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CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 010981 de 1956

Consejo de Seguridad

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Detalles

Título
CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 010981 de 1956
Autor
Consejo de Seguridad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
1956

ticio General y, en particular, utilizar plenamente los b) Que den a los observadores de las Naciones Unidas servicios de la Comisión Mixta de Armisticio para la plena libertad de movimiento a lo largo de las líneas interpretación y aplicación de sus disposiciones. de demarcación del armisticio, en las zonas desmili tarizadas y en las zonas defensivas; Aprobada por unanimidad en c) Que concierten arreglos locales para prevenir fa 715a. sesión. incidentes y para determinar prontamente cualquier violación de los Acuerdos de Armisticio;

Decisión

4. Insta a las partes en los Acuerdos de Armisticio General a que colaboren con el Secretario General en En su 717a. sesión, celebrada el 26 de marzo de 1956, el cumplimiento de la presente resolución; el Consejo decidió invitar a los representantes de Egipto, Israel, Jordania, Líbano y Siria a participar, sin dere 5. Pide al Secretario General que informe al Consejo cho de voto, en la discusión del tema titulado « La en la fecha que estime conveniente pero, a más tardar, cuestión de Palestina: grado de observancia de los dentro de un mes, acerca del cumplimiento de la presente Acuerdos de Armisticio General y de las resoluciones resolución a fin de que le sea posible al Consejo consi del Consejo de Seguridad aprobadas durante el último derar qué nuevas medidas podrían ser necesarias. » año (S/3561) » 5_ Aprobada por unanimidad en la 722a. sesión. 113 (1956). Resolución de 4 de abril de 1956

[S/3575] 114 (1956). Resolución de 4 de junio de 1956

[S/3605] El Consejo de Seguridad, Recordando sus resoluciones 107 (1955) de 30 de El Consejo de Seguridad, marzo de 1955, 108 (1955) de 8 de septiembre de 1955 Recordando sus resoluciones 113 (1956) de 4 de abril y 111 (1956) de 19 de enero de 1956, de 1956 y 73 (1949) de 11 de agosto de 1949, Recordando que en cada una de dichas resoluciones Habiendo recibido el informe del Secretario General el Consejo de Seguridad pidió al Jefe de Estado Mayor sobre la reciente misión que ha realizado por encargo del Organismo de Vigilancia de la Tregua y a las partes en los Acuerdos de Armisticio General a que se refe del Consejo de Seguridad 7, rían dichas resoluciones, que adoptaran ciertas medidas Tomando nota de los pasajes del informe (sección III específicas para lograr que disminuyera la tirantez en y anexos 1-IV) relativos a las seguridades que todas las lineas de demarcación del armisticio, las partes en los Acuerdos de Armisticio General 6 Advirtiendo con gran inquietud que, a pesar de los han dado al Secretario General de respetar incondi esfuerzos del Jefe de Estado Mayor, no se han adop cionalmente la cesación de hostilidades, tado las medidas aconsejadas. Tomando nota también de que se ha progresado hacia l. Considera que la situación que existe actualmente la adopción de las medidas específicas señaladas en el entre las partes en cuanto a la ejecución de los Acuerdos tercer párrafo de la parte dispositiva de la resolución

de Armisticio y la observancia de las resoluciones del 113 (1956) del Consejo de Seguridad, Consejo antes mencionadas es de tal naturaleza que su Tomando nota, sin embargo, de que aún no se observan prolongación podría poner en peligro el mantenimiento íntegramente los Acuerdos de Armisticio General ni de la paz y la seguridad internacionales; las resoluciones 107 (1955), 108 (1955 y 111 (1956) del

2. Pide al Secretario General que, como asunto de Consejo, y de que aún no se ha llegado a un acuerdo la mayor urgencia, emprenda el estudio de los distintos completo sobre las medidas señaladas en el párrafo 3 aspectos de la ejecución y observancia de los cuatro de la parte dispositiva de la resolución 111 (1956) Acuerdos de Armisticio General 6 y de las referidas del Consejo de Seguridad, y de que tales medidas no resoluciones del Consejo; se han puesto plenamente en ejecución,

3. Pide al Secretario General que gestione con las Creyendo que habría que hacer ahora nuevos pro partes la adopción de las medidas que, después de dis gresos en cuanto a la consolidación de los resultados cutir con las partes y con el Jefe de Estado Mayor, obtenidos de la misión del Secretario General y a la estime convenientes para reducir la tirantez existente plena aplicación de los Acuerdos de Armisticio por en las lineas de demarcación del armisticio, y entre las partes, ellas, las siguientes medidas: 1. Elogia al Secretario General y a las partes por los progresos ya logrados; a) Que las partes retiren sus fuerzas de las lineas

de demarcación del armisticio; 2. Declara que las partes en los Acuerdos de Armisticio deberían aplicar sin demora las medidas ya convenidas 5 ]bid., Undécimo Afio, Suplemento de enero, febrero y marzo con el Secretario General y cooperar con el Secretario de 1956. 6 Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Cuarto Afio, 7 Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Undécimo Afio, Suplementos Especiales N. 0• 1, 2, 3 y 4. Suplemento de abril, mayo y junio de 1956, documento S/3596. 2 General y con el Jefe de Estado Mayor del Organismo RECLAMACION DE FRANCIA Y de las Naciones Unidas de Vigilancia de la Tregua en DEL REINO UNIDO EN CONTRA DE EGIPTO Palestina para dar efectividad a las otras propuestas prácticas de ambos, en cumplimiento de la resolución Decisiones 113 (1956), con miras a la cabal aplicación de dicha resolución y a la cabal observancia de los Acuerdos En su 734a. sesión, celebrada el 26 de septiembre de Armisticio; de 1956, el Consejo decidió invitar al representante de

3. Declara que debe respetarse la plena libertad de Egipto a participar, sin derecho de voto, en la discu movimiento de los observadores de las Naciones Unidas sión del terna titulado « Situación creada por la acción a lo largo de las lineas de demarcación del armisticio, unilateral del Gobierno egipcio al dar fin al sistema de en las zonas desmilitarizadas y en las zonas defensivas, gestión internacional del Canal de Suez, sistema confir

tal como se definen en los Acuerdos de Armisticio, de mado y completado por la Convención de 1888 rela modo que puedan cumplir sus funciones; tiva al Canal de Suez (S/3654) » 9 cuando el Consejo iniciara la consideración de esta cuestión en su siguiente

4. Hace suya la opinión del Secretario General de sesión. que el restablecimiento de las condiciones en que ten En su 735a. sesión, celebrada el 5 de octubre de 1956, gan cabal observancia los Acuerdos de Armisticio el Consejo decidió aplazar hasta más adelante toda representa una etapa que hay que superar para hacer decisión sobre las solicitudes formuladas por Israel 10 y posible el avance con respecto a las cuestiones prin por Arabia Saudita, Irak, Jordania, Líbano, Libia, Siria cipales que aún deben resolverse entre las partes; y Yemen 11 para participar en la discusión de la cuestión.

5. Pide al Jefe de Estado Mayor que continúe asegu En su 738a. sesión, celebrada el 9 de octubre de 1956, rando el respeto de la cesación de hostilidades conforme el Consejo decidió continuar su consideración del tema a lo dispuesto en la resolución 73 (1949) del Consejo en sesión privada. de Seguridad y que informe al Consejo de Seguridad En su 742a. sesión, celebrada el 13 de octubre de cada vez que una medida tomada por una de las partes 1956, el Consejo decidió invitar a los representantes en un Acuerdo de Armisticio constituya una grave

de Israel, Arabia Saudita, Irak, Jordania, Líbano, Libia,

violación de dicho Acuerdo o de la cesación de hosti lidades, y estime que tal medida exige un examen inme Siria y Yemen, que habían solicitado participar en la diato por el Consejo de Seguridad; discusión (véase supra), a presentar las opiniones de sus Gobiernos en forma de declaraciones escritas que

6. Invita a las partes en los Acuerdos de Armisticio serían distribuidas por el Presidente. a tomar las medidas necesarias para ejectuar la presente resolución, aumentando así la confianza y demostrando su deseo de paz; 118 (1956). Resolución de 13 de octubre de 1956

7. Pide al Secretario General que siga poniendo sus [S/3675] buenos oficios a disposición de las partes, con miras El Consejo de Seguridad, a la cabal observancia de la resolución 113 (1956) y a la cabal aplicación de los Acuerdos de Armisticio, Tomando nota de las declaraciones formuladas en y que informe al Consejo de Seguridad cuando sea él y de las exposiciones que sobre las conversaciones procedente. preliminares acerca de la cuestión de Suez han formu lado el Secretario General de las Naciones Unidas y Aprobada por unanimidad en la 728a. sesión. los Ministros de Relaciones Exteriores de Egipto, Francia y el Reino Unido; Acuerda que toda solución de la cuestión de Suez

Decisiones deberá reunir las siguientes condiciones: En su 714a. sesión, celebrada el 19 de octubre de 1956, 1) El paso por el Canal permanecerá libre y estará el Consejo decidió invitar a los representantes de Jorda abierto sin discriminación manifiesta o encubierta, tanto

nia y de Israel a participar, sin derecho de voto, en la en lo que se refiere al aspecto político corno al técnico; discusión de las reclamaciones de Jordania contra 2) La soberanía de Egipto será respetada; Israel (S/3678) 8 y de Israel contra Jordania (S/3682) B_ 3) El funcionamiento del Canal deberá quedar ais En su 748a. sesión, celebrada el 30 de octubre de lado de la política de todos los países; 1956, el Consejo decidió invitar a los representantes de 4) El modo de fijar los derechos de tránsito y los Egipto y de Israel a participar, sin derecho de voto, en gastos respectivos se determinará por medio de un la discusión del tema titulado « Carta, de 29 de octubre acuerdo entre Egipto y los usuarios; de 1956, dirigida al Presidente del Consejo de Segu 5) Se dedicará al mejoramiento del Canal una pro ridad por el representante de los Estados Unidos de porción equitativa de las sumas percibidas; América, relativa a « La cuestión de Palestina: medidas para lograr la suspensión inmediata de la acción militar 9 /bid., Suplemento de julio, agosto y septiembre de 1956. de Israel en Egipto» (S/3706) s_ 10 /bid., Suplemento de octubre, noviembre y diciembre de 1956, documento S/3663. 8 lbid., Suplemento de octubre, noviembre y diciembre de 1956. 11 /bid., documento S/3664. 3

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