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CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 024129 de 1967

Consejo de Seguridad

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Detalles

Título
CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 024129 de 1967
Autor
Consejo de Seguridad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
1967

239 (1967). Resolución de 10 de julio de 1967 241 (1967). Resolución de 15 de noviembre de 1967 El Consejo de Seguridad, El Consejo de Seguridad, Habiendo tomado conocimiento del mensaje del Go bierno del Congo contenido en el documento S /803129 , Preocupado por la grave situación creada en la Repú blica Democrática del Congo como consecuencia de los Habiendo discutido los graves acontecimientos en la ataques armados desencadenados contra ese país por República Democrática del Congo, fuerzas extranjeras de mercenarios, Preocupado por la amenaza que representa la inter Preocupado por que Portugal haya permitido a esos ferencia extranjera para la independencia y la inte mercenarios emplear el territorio de Angola bajo su gridad territorial de la República Democrática del administración como base de los ataques armados contra Congo, la República Democrática del Congo, l. Reafirma en especial el párrafo 2 de la resolución Teniendo presentes el apoyo y la ayuda que esos 226 (1%6) del Consejo de Seguridad de 14 de octubre mercenarios han continuado obteniendo de algunos de 1966; medios extranjeros para el reclutamiento y adiestra miento y el transporte y suministro de armas,

2. Condena a cualquier Estado que persista en per Preocupado por la amenaza que la organización ele mitir o tolerar el reclutamiento de mercenarios y en estas fuerzas representa para la integrielacl territorial proporcionarles medios con el objeto de derrocar los y la independencia de los Estados, gobiernos de Estados Miembros de las Naciones Unidas; Reafirmando las resoluciones 226 ( 1966), ele 14 ele octubre de 1%6 y 239 (1967), de 10 ele julio ele 1967,

3. Insta a los gobiernos a que procuren que su terri

1. Condena cualquier acto de injer~ncia en los asun torio y otros territorios bajo su control, así corno sus tos internos de la República Democrática del Congo; nacionales, no sean empleados para la planificación de la subversión, y el reclutamiento, adiestramiento y trán 2. Condena especialmente a Portugal por no haber sito de mercenarios destinados a derrocar el Gobierno impedido, violación de las •s usodichas resoluciones del de la República Democrática del Congo; Consejo de Seguridad, que los mercenarios emplearan el territorio de Angola bajo aclministraciótP·portuguesa

4. Decide que el Consejo de Seguridad permanecerá corno base de operaciones para ataques armados contra al tanto del asunto ;

la República Democrática del Congo;

5. Pide al Secretario General que siga atentamente 3. Exhorta a Portugal a que ponga fin inmeeliata el cumplimiento ele la presente resolución. mente, de conformidad con las mencionaelas resolu cicmes del Consejo de Seguridad, al suministro ele ayucla Aprobada por 1tnanilllidad en la 1367a . sesión. de cualquier clase a los mercenarios ;

4. Exhorta a todos los países que reciban mercena rios que hayan participado en los ataques armados Decisión contra la República Democrática del Congo, a adoptar las medidas pertinentes para impedirles que renueven En su 1372a. sesión, celebrada el 8 ele noviembre sus actividades contra cualquier Estado; de 1967, el Consejo decidió invitar a los representantes

5. Exhorta a todos los Estados Miembros a que

de la República Democrática del Congo, Portugal., colaboren con el Consejo de Seguridad en la aplicación Burundi, Zambia y Argelia a participar, sin derecho de la presente resolución; de voto, en el examen de una denuncia presentada el

6. Decide que el C0nsejo ele Seguridad continúe en 3 de noviembre ele 1967 por la República Democrática del Congo30 • cargado del asunto, y pide al Secretario General que siga 2tentamente el cumplimiento de la presente reso 20 !bid., docume;1to S/8031. lución. 30 !bid., Supleme11to de octubre, 110c-ic11Zbre y dicie111bre de Aprobada por 1t1ta11i111idad 1967, documento S/8218. en la 1378a. sesión.

PARTE II Otras cuestiones examinadas por el Consejo de Seguridad ADMISION DE NUEVOS MIEMBROS Naciones Unidas presentada por la República Popular EN LAS NACIONES UNIDAS31 del Yemen Meridional32• 243 (1967). Resolución de 12 de diciembre Recomienda a la Asamblea General que se admita a de 1967 la República Popular del Yemen Meridional como Miembro de las Naciones Unidas. El Consejo de Seguridad, Aprobada por 1tnanimidad Habiendo exa.minado la solicitud de admisión en las en la 1384a. sesión. 31 El Consejo adoptó también resoluciones o decisiones sobre 32 Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Vigésimo Se esta cuestión en 1946, 1947, 1948, 1949, 1950, 1952, 1955, gundo Aíio, Suplemento de octubre, noviembre y diciembre de

1956, 1957, 1958, 1960, 1961, 1962, 1963, 1964, 1965, 1966. 1967, documento S/8284. 6

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