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CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 022788 de 1966

Consejo de Seguridad

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Detalles

Título
CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 022788 de 1966
Autor
Consejo de Seguridad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
1966

cidentes de represalias producidos en violación del 2. Censura a Israel por esta acción militar en gran Acuerdo de Armisticio General entre Israel y Jo rda escala efectuada en violación de la Carta de las Na nia19 y de la Carta de las Naciones Unidas, ciones Unidas y del Acuerdo de Armisticio General entre Israel y Jordania; Recordando las repetidas resoluciones del Consejo de Seguridad en las que se pide la cesación de los vio 3. Llama la atención de Israel sobre el hecho de lentos incidentes ocurridos a través de la línea de de que las acciones de represalia militar no pueden to marcación, y sin dejar de tener en cuenta los pasados lerarse y de que, si se repiten, el Consejo de Seguridad incidentes de esta índole, tendrá que estudiar nuevas y más eficaces medidas, como se prevé en la Carta, para asegurar que tales Reafirmando la necesidad de un estricto cumpli actos no habrán de repetirse; miento del Acuerdo de Armisticio General,

4. Pide al Secretario General que mantenga la si

l. Deplora la pérdida de vidas humanas y los gra tuación bajo estudio y que informe al Consejo de ves daños materiales que fueron consecuencia de la Seguridad cuando sea conveniente. acción del Gobierno de Israel llevada a cabo el 13 de Aprobada en la 1328a. se noviembre de 1966; sión por 14 votos contra ninguno y 1 abstención 19 !bid., Cuarto Año, Suplemento Especial No. 1. (Nueva Zelandia).

CUESTION RELATIVA A LA FRONTERA ENTRE EL YEMEN Y

LA FEDERACION DE ARABIA MERIDIONAL

Decisiones

En su 1296a. sesión, celebrada el 4 de agosto de 1966, el Consejo decidió invitar a los representantes de la República Arabe Unida y del Yemen a parti cipar, sin voto, en la discusión de una denuncia presentada por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte2-0. En su 1300a. sesión, celebrada el 16 de agosto de 1966, el Presidente leyó la siguiente declaración que representaba el consenso de los miembros del Con sejo: "El Presidente, habiendo notado que el debate realizado tiene su origen en una denuncia presentada por el representante del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte20 , y que la República Arabe Unida y el Yemen se oponen a los elementos sobre los cuales se basa la misma y que las decla raciones de los miembros del Consejo no han podido llevar a una solu ción construc_tiva en esta etapa, considera que está autorizado para pedir a las partes interesadas a que, cada una por su parte, contribuyan a dis minuir la tensión y para invitar al Secretario General a continuar sus buenos oficios en un intento por resolver la cuestión pendiente de conformidad con las partes interesadas." 2º lbid., Vigésimo Primer Año, Suplemento de julio, agosto y septiembre de 1966, documento S/7442. CUESTION RELATIVA A LA REPUBLICA DEMOCRATICA DEL CONGO Decisión Resolución 226 ( 1966) En su 1302a. sesión, celebrada el 30 de septiembre de 14 de octubre de 1966 de 1966, el Consejo decidió invitar a los representan

tes de la República Democrática del Congo, Portugal, El Consejo de Seguridad, la República Unida de Tanzania, Burundi, la Repú ~li~a Ce~troafricana y _el C?_ngo (Brazzaville) a par Habiendo oído las declaraciones del representante ticipar, sm voto, en la d1scus1on de una denuncia contra de la República Democrática del Congo y del repre Portugal presentada por la República Democrática del sentante de Portugal, 21 Congo . Torrumdo nota de la declaración del representante 21 Jbid., documento S/7503. de la República Democrática del Congo, el cual ha 6 afirmado que Angola bajo administración portuguesa l. Insta al Gobierno de Portugal a que, de acuerdo sirve de base de operaciones a mercenarios extranjeros con su propia declaración, no permita que mercenarios para inmiscuirse en los asuntos internos de la República extranjeros utilicen a Angola como base de operaciones Democrática del Congo, para inmiscuirse en los asuntos internos de la Repú Tomando nota también de la declaración del re blica Democrática del Congo; presentante de Portugal, el cual ha afirmado que en

2. Exhorta a todos los Estados a que se abstengan Angola no hay mercenarios, campamentos ni material o desistan de intervenir en los asuntos internos de la de guerra destinados a perturbar la paz en la Repú República Democrática del Congo; blica Democrática del Congo, Profundamente preocupado por la evolución de los 3. Pide al Secretario General que siga atentamente acontecimientos en esa región, el cumplimiento de la presente resolución.

Recordando las resoluciones pertinentes del Con Aprobada por unanimidad sejo de Seguridad y de la Asamblea General, en la 1306a. sesión. 7

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