion por pagos de lo no debido, el cual remite al articulo 1.6.1.21.22 del mismo decreto, que fija como plazo el correspondiente a los cinco (5) afios previsto en el articulo 2536 del Codigo Civil. 4.2.3. Certificado expedido por la Unidad de Planeacion Minero-Energética - UPME que permite acceder a los incentivos tributarios de la Ley 1715 de 2014. Para tal efecto, la inversion debera ser evaluada y certificada como: - Proyectos de generacion de energia eléctrica a partir de fuentes no convencionales de energia -FNCE. - Acciones o medidas de gestion eficiente de la energiaser evaluada y certificada como: - Proyectos de generacion de energia eléctrica a partir de fuentes no convencionales de energia -FNCE. - Acciones o medidas de gestion eficiente de la energiaGEE. - Proyectos de hidrogeno verde o azul. Se recomienda verificar que las facturas de venta allegadas que soportan la compra de los bienes y servicios para el desarrollo de proyectos de generacion FNCE y gestion eficiente de la energia coincida con la certificacion UPME, y que la compra se encuentre dentro de las fechas de ejecucion del proyecto.4.2.4. Las facturas electrénicas con validacion previa, factura de venta o documento equivalente son los documentos soporte del pago de lo no debido. las cuales reflejan el IVA pagado. 4.2.5. Las facturas electronicas. factura de venta o documento equivalente que. de conformidad con el articulo 123 del Decreto 2649 de 1993, sirvan de soporte a los registros contables, deben satisfacer los requisitos sefialados en los articulos 617, 618 y 616-1 del Estatuto Tributario, y discriminar en todos los casos el IVA correspondiente a la transaccion. 4.2.6. Relacion certificada por revisor fiscal o contador piiblico. segin el caso, de las facturas de electrénica con validacion previa o factura de venta o documento equivalente de compra de los elementos. equipos maquinaria y/o servicios relacionados en el Certificado de la UPME, indicando su niimero, el nombre y apellidos o razén social, y Nimero de Identificaciéon Tributaria (NIT) del proveedor, valor de los bienes adquiridos, valor del impuesto sobre las ventas - IVA cancelado, el cual debe estar discriminado en ellas y la descripcion de estos. 4.2.7. Certificacion expedida por el representante legal y el contador publico o revisor fiscal,
ventas - IVA cancelado, el cual debe estar discriminado en ellas y la descripcion de estos. 4.2.7. Certificacion expedida por el representante legal y el contador publico o revisor fiscal, segiin el caso, en la cual conste que no se ha efectuado devolucién y/o compensacion por la compra de los elementos, equipos maquinaria y/o servicios relacionados en el Certificado de la UPME. 4.2.8. Certificacion del revisor fiscal o contador publico, segiin el caso, donde conste que el valor del impuesto sobre las ventas - IVA solicitado en devolucion y/o compensacion no ha sido llevado como un mayor valor del costo ni deduccion en la determinacion del impuesto sobre la renta ni como impuesto descontable en la declaracion del impuesto sobre las ventas y que se cumplen todos los requisitos para la procedencia de la solicitud. 4.2.9. Cuando el solicitante sea persona natural, se debe verificar en la pagina de la Registraduria Nacional del Estado Civil, el estado de la cédula de ciudadania de la persona natural que suscribe el formato 010 "Solicitud de Devolucion y/o Compensacion”. En caso de que el estado de vigencia de la cédula sea "Cancelada por muerte", se debe inadmitir la solicitud. La consulta se realiza en el portal de la Registraduria Nacional del Estado Civil www.registraduria.gov.co / cédulas / certificado de vigencia / expedicion certificada. También se puede acceder directamente en el siguiente enlace: https://wsp.registraduria.gov.co/certificado/mensaje.aspx 4.2.10. Cada Direccion Seccional y de la Direccion Operativa de Grandes Contribuyentes llevara un registro en un archivo en Excel de las solicitudes de devolucion por pago de lo no debido. La Subdireccion de Devoluciones dispondra el formato correspondiente junto con este lineamiento.
4.2.10. Cada Direccion Seccional y de la Direccion Operativa de Grandes Contribuyentes llevara un registro en un archivo en Excel de las solicitudes de devolucion por pago de lo no debido. La Subdireccion de Devoluciones dispondra el formato correspondiente junto con este lineamiento. Al final de mes se enviara el informe al correo hagudeloo@dian.gov.co, una vez consolidado se dispondra en una carpeta en Share Point para consulta de todos.» (énfasis propio) Notese que, de la lectura del lineamiento interno, tanto el certificado de la Unidad de Planeacion Minero Energético - UPME como las respectivas facturas electronicas, facturas de venta o documentos equivalentes4, son necesarios para que las solicitudes de devolucion por pago de lo no debido en aplicacion del articulo 12 de la Ley 1715 de 2014, prosperen. Es asi como, para diligenciar la informacion que se solicita en los formatos correspondientes como por ejemplo el formato 010, del lineamiento referenciado se puede concluir que las facturas seran los documentos soporte en aras de surtir satisfactoriamente el diligenciamiento de estos con el objeto de acceder a la devolucions.De otro lado, es preciso sefialar que por cada factura se debera solicitar la devolucion en el respectivo aflo gravable en que se efectud la respectiva compra de los bienes, los cuales deben hacer parte del listado expedido por la UPME como aptos para obtener los beneficios tributarios como lo indica el paragrafo del articulo 43 6 de la Ley 2099 de 2021. Esto es, que cada uno de los bienes adquiridos con intencion del desarrollo del proyecto deben estar identificados en el Certificado UPME, que segun el articulo 11 7 de la resolucion 319 de 2022 tiene una vigencia de dos afios."
los bienes adquiridos con intencion del desarrollo del proyecto deben estar identificados en el Certificado UPME, que segun el articulo 11 7 de la resolucion 319 de 2022 tiene una vigencia de dos afios." 3.4. En los casos en que se haya aplicado la exclusion del IVA sin contar con certificacion UPME vigente y esta resulte improcedente en revision, ¢cual es el procedimiento que la DIAN recomienda para la correccion y regularizacion tributaria, incluyendo la aplicacion de intereses, sanciones y efectos sobre la factura emitida sin IVA? 3.4.1. Por favor remitirse a la respuesta dada en el parrafo niimero 3.1.1. en donde se sefialé que, para que opere el beneficio de exclusion del IVA del articulo 12 de la Ley 1715 de 2014, el proyecto de generacion de energia con FNCE o la accion o medida de GEE debe contar con la certificacion de la UPME. Por ende, no es procedente aplicar la exclusion del IVA sin contar con la certificacion sefialada, sin perjuicio de que, cuando la UPME expida la certificacion con posterioridad a la adquisicion o importacion del bien objeto de la exclusion, tenga lugar el tratamiento descrito en los parrafos precedentes. 3.5. En contratos de obra o de EPC (AIU, llaves en mano, montaje), jen qué condiciones puede un contratista facturar sin IVA los bienes y servicios amparados por certificacion UPME, y como debe discriminarse la parte excluida frente a otros componentes gravados? 3.5.1. La doctrina de la entidad se ha referido a la emision de facturas cuando se presentan contratos que integran la prestacion de distintos bienes y servicios, respecto de los cuales el tratamiento tributario sea distinto, por ejemplo, cuando comprendan bienes y/o servicios
contratos que integran la prestacion de distintos bienes y servicios, respecto de los cuales el tratamiento tributario sea distinto, por ejemplo, cuando comprendan bienes y/o servicios gravados a la tarifa general, gravados a tarifas especiales, excluidos o exentos. Asi, en el oficio 903994 - int 994 del 14 de agosto de 2020 se realizaron las siguientes precisiones: "1. Teniendo en consideracién la multiplicidad de objetos que agrupan los contratos EPC Jcual debe ser el tratamiento tributario que en materia de IVA debe tener cada uno de ellos? El articulo 420 del Estatuto Tributario establece los hechos generadores del impuesto sobre las ventas y, en sus literales (a) y (c), prevei que dicho impuesto se aplicara sobre las ventas de bienes corporales muebles y sobre la prestacion de servicios, salvo las excepciones consagradas expresamente en la ley. En el caso de contratos que integran la prestacion de distintos bienes y/o servicios, se debe establecer en cada uno el correspondiente tratamiento tributario, esto es, si se trata de bienes y/o servicios gravados a la tarifa general, gravados a tarifas especiales, excluidos o exentos, asi como la aplicacion de la regla general o reglas especiales de determinacion de la base gravable. Esta precision resulta fundamental para efectos de la presente consulta, cuyo analisis correspondera realizar al responsable del impuesto sobre las ventas. En ese sentido, los responsables del impuesto deben cumplir con las obligaciones inherentes a tal calidad y que legalmente les han sido atribuidas, entre ellas, facturar, recaudar, declarar y pagar el impuesto generado en las operaciones gravadas.Respecto a la emision de la factura, en el caso de la prestacion de distintos servicios y/o bienes,
calidad y que legalmente les han sido atribuidas, entre ellas, facturar, recaudar, declarar y pagar el impuesto generado en las operaciones gravadas.Respecto a la emision de la factura, en el caso de la prestacion de distintos servicios y/o bienes, los mismos deben ser discriminados en la factura de venta atendiendo a la descripcion especifica y codigos inequivocos que permitan su identificacion. Lo anterior de acuerdo con lo dispuesto en el literal f) del articulo 617 del Estatuto Tributario, el numeral 8 del articulo 1131y el numeral 6 del articulo 12 de la Resolucion 000042 de 202041 Esto implica que cada servicio y/o bien prestado sea facturado liquidando la tarifa de impuesto sobre las ventas correspondiente en cada caso." 3.6. Para titulares personas naturales (p. €j., residenciales), ¢aplica la exclusion del IVA con certificacion UPME vigente? En caso afirmativo, ;existen requisitos o limitaciones particulares frente a personas juridicas? 3.6.1. Acerca de la procedencia de la exclusion del IVA contemplada en el articulo 12 de la Ley 1715 de 2014, cuando los beneficiarios son personas naturales, el concepto 000146 int. 0012 del 02 de enero de 2026 retomo lo expuesto en el Concepto 013853 int. 1715 de 2025, sefialando que: "7. En atencion a que el articulo 12 de la Ley 1715 de 2014, no establece restriccion alguna frente a los beneficiarios de la exclusion del IVA, por inversion en proyectos de generacion de energia con fuentes no convencionales (FNCE) y gestion eficiente de la energia (GEE), corresponde entender dicha norma, en el sentido expuesto el Concepto 013853 (int 1715) de
energia con fuentes no convencionales (FNCE) y gestion eficiente de la energia (GEE), corresponde entender dicha norma, en el sentido expuesto el Concepto 013853 (int 1715) de 2025, en el cual se indico que las personas naturales que adquieran vehiculos hibridos (PHEV (plug-in hybrid electric vehicle) y HEV (hybrid electric vehicle)) y los eléctricos para su uso personal, podran acceder a los beneficios de la exclusion de IVA establecidos de la Ley 1715 de 2024, al considerarse una medida de gestion eficiente de la energia (GEE), siempre y cuando se cuente con la respectiva certificacion de la UPME.
8. Por otra parte, frente para otras inversiones para proyectos de generacion con FNCE o medidas GEE, nos remitidos a lo manifestado en el Concepto antes citado, en el cual se afirmé que: El articulo 43 de la Ley 2099 de 2021 determind que la entidad competente para evaluar y certificar las inversiones en generacion y utilizacion de energia eléctrica con FNCE, en gestion eficiente de la energia, para efectos de la obtencion de beneficios tributarios es la UPME.
Adicionalmente en el paragrafo del mismo articulo indica que le corresponde a la UPME expedir la lista de bienes y servicios para las inversiones en FNCE y GEE." 3.7. En los casos en que la autoridad aduanera o la DIAN haya permitido importaciones sin IVA efectuadas por terceros vinculados a un proyecto certificado, ;cual seria el tratamiento en una eventual fiscalizacion posterior, especialmente en lo relativo a reliquidacion de tributos, firmeza de las declaraciones y sanciones aplicables? 3.7.1. Sobre el particular se precisa que el analisis y estudio de los casos individuales corresponde a la esfera de los funcionarios competentes y las decisiones particulares son de la
de las declaraciones y sanciones aplicables? 3.7.1. Sobre el particular se precisa que el analisis y estudio de los casos individuales corresponde a la esfera de los funcionarios competentes y las decisiones particulares son de la orbita de su responsabilida