Consejo de Estado - 41001233300020180025101 - Auto interlocutorio - Auto que admite recurso de apelación - 41001233300020180025101 - 2026
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Detalles
- Título
- Consejo de Estado - 41001233300020180025101 - Auto interlocutorio - Auto que admite recurso de apelación - 41001233300020180025101 - 2026
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2026
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN C
Consejero ponente: WILLIAM BARRERA MUÑOZ
Bogotá, D.C., treinta (30) de enero de dos mil veintiséis (2026)
Número interno: 73.828
Radicación: 41001-23-33-000-2018-00251-01
Actor: Constructora Santa Lucía S.A.S.
Demandado: Municipio de Neiva
Asunto: Reparación directa
APELACIÓN DE SENTENCIA CPACA -Admisión Ley 2080 de 2021. APELACIÓN DE SENTENCIA -El expediente ingresa para fallo si no se solicitan pruebas en segunda instancia.
Corresponde al Despacho decidir sobre la admisión del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, Constructora Santa Lucía S.A.S. 1, contra la sentencia del 19 de agosto de 2025, proferida por el Tribunal Administrativo de l Huila, que negó las pretensiones de la demanda2.
Por cumplir con los requisitos previstos en el artículo 247 del CPACA, modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 150 del CPACA, se dispone ADMITIR el recurso de apelación referido.
Ejecutoriado este auto, por Secretaría, INGRESAR el expediente para pronunciarse sobre las solicitudes probatorias o para fallo, según el caso.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
WILLIAM BARRERA MUÑOZ
FGC|VF
sobre las solicitudes probatorias o para fallo, según el caso.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
WILLIAM BARRERA MUÑOZ FGC|VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador. Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema SAMAI.
1 SAMAI, índice 63 de primera instancia. 2 SAMAI, índice 58 de primera instancia.