CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 022782 de 1966
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 022782 de 1966
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 1966
Resolución 220 (1966) de las Naciones Unidas en Chipre si se quiere mante ner la paz en la isla, de 16 de marzo de 1966 Tomando nota de que el Gobierno de Chipre ha El Consejo de Seguridad, convenido en que, en vista de las condiciones existentes en la isla, es necesario mantener en ella la Fuerza des Tomando nota de que en el informe del Secretario pués del 26 de junio de 1966, General de 10 de marzo de 19663 se afirma que en las actuales circunstancias sigue siendo necesaria la Fuerza l. Reafirma sus resoluciones 186 ( 1964) de 4 de de las Naciones Unidas en Chipre si se quiere mantener marzo, 187 (1964) de 13 de marzo, 192 (1964) de la paz en la isla, 20 de junio, 193 (1964) de 9 de agosto, 194 (1964) de 25 de septiembre y 198 (1964) de 18 de diciem Tomando nota de que el Gobierno de Chipre ha bre de 1964, 201 (1965) de 19 de marzo, 206 ( 1965) convenido en que, en vista de las condiciones existentes de 15 de junio, 207 ( 1965) de 1O de agosto, 219 en la isla, es necesario mantener en ella la Fuerza des (1965) de 17 de diciembre de 1965 y 220 (1966) de pués del 26 de marzo de 1966, 16 de marzo de 1966, así como el consenso expresado Tomando nota de que, según el informe del Secre por el Presidente en la 1143a. sesión celebrada el 11 de tario General, el problema básico continúa sin resolver,
agosto de 1964. l. Reafirma sus resoluciones 186 ( 1964) de 4 de
2. Exhorta a las partes interesadas a que actúen marzo, 187 (1964) de 13 de marzo, 192 (1964) de con la mayor moderación y a que hagan decididos es 20 de junio, 193 (1964) de 9 de agosto, 194 (1964) fuerzos para alcanzar los objetivos del Consejo de de 25 de septiembre y 198 (1964) de 18 de diciembre Seguridad; de 1964, 201 (1965) de 19 de marzo, 206 (1965) de 15 de junio, 207 ( 1965) de 10 de agosto y 219 (1965) 3. Prorroga, por un plazo de seis meses que expi de 17 de diciembre de 1965, así como el consenso rará el 26 de diciembre de 1966, el estacionamiento de expresado por el Presidente en la 1143a. sesión, cele la Fuerza de las Naciones Unidas en Chipre creada brada el 11 de agosto de 1964; por resolución 18 6 (1964) del Consejo de Seguridad,
2. Exhorta a las partes interesadas a que actúen con con la firme esperanza de que al terminar ese plazo la mayor moderación y a que hagan decididos esfuer se hayan realizado apreciables progresos hacia una so zos para alcanzar los objetivos del Consejo de Se lución a fin de que sea posible retirar o reducir sustan guridad; cialmente la fuerza.
Aprobada por unanimidad
3. Prorroga nuevamente, por un plazo de tres meses en la 1286a. sesión. que expirará el 26 de junio de 1966, el estacionamiento
en Chipre de la Fuerza de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz, creada por resolución 186 ( 1964) del Consejo de Seguridad, con la firme espe ranza de que al terminar ese plazo se hayan realizado Decisión apreciables progresos hacia una solución. Aprobada por unanimidad En su 1338a. sesión, celebrada el 15 de diciembre en la 1275a. sesión. de 1966, el Consejo decidió invitar a los representantes de Chipre, Turquía y Grecia a participar, sin voto, en la discusión del informe del Secretario General sobre la Operación de las Naciones Unidas en Chipre co Decisión rrespondiente al período del 11 de junio al 5 de di ciembre de 19665• En su 1286a. sesión, celebrada el 16 de junio de 1966, el Consejo decidió invitar a los representantes de Chipre, Turquía y Grecia a participar, sin voto, en la discusión del informe del Secretario General sobre la Operación de las Naciones Unidas en Chipre corres Resolución 231 (1966) pondiente al período del 11 de marzo al 10 de junio de 15 de diciembre de 1966 de 19664
- El Consejo de Seguridad, Tomando nota de que en el informe del Secretario General de 8 de diciembre de 19665 se afirma que en Resolución 222 (1966) las actuales circunstancias sigue siendo necesaria la de 16 de junio de 1966 Fuerza de las Naciones Unidas en Chipre si se quiere mantener la paz en la isla; El Consejo de Seguridad, Tomando nota de que el Gobierno de Chipre ha con
venido en que, en vista de las condiciones existentes Tomando nota de que en el informe del Secretario en la isla, es necesario mantener en ella la Fuerza des General de 10 de junio de 19664 se afirma que en las pués del 26 de diciembre de 1966; actuales circunstancias sigue siendo necesaria la Fuerza 4 [bid., Suplemento de abril, mayo y junio de 1966, docu5 lbid., Suplemento de octubre, noviembre y diciembre de mentos S/7350 y Add.1. 1966, documentos S/7611 y Add.1. 2