CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 029046 de 1974
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 029046 de 1974
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 1974
el personal de la Fuerza de las Naciones Unidas para naza sumamente seria para la paz y da seguridad en el el Mantenimiento de la Paz en Chipre, como conse Mediterráneo oriental, cuencia directa de las aotividades militares que aún 1. Desaprueba formalmente la'> acciones militares prosiguen en Chipre, unilaterales emprendidas contra la República de Chipre; Recordando que la Fuerza de las Naciones Unidas 2. Insta a fas partes a respetar todas las disposi fue estacionada en Chipre con el pleno consentimiento siones de sus resoluciones anteriores, inclusive las re de los Gobiernos de Chipre, Turquía y Grecia, laitivas al retiro sin demora del territorio de la Repú Teniendo presente que en la resolución 355 (1974), plica de Chipre de todo el personal militar extranjero, de 1 ° de agosto de 1974, el Consejo de Seguridad pidió salvo el destacado allí en virtud de acuerdos interna al Secretario General que tomara las medidas apropia cionales; das a la luz de la declaración que había formulado en
3. Insta a las partes a reanudar sin demorn, en una la 1788a. sesión del Consejo, en la que se refirió al atmósfera de cooperación constructiva, las negociacio papel, las funciones y los efectivos de la Fuerza y las nes solicitadas en la resolución 353 (1974), negocia cuestiones conexas planteadas por los acontecimientos ciones cuyo resultado no debe ser ni obstacuHzado ni políticos más recientes respecto de Chipre, prejuzgado por la adquisición de ventajas derivadas de
1. Lamenta profundamente el hecho de que haya las operaciones militares;
habido muertos o heridos entre los miembros de la
4. Pide a1 Secretario General que le presente, si es Fuerza de las Naciones Unidas para el Mantenimiento necesario, un informe, con miras a la posible adopción de la Paz en Chipre; de nuevas medidas en pro del ,resitablecimiento de
2. Exige que todas las partes interesadas respeten condiciones pacíficas; plenamente la condición internacional de la Fuerza de
5. Decide seguir examinando la cuestión y mante las Naciones Unidas y se abstengan de adoptar cual nerse pronto para reunirse de inmediato a fin de exa quier medida que pueda poner en peligro la vida o la minar las medidas que exija la evolución de la situaseguridad de sus miembros; ción.
3. Insta a las partes interesadas a demostrar de Aprobada en la 1794a. se• manera firme, clara e inequívoca su disposición a cum sión por 11 votos contra plir los compromisos que han contraído a este •respecto; ninguno y 3 abstenciones
4. Exige además que todas las partes cooperen con ( lrak, República Socialista la Fuerza de las Naciones Unidas en el cumplimiento Soviética de Bielorrusia y Unión de Repúblicas Socia• de sus tareas, inclusive las funciones humanitarias, en listas Soviéticas)2B. todas las zonas de Chipre y con respecto a todos los sectores de la población de la isla;
5. Destaca el principio fundamental de que la condi ción y la seguridad de los miembros de ],a Fuerza de las Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Resolución 361 (1974) Chipre y, evidentemente, de cualquier otra fuerza de
las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz, de 30 de agosto de 1974 deben ser respetadas por las partes en toda circuns tancia. El Consejo de Seguridad, Aprobada en la 1793a. se Consciente de las responsabilidades especiales que sión por 14 votos contra recaen en él en virtud de la Carta de las Naciones ninguno21. Unidas, Recordando sus resoluciones 186 (1964) de 4 de marzo de 1964, 353 (1974) de 20 de julio, 354 (1974) de 23 de julio, 355 (1974) de 1 º de agosto, 357 (1974) de 14 de agosto, 358 (1974) y 359 (1974) de 15 de agosto y 360 (1974) de 16 de agosto de Resolución 360 (1974) 1974, de 16 de agosto de 1974 Observando que gran número de personas en Chipre han sido desplazadas y tienen urgente necesidad de El Consejo de Seguridad, asistencia humanitaria, Recordando sus resoluciones 353 (1974) de 20 de Teniendo presente el hecho de que uno de los pro julio, 354 (1974) de 23 de julio, 355 (1974) de 1 º de pósitos más importantes de las Naciones Unidas es agosto, 357 (1974) de 14 de agosto y 358 (1974) prestar asistencia humanitaria en situaciones como la de 15 de agosto de 1974, que reina actualmente en la isla, Observando que todos los Estados han afirmado su Observando también que el Alto Comisionado de respeto por la soberanía, la independencia y la inte las Naciones Unidas para los Refugiados ya ha sido
gridad :territorial de la República de Chipre, nombrado Coordinador de la Asistencia Humanitaria Vivamente preocupado por la agravación de la situa de las Naciones Unidas para Chipre, con la tarea de ción en Chipre, como consecuencia de las nuevas ope coordinar el socorro que han de proporcionar los pr0raciones militares, agravación que representa una amegramas y organismos de las Naciones Unidas y otras fuentes, 27 Un miembro (China) no participó en la votación. 2s Un miembro (China) no participó en la votación. 9 Habiendo examinado el informe del Secretario Ge En la misma sesión, el Consejo decidió también en neral que figura en el documento S/1147329 , viar una invitación al Sr. Vedat A. <;elik de confor l. Expresa su reconocimiento al Secretario Generail midad con el artículo 39 del reglamento provisional por el papel que ha desempeñado en lograr que se del Consejo. entablen conversaciones entre los dirigentes de las dos comunidades de Chipre;
2. Acoge con agrado este acontecimiento y exhorta a todos los interesados a proseguir las conversaciones en forma activa con la ayuda del Secretario General Resolución 364 ( 1974 ) y para bien del pueblo chipriota en su totalidad; de 13 de diciembre de 1974
3. Insta a todas las partes a que hagan cuanto esté en su poder para aliviar cl sufrimiento humano y ase El Consejo de Seguridad, gurar el 1:espeto de los derechos humanos fundamen Tornando nota de que, s_egún el informe del Secre tales de todas las personas y a que se abstengan de tario General de 6 de diciembre de 1974 (S/11568),
todo acto que pueda agravar la situación; en las actuales circunstancias sigue siendo necesaria la
4. Expresa su grave preocupación por la difícil si presenc~a ?e la Fuerz:a de las Naciones Unidas para el tuación de los refugiados y demás personas desplazadas Manterullllento de la Paz en Chipre para que lleve a como consecuencia de la situación en Chipre e insrta a c!lbo las_ tareas en que se halila empeñada actualmente, las partes interesadas, conjuntamente con el Secretario s1 ~e qmere qu~. se man,tenga la cesación del fuego en General, a buscar soluciones pacíficas a los problemas la isla y se fac1hte .Ja busqueda de un arreglo pacífico. de fos refugiados y a tomar medidas apropiadas para Tomando nota de las condiciones existentes en la asegurarles socorro y asistencia y para permitir que las isla según lo expuesto en el informe, personas que así lo deseen regresen a sus hogares en condiciones de seguridad; To mando nota asimismo de la declaración del Secre tario Generail, contenida en el párrafo 81 de su informe,
5. Pide al Secretario General que presente lo más de 9~e las partes interes~?as han manifestado su apro pronto posible un informe completo sobre la situación bac10n a la recomendac10n del Secretario General de de los refugiados y demás personas a que se refiere el párrafo 4 supra y decide mantener esrta situación en q~e el Consejo de Seguridad prolongue el estaciona miento de la Fuerz:a en Chipre por otros seis meses, constante examen;
6. Pide asimismo al Secretario General que siga Tomando nota de que el Gobierno de Chipre ha
proporcionando asistencia humanitaria de emergencia convenido en que, en vista de las condiciones existentes en la isla, es necesario mantener la Fuerza en Chipre d~ las Naci~nes Unidas a ~odas ~as partes de la pobla ción de ,Ia isla que necesiten dicha asistencia; después del 15 de diciembre de 1974,
7. Insta a todas las partes a que, como una muestra Tomando nota asimismo de la carta de fecha 7 de de buena fe, tomen, ,tanto individuaimente como en noviembre de 1974 (S/11557)80 dirigida al Presidente colabOTación unas con otras, todas las medidas que del Consejo de Seguridad püT el Secretario General puedan promover negociaciones amplias y fructíferas; junto con el texto de la resolución 3212 (XXIX), titu lada "Cuestión de Chipre", aprobada por unanimidad
8. Reitera su llamamiento a todas las partes a co por la Asamblea General e:n su 2275a. sesión plenaria operar plenamente con la Fuerza de las Naciones Uni celebrada el 1 º de noviembre de 1974 ' das para el Mantenimiento de la Paz en Chipre en el ' cumplimiento de sus tareas; Tomando nota además de que en la resolución 3212
(XXIX) se enuncian ciertos principios que ,tienen por
9. Expres~ ~a convicción de que la rápida aplicación objeto . facilitar la s~lución ,de los actuailes problemas de las d1Spos1c1ones de <la presente resolución contri de Chipre por medios pac1fiC06 de conformidad con buirán al logro de un arreglo saitiisfactorio en Chipre. los propósitos y principios de las Naciones Unidas,
Aprobada por unanimidad l. Reafirma sus resoluciones 186 (1964) de 4 de en la 1795a. sesi6n. marzo, 187 (1964) de 13 de marzo, 192 (1964) de 20 de junio, 193 ( 1964) de 9 de agosto, 194 ( 1964) de 25 de septiembre y 198 ( 1964) de 18 de diciembre de 1964, 201 (1965) de 19 de marzo, 206 (1965) de Decisiones 15 de junio; 207 (1965) de 10 de agosto y 219 (1965) de 17 de diciembre de 1965, 220 (1966) de 16 de En su 1810a. sesión, celebrada eil 13 de diciembre mar:ro, 222 (1966) de 16 de junio y 231 (1966) de de 1974, el Consejo decidió invitar a los representantes 15 de diciembre de 1966, 238 (1967) de 19 de junio de Chipre, Turquía y Grecia a participar, sin derecho y 244 (1967) de 22 de diciembre de 1967 247 de voto, en el debate del tema titulado "La situación (1968) de 18 de marzo, 254 (1968) de 18 de' junio en Chipre: informe del Secretario General sobre la y 261 ( 1968) de 1O de diciembre de 1968, 266 ( 1969) operación de fas Naciones Unidas en Chipre (S/ de 10 de junio y 274 (1969) de 11 de diciembre de 11568)"30•
1969, 281 (1970) de 9 de junio y 291 (1970) de 10 de diciembre de 1970, 293 (1971) de 26 de mayo 29 Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Vigésimo y 305 ( 1971) de 13 de diciembre de 1971 315 Noveno Año, Suplemento de julio agosto y septiembre de (1972) de 15 de junio y 324 (1972) de 12 de di 1974. ' ciembre de 1972, 334 ( 1973) de 15 de junio y 343 30 /bid., Suplemento de octubre, noviembre y diciembre de 1974. (1973) de 14 de diciembre de 1973 y 349 (1974) 10