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CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 029031 de 1974

Consejo de Seguridad

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Detalles

Título
CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 029031 de 1974
Autor
Consejo de Seguridad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
1974

la Fuerza de Emergencia de las Naciones Unidas 6. Toma nota también con satisfacción de la inten (S/11248)"6• ción del Secretario General de mantener en constante estudio los efectivos requeridos por la Fuerza, con miras a hacer reducciones y economías cuando la situación lo permita;

7. Exhorta a todos los Estados Miembros, y en particular a las partes interesadas, a que presten pleno Resolución 346 ( 1974 ) apoyo a las Naciones Unidas en la aplicación de la de 8 de abril de 1974 presente resolución;

8. Pide al Secretario General que informe al Con El Conse;o de Seguridad, se_jo en forma continua, como se solicitó en la resolu Recordando sus resoluciones 340 ( 1973) de 25 de ción 340 (1973). octubre y 341 (1973) de 27 de octubre de 1973

Aprobada en la 1765a. sesión y el acuerdo a que llegaron los miembros del Consejo por 13 votos contra ningunos. de Seguridad el 2 de noviembre de 19737, Habiendo examinado el funcionamiento de la Fuerza de Emergencia de las Naciones Unidas, creada en virtud de estas resoluciones, según los informes del Decisión Secretario General, Tomando nota de que, según el informe del Secre En su 1766a. sesión, celebrada el 15 de abril de tario General de 1 ° de abril de 1974 (S/11248), en 1974, el Consejo decidió invitar a los representantes las actuales circunstancias es necesaria la continuación del Líbano, Israel, la República Arabe Siria, Egipto,

de la operación de la Fuerza de Emergencia de las Kuwait y Arabia Saudita a participar, sin derecho de Naciones Unidas, voto, en el debate del tema titulado "La situación en

1. Expresa su agradecimiento a los Estados que el Oriente Medio: carta, de fecha 13 de abril de 1974, han enviado tropas para la Fuerza de Emergencia de dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por el las Naciones Unidas y a los que han hecho aportaciones Representante Permanente del Líbano ante las Naciones financieras y materiales voluntarias para el sosteni Unidas (S/11264 )"1\ miento de la Fuerza;

2. Expresa su agradecimiento al Secretario General por los esfuerzos que ha realizado para ejecutar las decisiones del Consejo de Seguridad relativas a la creación y el funcionamiento de la Fuerza de Emergen Resolución 347 (1974) cia de las Naciones Unidas; de 24 de abril de 1974

3. Elogia a la Fuerza de Emergencia de las Naciones Unidas por su contribución a los esfuerzos para lograr El Consejo de Seguridad, una paz justa y duradera en el Oriente Medio; Habiendo examinado el tema del orden del día que

4. Toma nota de la opinión del Secretario General figura en el documento S/ Agenda/1769/Rev. l, de que la separación de las fuerzas egipcias e israelíes Habiendo tomado nota del contenido de las cartas, es sólo un primer paso hacia la solución del problema de fechas 12 y 13 de abril de 197 4, del Representante del Oriente Medio y que la continuación de la opera ción de la Fuerza de Emergencia de las Naciones Unidas

Permanente del Líbano (S/112639, y S/11264), y de la carta, de fecha 11 de abril de 197 4, del Repre es indispensable no sólo para el mantenimiento de la sentante Permanente de Israel (S/11259)9, presente tranquilidad en el sector Egipto-Israel, sino también para ayudar, en caso necesario, en nuevos Habiendo escuchado las declaraciones del Ministro esfuerzos para el establecimiento de una paz justa y de Relaciones Exteriores del Líbano y del representante de Israel, duradera en el Oriente Medio, y, en consecuencia, decide, de acuerdo con la recomendación que figura Recordando sus resoluciones anteriores pertinentes, en el párrafo 68 del informe del Secretario General de Profundamente conturbado por la continuación de 1 ° de abril de 1974, prorrogar el mandato de la Fuerza los actos de violencia, de Emergencia de las Naciones Unidas, aprobado por Gravemente preocupado porque tales actos podrían el Consejo de Seguridad en su resolución 341 ( 1973), poner en peligro los esfuerzos que se están realizando por otro período de seis meses, es decir, hasta el 24 de para lograr una paz justa y duradera en el Oriente octubre de 1974; Medio,

5. Toma nota con satisfacción de que el Secretario

1. Condena la violación por Israel de la integridad General está haciendo todos los esfuerzos posibles para territorial y la soberanía del Líbano y pide una vez resolver en forma satisfactoria los problemas de la más al Gobierno de Israel que se abstenga de realizar Fuerza de Emergencia de las Naciones Unidas, incluso cualquier nueva acción militar y de hacer amenazas

los problemas urgentes mencionados en el párrafo 71 contra el Líbano; de su informe de 1 ° de abril de 1974; 8 Dos miembros (China e Irak) no participaron en la vo 6 Ibid., Suplemento de abril, mayo y junio de 1974. tación. 7 /bid., Vigésimo Octavo Año, Suplemento de octubre, no 9 Véase -:}etas Oficiales del Consejo de Seguridad, Vigésimo viembre y diciembre de 1973, documento S/11072. Noveno Ano, Suplemento de abril, mayo y junio de 1974. 3

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