Consejo de Estado - 11001031500020260359900 - Auto interlocutorio - Auto que resuelve sobre retiro de la demanda - 11001031500020
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- Consejo de Estado - 11001031500020260359900 - Auto interlocutorio - Auto que resuelve sobre retiro de la demanda - 11001031500020
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Bogotá, D.C., veintidós (22) de mayo de dos mil veintiséis (2026)
Referencia: Acción de tutela
Parte actora: Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta
Parte accionada: AIR-E ESP Expediente: 11001-03-15-000-2026-03599-00
Auto que acepta retiro de acción de tutela
El Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta promovió acción de tutela contra la empresa AIR-E ESP por la presunta vulneración del derecho fundamental de petición.
Encontrándose el expediente para resolver sobre la admisión de la presente acción de tutela, la parte accionante informó que: “[…] por error involuntario se envió acción de tutela al honorable Consejo de Estado, pero esta ya antes se había recepcionado por el Juzgado Tercero Civil Municipal bajo Radicado 47-001-4053-003-2026-00412-00, por lo tanto solicita de manera respetuosa hacer caso omiso de esta acción de tutela presentada ante el consejo de Estado […]”.
En razón a lo anterior, este despacho infiere que lo pretendido por la parte accionante es solicitar el retiro de la acción de tutela referencia por haberse presentado por error dos veces, por tanto, se accederá a ello.
En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, Sala Unitaria,
RESUELVE:
PRIMERO: ACCEDER al retiro de la acción de tutela de la referencia y, en consecuencia, REMITIR los documentos que integran el presente expediente a la
Administrativo, Sección Primera, Sala Unitaria,
RESUELVE:
PRIMERO: ACCEDER al retiro de la acción de tutela de la referencia y, en consecuencia, REMITIR los documentos que integran el presente expediente a la parte accionante.Número único de radicación: 11001-03-15-000-2026-03599-00
SEGUNDO: Una vez cumplido lo anterior, por Secretaría General de la Corporación archívese el presente expediente y efectúense las anotaciones de rigor.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
PABLO ANDRÉS CÓRDOBA ACOSTA
Consejero de Estado
La presente providencia fue firmada electrónicamente por el Consejero de Estado en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.