Concepto 004136 de 2026
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- Concepto 004136 de 2026
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario, Aduanero y Cambiario
- Año
- 2026
CONCEPTO 004136 int 378 DE 2026
(marzo 16) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> <Publicado en la pagina web de la DIAN: 27 de marzo de 2026>
DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Unidad Informatica de Doctrina Area del Derecho Tributario Banco de Datos Otras Disposiciones Extracto
1. Esta Subdireccion esta facultada para absolver las consultas escritas, presentadas de manera general, sobre la interpretacion y aplicacion de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalizacion cambiaria, en lo de competencia de la DIANLL En este sentido, la doctrina emitida sera de caréacter general, no se referira a asuntos particulares y se sometera a lo consagrado en el articulo 131 de la Ley 2010 de 201912,
2. Mediante el radicado de la referencia preguntan si la interpretacion del concepto 011042 interno 1239 del 26 de diciembre de 2024 permite entender que se puede enviar los documentos soporte de nomina electronica -DSNE del alo 2025 antes de la presentacion de la declaracion de renta en 2026.
3. Sobre el particular se reitera la conclusion expuesta en la doctrina mencionada y es que la deducibilidad de los costos y gastos respaldados por el DSNE esta condicionada a su generacion y transmision dentro de los plazos establecidos. E1 DSNE es un requisito formal para respaldar costos y deducciones en el impuesto sobre la renta, conforme a lo dispuesto en la Resolucion DIAN No. 000013 de 2021.
4. Si bien la transmision extemporanea del DSNE no genera sanciones especificas, aspecto
costos y deducciones en el impuesto sobre la renta, conforme a lo dispuesto en la Resolucion DIAN No. 000013 de 2021.
4. Si bien la transmision extemporanea del DSNE no genera sanciones especificas, aspecto desarrollado en el concepto 011042, no se puede perder de vista que la deducibilidad de los costos y gastos respaldados por este documento esta sujeta a su transmision oportuna. Esto sin perjuicio que existan casos en que el contribuyente corrija la omision antes de la presentacion de la declaracion de renta y demuestre el cumplimiento sustancial de la relacion laboral y los pagos efectuados, situacion que permite aceptarlo como soporte de estos costos y deducciones.
5. En los anteriores términos se absuelve su peticion y se recuerda que la normativa, jurisprudencia y doctrina en materia tributaria, aduanera y de fiscalizacion cambiaria, en lo de competencia de esta Entidad, puede consultarse en el normograma DIAN: https:/normograma.dian.gov.co/dian/.
<NOTAS DE PIE DE PAGINA>.
1. De conformidad con el numeral 4 del articulo 56 del Decreto 1742 de 2020 y el articulo 7 de la Resolucion DIAN 91 de 2021.
2. De conformidad con el numeral 1 del articulo 56 del Decreto 1742 de 2020 y el articulo 7-1 dela Resolucion DIAN 91 de 2021.
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Ultima actualizacién: 30 de abril de 2026