CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 007236 de 1951
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 007236 de 1951
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 1951
« Como Presidente del Consejo de Seguridad, he blemas que le han sido confiados, a más tardar seis tratado de resumir el sentido general de los debates semanas después de la entrada en vigor de la presente en el Consejo de Seguridad sobre este tema, acompa resolución. ñandose al presente las actas correspondientes» 7• Aprobada en la S66a. sesión por 9 votos contra ninguno Aprobada por 9 votos contra y 2 abstenciones ( India, UnúJn. ninguno y 2 abstenciones de Repúblicas Socialistas ( India, Unión de Repúblicas Soviéticas). Socialistas Soviéticas). 96 (1951). Resolución de 10 de noviembre de 1951 LA CUESTION DE PALFSTINA 11 [S/2392] 92 (1951). Resolución de 8 de mayo de 1951 El Consejo de Seguridad, [S/2130] Habiendo recibido y tomado nota del informe del Sr. Frank Graham, Representante de las Naciones El Consejo de Seguridad, Unidas para la India y el Pakistán s, sobre la misión Recordando sus resoluciones 54 (1948), de 15 de que le confió el Consejo en su resolución 91 (1951), julio de 1948; 73 (1949), de 11 de agosto de 1949, y 89, de 30 de marzo de 1951, y habiendo escuchado la decla (1950), de 17 de noviembre de 1950 ración formulada por el Sr. Graham ante el Consejo el 18 de octubre de 1951 9, Observando con preocupación que ha comenzado la lucha en la zona desmilitarizada establecida por el
Tomando nota con aprobación de los principios fun Acuerdo General de Armisticio entre Israel y Siria de damentales de un programa de desmilitarización cuya 20 de julio de 1949 12 y que la lucha continúa, pese a ejecución serla compatible con los compromisos ante la orden de cesar el fuego emitida el 4 de mayo de 1951 riores de las partes, que fue formulado por el Repre por el Jefe de Estado Mayor interino del Organismo sentante de las Naciones Unidas en la comunicación de las Naciones Unidas encargado de la vigilancia de que dirigió, el 7 de septiembre de 1951, a los Primeros la tregua en Palestina, Ministros de la India y del Pakistán 10, Exhorta a las partes o personas, en las zonas corres l. Toma nota con satisfacción de que ambas partes pondientes, a que abandonen la lucha, y señala a la han manifestado estar de acuerdo con aquella sección atención de las partes sus obligaciones con arreglo al de las propuestas del Sr. Graham que reafirman la párrafo 4 del Articulo 2 de la Carta de las Naciones determinación de los dos Gobiernos de procurar un arreglo pacifico, su deseo de respetar el acuerdo de Unidas y a la resolución 54 (1948) del Consejo de Segu ridad, y sus compromisos conforme al Acuerdo cesación del fuego y su aceptación del principio de que la incorporación del Estado de Jammu y Cachemira General de Armisticio; y, en consecuencia, las exhorta a deberla decidirse mediante un plebiscito libre e impar cumplir las obligaciones y compromisos. cial, celebrado bajo los auspicios de las Naciones Uni
Aprobada en la 545a. sesión das; por 10 votos contra ninguno y 1 abstenci6n (Unión de
2. Encarga al Representante de las Naciones Unidas Repúblicas Socialistas Sovié que continúe sus esfuerzos encaminados a lograr que ticas). las partes convengan en un plan para llevar a la prác tica la desmilitarización del Estado de Jammu y Cache mira; 93 (1951). Resolución de 18 de mayo de 1951
3. Exhorta a las partes a cooperar plenamente con el [S/2157] Representante de las Naciones Unidas en sus esfuerzos por resolver las divergencias pendientes entre ellas; El Consejo de Seguridad,
4. Encarga al Representante de las Naciones Unidas Considerando sus resoluciones 54 (1948), de 15 de julio que informe al Consejo de Seguridad sobre sus esfuer de 1948; 73 (1949), de 11 de agosto de 1949; 89 (1950), zos, y que le comunique su opinión respecto de los prode 17 de noviembre de 1950, y 92 (1951), de 8 de mayo de 1951, relativas a los Acuerdos Generales de Armis 7 Esta comunicación fue enviada por telégrafo y por ello como ticio concertados entre Israel y los Estados árabes se convino en el Consejo durante el debate, se cambiai!on ]as vecinos, así como las disposiciones contenidas en aqué últimas palabras para decir « enviándose las actas completas por llos sobre los métodos para la observancia del armis correo aéreo». El texto del telegrama se distribuyó como docu
mento S/2181 (mimeografiado). ticio y la solución de las controversias mediante las 8 A.etas Oficiales del Consejo de Seguridad, Sexto Alto, Suple mento Especial N.0 2, documento S/2375. 11 El Consejo adoptó también resoluciones o decisiones sobre 11 Ihld., Sexto A.lto, 564a. sesión. esta cuestión en 1947, 1948, 1949 y 1950. 10 Ihld., Sexto Alfo, Suplemento Especial N. 0 2, documento S/2375, 12 Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Cuarto Alto, anexo 2. Suplemento Especial N.0 2. 3