CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS - Informe A HRC 60 75
Consejo de Derechos Humanos
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS - Informe A HRC 60 75
- Autor
- Consejo de Derechos Humanos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- —
GE.25-12948 (S) 301025 311025 Consejo de Derechos Humanos 60º período de sesiones 8 de septiembre a 3 de octubre de 2025 Tema 9 de la agenda Racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia: seguimiento y aplicación de la Declaración y el Programa de Acción de Durban Racismo sistémico contra personas africanas y afrodescendientes en el sistema de justicia penal Informe del Mecanismo Internacional de Expertos Independientes para Promover la Justicia y la Igualdad Raciales en el Mantenimiento del Orden Resumen En el presente informe, el Mecanismo Internacional de Expertos Independientes para Promover la Justicia y la Igualdad Raciales en el Mantenimiento del Orden examina el modo en que la discriminación racial contra las personas africanas y afrodescendientes impregna todos los estratos del sistema de justicia penal, antes, durante y después del juicio. El Mecanismo arroja luz sobre las deficiencias procesales en las actuaciones penales contra personas africanas y afrodescendientes acusadas de delitos, que se deben, entre otras cosas, al perfilamiento racial, la privación arbitraria de la libertad, la falta de representación legal y las condenas injustas. También destaca que algunos factores interseccionales, como el género, la edad, el estado de salud mental y la situación migratoria, agravan la discriminación. Además, analiza el nexo entre la discriminac ión racial y el porcentaje desproporcionado de personas africanas y afrodescendientes en reclusión penal. Teniendo en cuenta las prácticas prometedoras de algunos Estados, el Mecanismo establece los 12 elementos fundamentales para lograr que no haya discri minación racial en el sistema de
desproporcionado de personas africanas y afrodescendientes en reclusión penal. Teniendo en cuenta las prácticas prometedoras de algunos Estados, el Mecanismo establece los 12 elementos fundamentales para lograr que no haya discri minación racial en el sistema de justicia penal. El presente informe también contiene información sobre las actividades del Mecanismo durante el pasado año.
Este documento se presentó a los servicios de conferencias para su tramitación fuera del plazo establecido a fin de incluir en él la información más reciente.
Naciones Unidas A/HRC/60/75
Asamblea General Distr. general 9 de septiembre de 2025
Español Original: inglésA/HRC/60/75
2 GE.25-12948
I. Introducción
1. Este informe se presenta al Consejo de Derechos Humanos en cumplimiento de sus resoluciones 47/21 y 56/13. En él, el Mecanismo Internacional de Expertos Independientes para Promover la Justicia y la Igualdad Raciales en el Mantenimiento del Orden expone una visión general de sus actividades desde su anterior informe anual 1. También ofrece reflexiones y recomendaciones sobre cómo abordar el racismo sistémico contra las personas africanas y afrodescendientes en el sistema de justicia penal, basándose en el párrafo 11 b), d), e) y f) de la resolución 47/21 del Consejo. En ener o de 2025, el Mecanismo publicó una convocatoria de aportaciones, gracias a la cual recibió unas 40 comunicaciones escritas, que han servido de base para este informe2.
2. El 26 de agosto de 2024, tras la dimisión de Juan E. Méndez, con efecto a partir del
convocatoria de aportaciones, gracias a la cual recibió unas 40 comunicaciones escritas, que han servido de base para este informe2.
2. El 26 de agosto de 2024, tras la dimisión de Juan E. Méndez, con efecto a partir del 31 de julio de 2024, el Presidente del Consejo de Derechos Humanos nombró experto del
Mecanismo a Víctor Manuel Rodríguez Rescia, de Costa Rica3.
II. Actividades
3. La crisis de liquidez financiera que actualmente afecta a la Secretaría ha tenido graves repercusiones en todas las actividades encomendadas al Mecanismo en 2024 y 2025. Las más importantes se han reflejado en la dotación de personal, la imposibilidad d e llevar a cabo todas las consultas encomendadas y la imposibilidad de visitar más de un país al año.
Además, el Mecanismo ha tenido que aplicar diversas medidas de ahorro para minimizar la incidencia de esta crisis sobre sus actividades.
A. Visita a Bélgica
4. Por invitación del Gobierno, el Mecanismo realizó una visita a Bélgica del 2 al 11 de junio de 2025, en el marco de la cual visitó Bruselas, Namur, Charleroi, Amberes y Malinas.
El Mecanismo se reunió con funcionarios gubernamentales y otras partes inte resadas, entre ellas representantes de los organismos encargados de hacer cumplir la ley, órganos de supervisión, instituciones de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil, y escuchó testimonios directos de detenidos, otras personas afectadas y comunidades. Además, visitó un centro de detención administrativa de migrantes y una prisión. El informe completo sobre la visita a Bélgica figura en el documento A/HRC/60/75/Add.1.
escuchó testimonios directos de detenidos, otras personas afectadas y comunidades. Además, visitó un centro de detención administrativa de migrantes y una prisión. El informe completo sobre la visita a Bélgica figura en el documento A/HRC/60/75/Add.1.
B. Seguimiento de las recomendaciones formuladas tras la visita a Suecia
5. El 20 de junio de 2025, el Mecanismo envió una carta a Suecia 4, en la que solicitaba información actualizada sobre todas las cuestiones identificadas durante la visita al país realizada del 31 de octubre al 4 de noviembre de 2022, y sobre la aplicación de todas las recomendaciones formuladas en el informe sobre la vi sita5. En ella, el Mecanismo también
1 A/HRC/57/71. 2 Véase https://www.ohchr.org/en/calls-for-input/2025/call-input-systemic-racism-against-africansand-people-african-descent. 3 Véase https://www.ohchr.org/en/press-releases/2024/08/human-rights-council-president-names-newmember-racial-justice-panel. 4 De conformidad con el párrafo 27 de los métodos de trabajo del Mecanismo Internacional de Expertos Independientes para Promover la Justicia y la Igualdad Raciales en el Mantenimiento del Orden. 5 Véase el documento de sesión del Mecanismo en el que figura su informe sobre la visita a Suecia, en https://www.ohchr.org/en/hrc-subsidiaries/expert-mechanism-racial-justice-law-enforcement/countryvisits.A/HRC/60/75 GE.25-12948 3
https://www.ohchr.org/en/hrc-subsidiaries/expert-mechanism-racial-justice-law-enforcement/countryvisits.A/HRC/60/75 GE.25-12948 3 destacaba avances positivos concretos y motivos de preocupación que se habían señalado a su atención después de la visita y solicitaba información adicional a ese respecto 6.
C. Períodos de sesiones anuales
1. Tercer período de sesiones anual
6. El Mecanismo celebró su tercer período de sesiones anual del 9 al 13 de septiembre de 2024 en el Palacio de las Naciones, en Ginebra 7. El 11 de septiembre, el Mecanismo celebró una reunión abierta a todas las partes interesadas, con el fin de recabar información y sus opiniones sobre los riesgos, las prácticas prometedoras y las lecciones aprendidas en relación con las repercusiones de las nuevas tecnologías, incluidos los sistemas de inteligencia artificial, en los derechos humanos de las personas africanas y afrodescendientes en el contexto del mantenimiento del orden y el sistema de justicia penal. Asistieron representantes de Estados Miembros de las Naciones Unidas e integrantes de la sociedad civil. Además de celebrar reuniones internas sobre sus actividades y su mandato, el Mecanismo también celebró reuniones bilaterales con otros procedimientos especiales, representantes de misiones permanentes, personal de las Naciones Unidas, representantes de organizaciones regionales, agentes de la sociedad civil y personas y comunidades directamente afectadas.
2. Cuarto período de sesiones anual
7. El Mecanismo celebró su cuarto período de sesiones anual del 5 al 9 de mayo de 2025 en el Palacio de las Naciones, en Ginebra8. Los días 7 y 8 de mayo, celebró consultas públicas
7. El Mecanismo celebró su cuarto período de sesiones anual del 5 al 9 de mayo de 2025 en el Palacio de las Naciones, en Ginebra8. Los días 7 y 8 de mayo, celebró consultas públicas sobre el racismo sistemático contra personas africanas y afrodescendientes en el sistema de justicia penal, en el marco de las cuales 20 oradores 9, entre ellos personas directamente afectadas y representantes de comunidades directamente afectadas, narraron las experiencias que habían vivido e intercambiaron opiniones sobre el tema con representantes de misiones permanentes, personal de las Naciones Unidas, representantes de organizaciones regionales y agentes de la sociedad civil10. El contenido de esas conversaciones ha servido de base para la parte temática de este informe. Además de estas consultas, el Mecanismo celebró reuniones internas sobre sus actividades y su mandato, así como reuniones bilaterales con miembros del Comité p ara la Eliminación de la Discriminación Racial, funcionarios de la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres
(ONU-Mujeres), representantes de organizaciones de la sociedad civil y otras personas y comunidades directamente afectadas.
D. Comunicaciones escritas en relación con incidentes y situaciones específicos
8. Desde su creación, el Mecanismo ha transmitido 15 cartas a ocho Estados Miembros en relación con incidentes y situaciones específicos (véase el anexo).
E. Declaraciones y otras actividades
9. El 29 de agosto de 2024, Akua Kuenyehia, Presidenta del Mecanismo, junto con otros expertos de las Naciones Unidas, emitió una declaración conjunta con motivo del Día Internacional de los Afrodescendientes, en la que se alentaba a los Estados Miembros a que
expertos de las Naciones Unidas, emitió una declaración conjunta con motivo del Día Internacional de los Afrodescendientes, en la que se alentaba a los Estados Miembros a que
6 Véase https://www.ohchr.org/en/hrc-subsidiaries/expert-mechanism-racial-justice-lawenforcement/country-visits. 7 Véase https://www.ohchr.org/en/events/events/2024/3rd-annual-session-international-independentexpert-mechanism-advance-racial. 8 Véase https://www.ohchr.org/en/events/events/2025/4th-annual-session-international-independentexpert-mechanism-advance-racial. 9 Véase https://ohchr4thannualsessionofthei.sched.com/directory/speakers. 10 Véase https://www.ohchr.org/en/stories/2025/06/tackling-racism-criminal-justice-systems-worldwide.A/HRC/60/75 4 GE.25-12948 contribuyesen a los esfuerzos colectivos para avanzar en la elaboración del proyecto de declaración de las Naciones Unidas sobre la promoción, la protección y el pleno respeto de los derechos humanos de los afrodescendientes y a que velasen por que en él se reconocieran y abordaran el racismo sistémico y estructural, la justicia reparadora, la justicia ambiental y la equidad digital11.
10. Del 4 al 6 de noviembre de 2024, por invitación del Instituto Internacional sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos, Tracie Keesee, miembro del Mecanismo, participó en una serie de eventos y reuniones con autoridades brasileñas celebrados en Brasilia, con el objetivo de presentar las recomendaciones del Mecanismo contenidas en el informe sobre su visita al Brasil12.
serie de eventos y reuniones con autoridades brasileñas celebrados en Brasilia, con el objetivo de presentar las recomendaciones del Mecanismo contenidas en el informe sobre su visita al Brasil12.
11. El 6 de noviembre de 2024, el Mecanismo, junto con otros procedimientos especiales, emitió un comunicado de prensa sobre el caso de Marielle Franco y Anderson Gomes en el Brasil13.
12. El 7 de noviembre de 2024, la Presidenta del Mecanismo participó en la reunión de coordinación de los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas que luchan contra el racismo, celebrada en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York.
13. El 11 de marzo de 2025, el Sr. Rodríguez Rescia, miembro del Mecanismo, participó a distancia en un acto paralelo al 68º período de sesiones de la Comisión de Estupefacientes, que se celebró en Viena y versó sobre el tema de las desigualdades estructur ales agravadas por las políticas en materia de drogas y las oportunidades de cambio positivo, organizado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
(ACNUDH), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el Brasil.
14. El 20 de marzo de 2025, con vistas a la celebración del Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial, el Mecanismo, junto con otros órganos de expertos, emitió una declaración conjunta en la que se instaba a los Estados a que renovar an su compromiso con la justicia y la igualdad mediante la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial en el 60º aniversario de su aprobación, entre otras medidas haciendo un llamamiento a act uar
compromiso con la justicia y la igualdad mediante la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial en el 60º aniversario de su aprobación, entre otras medidas haciendo un llamamiento a act uar colectivamente y con resolución para salvaguardar el fruto de décadas de denodado esfuerzo para lograr avances en materia de derechos humanos en la lucha contra la discriminación racial14.
15. Los días 29 y 30 de mayo de 2025, la Sra. Keesee participó en consultas regionales centradas en América Latina sobre un entorno deportivo mundial exento de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, organizada por el ACNUDH en Ciudad de México, en cumplimiento de la resolución 54/25 del Consejo
de Derechos Humanos.
16. El 11 de junio de 2025, como actividad paralela a la visita del Mecanismo a Bélgica, la Sra. Keesee y el Sr. Rodríguez Rescia se reunieron en Bruselas con los coordinadores de la Comisión Europea para la lucha contra el racismo, el antisemitismo y la i slamofobia, así como con representantes de su dependencia de coordinación de asuntos relacionados con los romaníes.
17. El 25 de junio de 2025, la Sra. Keesee participó en la quinta reunión de coordinación de los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas que luchan contra el racismo.
18. El 25 de julio de 2025, la Sra. Keesee participó en un acto en línea titulado “Este es nuestro lugar: celebración de las vidas y reflexiones sobre la resiliencia de las mujeres negras migrantes en América Latina, el Caribe y la diáspora ”, organizado por la UN Anti -Racism
nuestro lugar: celebración de las vidas y reflexiones sobre la resiliencia de las mujeres negras migrantes en América Latina, el Caribe y la diáspora ”, organizado por la UN Anti -Racism
11 Véase https://www.ohchr.org/en/statements-and-speeches/2024/08/time-decisive-action-againstracism-and-racial-discrimination-un. 12 A/HRC/57/71/Add.1. 13 Véase https://www.ohchr.org/en/press-releases/2024/11/brazil-franco-and-gomes-murderconvictions-milestone-fight-full-justice-not. 14 Véase https://www.ohchr.org/en/statements-and-speeches/2025/03/sixty-years-progress-risk-timestop-instrumentalising-racism-and.A/HRC/60/75 GE.25-12948 5 Coalition, una coalición internacional de organizaciones no gubernamentales de ámbito nacional, regional e internacional, en el contexto del Día Internacional de las Mujeres y las Niñas Afrodescendientes.
III. Racismo sistémico contra personas africanas y afrodescendientes en el sistema de justicia penal
A. Experiencias de personas africanas y afrodescendientes en su relación con el sistema de justicia penal
1. Comprender el concepto de “sistema de justicia penal”
19. El Mecanismo entiende el sistema de justicia penal como la maquinaria de instituciones, funciones y procesos que tienen que ver con la detención, la reclusión, la investigación, el enjuiciamiento, la condena y la rehabilitación de personas sospechosas o acusadas de haber cometido algún delito o condenadas por ello. Entre las instituciones que
instituciones, funciones y procesos que tienen que ver con la detención, la reclusión, la investigación, el enjuiciamiento, la condena y la rehabilitación de personas sospechosas o acusadas de haber cometido algún delito o condenadas por ello. Entre las instituciones que integran el sistema de justicia penal, cabe destacar las fuerzas del orden, los tribunales o el poder judicial y los organismos del sistema carcelario o penitenciario.
20. El Mecanismo reconoce la diversidad de los diferentes sistemas de justicia penal que existen en el mundo. No obstante, considera que todos ellos deben respetar el derecho de todas las personas a un juicio imparcial sin discriminación. El Mecanismo recu erda que las personas africanas y afrodescendientes tienen derecho a las debidas garantías procesales consagradas en el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, como el derecho a disponer del tiempo y de los medios adecuados para la preparación de su defensa, a ser juzgadas sin dilaciones indebidas, a tener defensor, a ser asistida gratuitamente por un intérprete, en caso de necesitarlo, y a la presunción de inocencia. El artículo 5 a) de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial también garantiza el “derecho a la igualdad de tratamiento en los tribunales y todos los demás órganos que administran justicia”.
21. La representación de las personas afrodescendientes en el sistema de justicia, también en calidad de jueces y jurados, así como en otros ámbitos del mantenimiento del orden 15, constituye un elemento esencial del derecho a un juicio imparcial de este colectivo. Sin embargo, en varios países, incluso en zonas con una gran población de afrodescendientes,
constituye un elemento esencial del derecho a un juicio imparcial de este colectivo. Sin embargo, en varios países, incluso en zonas con una gran población de afrodescendientes, hay una considerable falta de representación de este grupo en el sistema de justicia penal. Esta realidad también puede percibirse como una consecuencia de la época colonial, cuando la justicia y el orden eran la prerrogativa suprema de los colonos blancos. Según el Consejo Nacional de Justicia del Brasil, en 2024 solo el 14 % de los miembros de la judicatura eran negros16, frente al 56 % de la población general17.
2. Experiencias de grupos específicos de personas africanas y afrodescendientes en su relación con el sistema de justicia penal
22. Factores como el género, la orientación sexual, la situación migratoria, la condición socioeconómica y la edad aumentan el riesgo de sufrir discriminación al que están expuestas las comunidades marginadas por motivos étnicos18, incluidas las mujeres afrodescendientes, que tienen una probabilidad desproporcionada de ser privadas de libertad, en comparación con las mujeres blancas, debido a la discriminación racial estructural, el perfilamiento racial y los prejuicios raciales en la actuación policial, así como la falta de acceso a oportunidades de educación y empleo. Además, las mujeres sufren más abusos y discriminación en el
15 Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, recomendación general núm. 31 (2005), relativa a la prevención de la discriminación racial en la administración y el funcionamiento de la justicia penal, párr. 1 g). 16 Véase https://www.cnj.jus.br/wp-content/uploads/2025/04/justice-in-numbers-2024.pdf.
justicia penal, párr. 1 g). 16 Véase https://www.cnj.jus.br/wp-content/uploads/2025/04/justice-in-numbers-2024.pdf. 17 Véase https://censo2022.ibge.gov.br/panorama/. Véanse también A/HRC/57/71/Add.1, párr. 12; y la comunicación conjunta del Instituto de Defesa do Direito de Defesa y otros. 18 A/HRC/59/62, párr. 23. Véase la comunicación de la Asociación para la Prevención de la Tortura.A/HRC/60/75 6 GE.25-12948 sistema de justicia penal, al verse privadas de infraestructuras adecuadas para las visitas familiares y del acceso a productos sanitarios y servicios de salud mental.
23. Cuando se produce una intersección entre la raza y la orientación sexual e identidad de género, el riesgo se incrementa de forma desproporcionada. Las personas LGBTQ+, en particular las personas transgénero de color, corren un mayor riesgo de sufrir violencia física a manos de la policía que las personas cisgénero.
24. Además, las personas migrantes y las que se encuentran en situación irregular también se exponen a un mayor riesgo de experimentar discriminación cuando son detenidas y se las somete a procedimientos relativos a la inmigración. Las barreras lingüística s y la falta de acceso a asesoramiento y servicios jurídicos aumentan su vulnerabilidad a lo largo de las actuaciones judiciales y afectan a su capacidad de defensa.
25. Los niños africanos y afrodescendientes también corren mayor riesgo de sufrir discriminación por parte de los agentes de la justicia penal. Los hombres jóvenes se ven
actuaciones judiciales y afectan a su capacidad de defensa.
25. Los niños africanos y afrodescendientes también corren mayor riesgo de sufrir discriminación por parte de los agentes de la justicia penal. Los hombres jóvenes se ven particularmente afectados por estereotipos que los asocian con la violencia y los delitos o los etiquetan como “huérfanos de padre ”. Son víctimas de la “adultificación”, fenómeno que consiste en que se los percibe como mayores de lo que son a causa de la discriminación y los prejuicios19. Como consecuencia, se ven sometidos de forma desproporcionada a perfilamientos raciales20, controles de identificación y cacheo y detenciones21.
B. Evaluación de los derechos de las personas africanas y afrodescendientes en las distintas fases del proceso de justicia penal
1. Antes del juicio
26. La discriminación contra las personas africanas y afrodescendientes comienza en las primeras fases del proceso de justicia penal, mediante perfilamiento racial, vigilancia, exceso de control policial, persecución injusta, uso de armas menos letales y a rmas de fuego, conductas indebidas y uso excesivo de la fuerza por parte de los agentes del orden y prisión preventiva.
27. Las interacciones de las personas africanas y afrodescendientes con las fuerzas del orden se caracterizan por prejuicios implícitos que conducen a controles innecesarios basados en una presunción de criminalidad 22, especialmente en el caso de los jóvenes 23. En consecuencia, son atacados no por sus actos, sino por lo que se percibe que son 24.
28. El Mecanismo recibió información que apunta a que, en los Estados Unidos de América, a los afroamericanos se les da el alto y se los cachea y detiene en mayor proporción
28. El Mecanismo recibió información que apunta a que, en los Estados Unidos de América, a los afroamericanos se les da el alto y se los cachea y detiene en mayor proporción que a los ciudadanos blancos 25. Un estudio en el que se analizaron casi 100 millones de controles de tráfico reveló que hay un 43 % más de probabilidades de que la policía de los Estados Unidos dé el alto a conductores negros que a conductores blancos 26. En el caso de los peatones, los informes indican que en los controles de identificación y cacheo se dan
19 A/HRC/57/67, párr. 33. 20 Véase la comunicación de la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia del Consejo de Europa. 21 A/HRC/57/71/Add.1, párr. 37; y A/HRC/60/75/Add.1, párrs. 43 y 44. Véanse también los documentos de sesión del Mecanismo que contienen el informe sobre su visita a Suecia (párrs. 30 y 31) y el informe sobre su visita a los Estados Unidos de América (párr. 35) en https://www.ohchr.org/en/hrc-subsidiaries/expert-mechanism-racial-justice-law-enforcement/countryvisits. 22 Comunicación del Programa de Derechos Humanos de la Universidad de Minnesota, pág. 2. 23 Comunicación de Ilex Acción Jurídica, pág. 2. 24 Comunicación del Programa de Derechos Humanos de la Universidad de Minnesota, pág. 2. 25 Comunicación de Partners for Transparency. 26 Véase https://5harad.com/papers/100M-stops.pdf, mencionado en la presentación del Southern Poverty Law Center.A/HRC/60/75
25 Comunicación de Partners for Transparency. 26 Véase https://5harad.com/papers/100M-stops.pdf, mencionado en la presentación del Southern Poverty Law Center.A/HRC/60/75 GE.25-12948 7 disparidades raciales similares27. La vigilancia selectiva e injusta de las comunidades negras también impide la libertad de expresión y asociación28.
29. Las investigaciones muestran que, en el Canadá, las personas africanas y afrodescendientes son objeto de un número desproporcionado de controles policiales de identificación y cacheo y representan un porcentaje excesivo de las detenciones relacionadas con delitos leves que implican un alto grado de discrecionalidad policial 29. Una reciente investigación pública sobre el perfilamiento racial y la discriminación por parte del Servicio de Policía de Toronto concluyó que en las interacciones con la policía había discriminación racial sistémica, perfilamiento racial, racismo contra las personas negras y una flagrante desproporción en el número de personas africanas y afrodescendientes que eran víctimas del uso excesivo de la fuerza30.
30. Se informó al Mecanismo de que, en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, las personas negras tienen 2,2 veces más probabilidades de ser detenidas que las personas blancas31 y 4,1 veces más probabilidades de que se les dé el alto y se las cachee 32; asimismo, es 3,4 veces más probable que la policía de Inglaterra y Gales use la fuerza letal contra las personas negras que contra las personas blancas 33. En Francia, las personas africanas y afrodescendientes tienen 20 veces más probabilidades de que la policía les dé el
contra las personas negras que contra las personas blancas 33. En Francia, las personas africanas y afrodescendientes tienen 20 veces más probabilidades de que la policía les dé el alto para un control de identidad que el resto de la población 34. En Suecia, al 51 % de los ciudadanos afrodescendientes la policía les había dado el alto en los cinco años anteriores debido a su origen étnico o a sus antecedentes migratorios 35. El uso generalizado del perfilamiento racial contra personas africanas y afrodescendientes generó desconfianza hacia este grupo en el sistema de justicia penal36.
31. Se informó al Mecanismo de que, en Colombia, se suele asociar a las personas afrodescendientes con la delincuencia, lo que da lugar a prácticas diferenciadas y discriminatorias por parte de las fuerzas del orden. Además, tienen más probabilidades de ser detenidas y mantenidas bajo custodia policial, incluso en casos de delitos leves. Del mismo modo, se recurre de forma desproporcionada a la prisión preventiva para este segmento de la población37.
32. Los índices desproporcionados de controles de identificación y cacheo conducen a detenciones arbitrarias, un uso excesivo de la prisión preventiva y prácticas de enjuiciamiento discriminatorias contra las personas africanas y afrodescendientes 38. La carga que supone la injusta prisión preventiva se ve agravada por las elevadas fianzas que se les imponen, las cuales, por ejemplo en los Estados Unidos, son mayores que las de las personas blancas 39.
Además, las desigualdades económicas y sociales estructurales a las que se enfrentan las personas africanas y afrodescendientes hacen que les resulte difícil permitirse una representación legal adecuada, por lo que es más probable que permanezcan en prisión preventiva.
Además, las desigualdades económicas y sociales estructurales a las que se enfrentan las personas africanas y afrodescendientes hacen que les resulte difícil permitirse una representación legal adecuada, por lo que es más probable que permanezcan en prisión preventiva.
27 Comunicación conjunta de Advocates for Human Rights, Witness to Innocence y la Coalición Mundial contra la Pena de Muerte. 28 Comunicación del NAACP Legal Defense and Educational Fund. 29 Comunicación de la Comisión de Derechos Humanos de Ontario. 30 Véase también A/HRC/57/67, párr. 33. 31 Véase https://www.ethnicity-facts-figures.service.gov.uk/crime-justice-and-the-law/policing/numberof-arrests/latest/ (consultado por última vez el 8 de septiembre de 2025). 32 Véase https://yjlc.uk/resources/legal-updates/racial-disparity-stop-and-search-new-report-callsgreater-scrutiny-self. 33 Comunicación de Partners for Transparency, pág. 2. 34 Lara Bullens, “Police violence: how can France tackle racial profiling without first addressing race?”, France 24, 9 de julio de 2023. 35 Comunicación de Partners for Transparency. 36 Comunicación de la Comisión Canadiense de Derechos Humanos. 37 Comunicación de Ilex Acción Jurídica. 38 Comunicación de Maat for Peace, Development and Human Rights Association. 39 Véase el documento de sesión del Mecanismo que contiene el informe sobre su visita a los Estados Unidos, párr. 87; y Connor Concannon y Chongmin Na, “Examining racial and ethnic disparity in prosecutor’s bail requests and downstream decision-making”, Race and Social Problems, vol. 16,
Unidos, párr. 87; y Connor Concannon y Chongmin Na, “Examining racial and ethnic disparity in prosecutor’s bail requests and downstream decision-making”, Race and Social Problems, vol. 16, núm. 1 (2023).A/HRC/60/75 8 GE.25-12948
33. El Mecanismo opina que el uso de la inteligencia artificial, incluidas las herramientas predictivas en la vigilancia policial y en el sistema de justicia penal, puede obstaculizar aún más el principio de presunción de inocencia en lo relativo a las per sonas africanas y afrodescendientes. La categorización de estas personas como propensas a cometer delitos y actos violentos por parte de la inteligencia artificial y los algoritmos 40 es una forma inaceptable de perfilamiento racial, que puede tener consecuencias nefastas para su derecho a un juicio imparcial. Al hacer extrapolaciones basándose en conjuntos de datos existentes, los algoritmos predictivos crean un peligroso círculo vici oso en el que los prejuicios del pasado conducen a prejuicios futuros41.
2. Durante el juicio
34. El Mecanismo recibió información
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