CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 026075 de 1970
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 026075 de 1970
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 1970
RESOLUCIONES APROBADAS Y DECISIONES TOMADAS POR EL CONSEJO
DE SEGURIDAD EN 1970
Parte l. Cuestiones examinadas por el Consejo de Seguridad en cumplimiento de su responsabilidad de mantener la paz y la seguridad internacionales
LA SITUACION EN NAMIBIA1
Decisiones en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1960, En su 1527a. sesión, celebrada el 28 de enero de Reafirmando la resolución 2145 (XXI) de la Asam 1970, el Consejo decidió invitar al Pre~i?ente de~ <;on blea General, de 27 de octubre de 1966, por la cual sejo de las Naciones Unidas para Nar~ubia a r.arttc~par, las Naciones Unidas decidieron dar por terminado el sin voto, en el debate sobre el tema titulado La situa Mandato del Africa Sudoccidental y asumir la respon ción en Nambia: carta, de fecha 26 de enero de 1970, sabilidad directa del Territorio hasta su independencia, dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por los Reafirmando la resolución 264 ( 1969) del Consejo representantes de Af_g~nistán, Alto Vo~ta,_ Argelia, Bl! de Seguridad, de 20 de marzo de 1969, en la cual el rundi, Camboya, Cedan, Congo (Repu_bh~a D~f!l~ra Consejo reconoció la terminación del Mandato y se tica del), Chad, Chipre, Dahomey, Et1opia, F1hpmas, instó al Gobierno de Sudáfrica a que retirase inmedia Gabón Guinea, India Indonesia, Irak, Irán, Japón, tamente su administración del Territorio,
Jordania Kenia Kuwait, Laos, Líbano, Liberia, Libia, Reafirmando que la extensión de leyes sudafricanas Madaga;car, M~lasia, Malí, Marruecos, Mauricio, Mau al Territorio y su aplicación en él, juntamente con la ritania, Nepal, Níger, Nigeria, Paquistán, Rep~bl!ca continuación de los arrestos, juicios y subsiguiente Arabe Unida, República Popular del Congo, Repubhca emisión de sentencias respecto de namibianos por el Unida de Tanzania, Rwanda, Senegal, Sierra Leona, Gobierno de Sudáfrica constituyen actos ilegales y pa Singapur, Siria, Somalía, Sudán, T~il~ndia, Togo, T~ tentes violaciones de los derechos de los namibianos nez, Turquía, Uganda, Yemen Mend1onal, Yugoslavia afectados, de la Declaración Universal de Derechos y Zambia (S/9616 y Add.1)"2 • Humanos y del estatuto internacional del Territorio, En su 1529a. sesión, celebrada el 30 de enero de que se halla actualmente bajo la responsabilidad directa 1970, el Consejo decidió invitar a los representantes de las Naciones Unidas, de la India y del Paquistán a participar, sin voto, Recordando la resolución 269 ( 1969) del Consejo en el debate sobre el tema. de Seguridad, de 12 de agosto de 1969, l. Condena enérgicamente la negativa del Gobierno de Sudáfrica a cumplir las resoluciones de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad relativas a Namibia; Resolución 276 (1970)
2. Declara que la continuación de la presencia de
de 30 de enero de 1970 las autoridades sudafricanas en Namibia es ilegal y que, en consecuencia, todas las medidas adoptadas por El Consejo de Seguridad, el Gobierno de Sudáfrica en nombre de Namibia o en relación con el Territorio después de la terminación Reafirmando el derecho inalienable del pueblo de del Mandato son ilegales y carecen de validez; Namibia a la libertad y a la independencia reconocido
3. Declara asimismo que la actitud de desafío del 1 El Consejo adoptó también resoluciones o decisiones sobre Gobierno de Sudáfrica ante las decisiones del Consejo esta cuestión en 1968 y 1969. socava la autoridad de las Naciones Unidas; 2 El 28 de enero de 1970, Ghana y Yemen se agregaron a la lista de signatarios de esta carta (S/9616/ Add.2) Y, el 4. Considera que la continuación de la ocupación 29 de enero de 1970, se agregó el Camerún (S/9616/ Add.3): de Namibia por el Gobierno de Sudáfrica, en desafío véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Vigésimo Quinto Año, Suplemento de enero, febrero y marzo de 1970. de las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas 1 y de la Carta de las Naciones Unidas, tiene graves ción 276 (1970) del Consejo de Seguridad y habían consecuencias para fos derechos e intereses del pueblo acordado que el Subcomité continuase sus trabajos de Namibia; en conformidad con su mandato a fin de poder for
5. Insta a todos los Estados, especialmente a los mular sus recomendaciones al Consejo a fines de que tienen intereses económicos y de otra índole en junio de l 970 a más tardar.
Namibia, a abstenerse de toda gestión con el Gobierno de Sudáfrica que no esté de acuerdo con el párrafo 2 de la presente resolución;
6. Decide establecer, de conformidad con el artículo Decisión 28 de su reglamento provisional, vn Subcomité Especial del Consejo para que estudie, en consulta con el Secre En su 1550a. sesión, celebrada el 29 de julio de tario General, los medios y arbitrios con los que 1970, el Consejo, después de haber aprobado su orden puedan aplicarse eficazmente las resoluciones perti del día, procedió a considerar el siguiente tema titu nentes del Consejo, incluida la presente resolución, lado: de conformidad con las disposiciones apropiadas de "La situación en Namibia: la Carta, teniendo en cuenta la patente negativa de Sudáfrica a retirarse de Namibia, y para que presente "a) Informe del Subcomité Especial establecido en sus recomendaciones para el 30 de abril de 1970; cumplimiento de la resolución 276 ( 1970) del Consejo de Seguridad (S/9863)6
7. Pide a todos los Estados, así como a los orga ; nismos especializados y otros órganos pertinentes de "b) Carta, de fecha 22 de julio de 1970, dirigida las Naciones Unidas, que proporcionen al Subcomité al Presidente del Consejo de Seguridad por los toda la información y demás asistencia que pueda nece Representantes Permanentes de Burundi, Fin sitar en cumplimiento de la presente resolución; landia, Nepal, Sierra Leona y Zamhia ante las
Naciones Unidas (S/9886)"6
8. Pide asimismo al Secretario General que ayude •
en lo posible al Subcomité en el desempeño de su labor;
9. Decide reanudar el examen de la cuestión de Namibia tan pronto como se disponga de las reco mendaciones del Subcomité.
Resolución 283 (1970) Aprobada en la 1529a. se sión por 13 votos contra de 29 de julio de 1970 ninguno y 2 abstenciones (Francia y Reino Unido de El Consejo de Seguridad, Gran Bretaña e Irlanda del Norte). Reafirmando una vez más el derecho inalienable del pueblo de Namibia a la libertad y a la indepen dencia, reconocido en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1960, Reafirmando sus resoluciones 264 ( 1969) de 20 marzo de 1969 y 276 (1970) de 30 de enero de 1970, en las que el Consejo reconoció la decisión de la Asamblea General de dar por terminado el Mandato En relación con la aplicación de la resolución supra, del Africa Sudoccidental y asumir la responsabilidad el Presidente del Consejo de Seguridad anunció, en directa del Territorio hasta su independencia, y en las notas distribuidas como documentos del Consejo, las que se declaró ilegal y sin validez la continuación de siguientes medidas que habían sido aprobadas por el la presencia de las autoridades sudafricanas en Na Consejo: mibia, así como todos los actos realizados por dicho El 30 de enero de 1970, el Presidente hizo dis Gobierno en nombre de Namibia o en relación con tribuir una nota3, en la que expresaba que, después dicho Territorio después de la terminación del Man
de haberse celebrado consultas con todos los miem dato, bros del Consejo, se había decidido que el Sub Recordando su resolución 269 ( 1969) de 12 de comité establecido en cumplimiento de la resolución agosto de 1969, 276 (1970) del Consejo de Seguridad se compon Observando con gran preocupación la continua y dría de todos los miembros del Consejo. manifiesta negativa del Gobierno de Sudáfrica a acatar El 15 de mayo de 1970, el Presidente hizo dis las decisiones del Consejo de Seguridad que exigen tribuir una nota\ en la que expresaba que, después el retiro inmediato de Sudáfrica del Territorio, de haberse celebrado consultas con todos los miem bros del Consejo, éstos habían tomado nota del in Gravemente preocupado porque ha continuado la forme provisional5 presentado por el Subcomité aplicación en el Territorio de las leyes y procedimientos Especial establecido en cumplimiento de la resolujurídicos de Sudáfrica, en violación de la condición internacional del Territorio, 3 Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Vigésimo Reafirmando su resolución 282 (1970) de 23 de Quinto Año, Suplemento de enero, febrero y marzo de 1970, julio de 1970, sobre el embargo de armas contra el documento S/9632. Gobierno de Sudáfrica y la significación de dicha re4 lbid., Suplemento de a!J1il, moyo v junio de 1970, docu mento S/9803. 15 Jbid., documento S/9771. 6 [bid .. Suplemento de julio, agosto y septiembre de 1970. 2