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CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 037129 de 1979

Consejo de Seguridad

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Detalles

Título
CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 037129 de 1979
Autor
Consejo de Seguridad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
1979

de America, que podria tener graves consecuencias tantes de Alemania, Republica Federal de, Australia, el Canaday Singapur a participar, sin derecho de voto, para la paz y la seguridad internacionales, en el debate del tema titulado "Carta, de fecha 22 de Recordando el llamamiento formulado por el Presi diciembre de 1979, dirigida al Presidente del Consejo dente del Consejo de Seguridad el 9 de noviembre de Seguridad por el Representante Permanente de los de 197992 que fue reiterado el 27 de noviembre de Estados Unidos de America ante las Naciones Unidas 1979 (S/13652 )96 , (S/13705)"93 • Tomando nota de la carta del Ministro de Relacio nes Exteriores del Iran, de fecha 13 de noviembre de 197997, relativa a las reclamaciones del Iran, Teniendo presente la obligaci6n de los Estados de En su 2183a. sesi6n, celebrada el 30 de diciembre arreglar sus controversias internacionales por me~ios de 1979, el Consejo decidi6 invitar al representante padficos de tal manera que no se pongan en pehgro del Jap6n a participar, sin derecho de voto, en el ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia, debate de la cuesti6n. Consciente de la responsabilidad de los Estados de abstenerse en sus relaciones internacionales de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia politica de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con Resolucion 461 (1979) los prop6sitos de las N aciones Unidas, Reafirmando la obligaci6n solemne de todos los de 31 de diciembre de 1979

Estados partes en la Convenci6n de Viena sobre Rela ciones Diplomaticas de 196198 y en la Convenci6n de El Consejo de Seguridad, Viena sobre Relaciones Consulares de 196399 de res Recordando su resoluci6n 457 (1979) de 4 de di petar la inviolabilidad del personal diplomatico y de ciembre de 1979, los locales de sus misiones, Recordando tambien el llamamiento hecho por el

1. Exhorta urgentemente al Gobierno del Iran a Presidente del Consejo de Seguridad el 9 de noviem que ponga en libertad de inmediato al personal de la bre de 197992 y reiterado el 27 de noviembre de Embajada de los Estados Unidos de America detenido 1979 (S/13652)96, en Teheran, que le suministre protecci6n y que le Profundamente preocupado por el aumento de la permita abandonar el pais; tirantez entre la Republica Islamica del Iran y los

2. Exhorta ademas a los Gobiernos del Iran y de Estados Unidos de America a raiz de la captura y la los Estados Unidos de America a que adopten medidas prolongada detenci6n de personas de nacionalidad es para resolver pacificamente las cuestiones restantes en tadounidense que estan siendo retenidas como rehenes tre ellos, a satisfacci6n mutua, de conformidad con los en el Iran en violaci6n del derecho internacional, lo prop6sitos y principios de las Naciones Unidas; cual podrfa tener graves consecuencias para la paz y la seguridad internacionales, 3. lnsta a los Gobiernos del Iran y de los Estados Unidos de America a que actuen con la maxima mode Tomando nota de las cartas del Ministro de Rela raci6n en la situaci6n reinante; ciones Exteriores de la Republica Islamica del Iran,

de fecha 13 de noviembre de 197997 y 1° de diciem

4. Pide al Secretario General que interponga sus buenos oficios para la inmediata aplicaci6n de la pre bre de 1979100, relativas a las reclamaciones y decla raciones de su Gobierno acerca de la situaci6n, sente resoluci6n y que adopte todas las medidas apro piadas a tal fin; Recordando tambien la carta del Secretario General

5. Decide seguir ocupandose activamente de este de fecha 25 de noviembre de 19799", en la que este decia que, en su opinion, la crisis actual entre la Repu asunto y pide al Secretario General que le informe urgentemente acerca de los resultados relativos de sus blica lslamica del Iran y los Estados Unidos de Ame esfuerzos. rica representaba una grave amenaza para la paz y la seguridad internacionales, Aprobada por unanimidad en la 2178a. sesi6n. Teniendo en cuenta la Providencia de la Corte In ternacional de Justicia de fecha 15 de diciembre de 1979101, en la que se instaba al Gobierno de la Repu blica Islamica del Iran a garantizar la inmediata libe raci6n, sin excepci6n alguna, de todas las personas Decisiones de nacionalidad estadounidense que estaban retenidas como rehenes en el Iran y se exhortaba tambien al En su 2182a. sesi6n, celebrada el 29 de diciembre Gobierno de los Estados Unidos de America y al Go de 1979, el Consejo decidi6 invitar a los represenbierno de la Republica Islamica del Iran a garantizar que no se tomara medida alguna que pudiera agravar 96 Jbid., trigesimo cuarto ano, 2172a. sesi6n. la tirantez existente entre los dos paises,

97 Ibid., Suplemento de octubre, noviembre y diciembre de 1979, documento S/13626. 98 Naciones Unidas, Recueil des Traites, vol. 500, pag. 162. 100 Documentos Oficiales del Consejo de Seguridad, trige 99 Documentos Oficiales de la Conferencia de [as Naciones simo cuarto ano, Suplemento de octubre, noviembre y di Unidas sobre Relaciones Consulares (publicaci6n de las ciembre de 1979, documento S/13671. Naciones Unidas, No. de venta: 64.X.I), pag. 179. 101 Ibid., documento S/13697. 25 Teniendo en cuenta ademas el informe del Secre nalidad estadounidense retenidas como rehenes en el tario General de 22 de diciembre de 1979 sobre la Iran, que les suministre protecci6n y que les permita evoluci6n de la situaci6n102 abandonar el pais; , Teniendo presente la obligaci6n de los Estados de 4. Reitera su solicitud al Secretario General de que arreglar sus controversias internacionales por medios interponga sus buenos oficios e intensifique sus esfuer pacfficos de tal manera que no se pongan en peligro zos con miras a ayudar al Consejo de Seguridad a ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia, alcanzar los objetivos enunciados en la presente reso luci6n y, a este respecto, toma nota de que esta dis Consciente de la responsabilidad de los Estados de puesto a viajar personalmente al Iran; abstenerse en sus relaciones internacionales de recu rrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la inte 5. Pide al Secretario General que informe al Con

gridad territorial o la independencia politica de cual sejo de Seguridad sabre el resultado de sus gestiones quier Estado, o en cualquier otra forma incompatible de buenos oficios antes de que el Consejo vuelva a con los prop6sitos de las Naciones Unidas, reunirse;

1. Reafirma su resoluci6n 457 ( 1979) en todos 6. Decide reunirse el 7 de enero de 1980 para sus aspectos; examinar la situaci6n y, en caso de que la presente

2. Lamenta la continuaci6n de la detenci6n de los resoluci6n no sea acatada, adoptar medidas efectivas rehenes en contravenci6n de su resoluci6n 457 ( 1979) con arreglo a los Articulos 39 y 41 de la Carta de las y de la Providencia de la Corte Internacional de Ju s Naciones Unidas. ticia de fecha 15 de diciembre de 1979; Aprobada en la 2184a. se

3. Exhorta urgentemente una vez mas al Gobierno si6n por 11 votos contra de la Republica Isla.mica del Iran a que ponga en ninguno y 4 abstenciones libertad de inmediato a todas las personas de nacio- (Bangladesh, Checoslovaquia, Kuwait, Union de Republi 102 Ibid., documento S/13704. cas Socialistas Sovieticas).

LA SITUACION EN NAMIBIA1oa Decision "El Consejo de Seguridad expres6 su apoyo a los esfuerzos del Secretario General para aplicar la El 28 de noviembre de 1979104, el Presidente del resoluci6n 435 (1978), pero observ6 con profunda Consejo de Seguridad formul6 la siguiente declaraci6n: preocupaci6n que hasta el momenta no se habia

podido lograr la aplicaci6n de la resoluci6n. "El Consejo de Seguridad se reuni6 en una sesi6n de consultas oficiosas para escuchar una declaraci6n "El Consejo de Seguridad observ6 que los Esta del Secretario General con relaci6n a su informe105, dos de primera linea y la South West Africa Peo presentado en cumplimiento de la resoluci6n 435 ple's Organization habian aceptado el concepto de ( 1978) del Consejo, y para intercambiar opiniones la zona desmilitarizada y que todavia se esperaba la sobre la cuesti6n de Namibia. reacci6n de Sudafrica. 10a El Consejo tambien aprob6 resoluciones o decisiones so "El Consejo de Seguridad exhorta a Sudafrica a bre esta cuesti6n en 1968, 1969, 1970, 1971, 1972, 1973 1974 que de una respuesta urgente relativa a la acepta 1975, 1976 y 1978. ' ' ci6n del concepto de la zona desmilitarizada te 104 Documentos Oficiales del Consejo de Seguridad, trige niendo en cuenta que la Asamblea General e~pe simo cuarto afro, Suplemento de octubre, noviembre y di ciembre de 1979, documento S/13657. zara el examen de la cuesti6n de Namibia el 6 de 103 Ibid., documento S/13634. diciembre de 1979." 26

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