CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 078185 de 1975
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 078185 de 1975
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 1975
territorial y la no alineación de la República de Chipre 1O . Decide seguir ocupándose activamente de la y les encarece, así como a las partes interesadas, que cuestión. se abstengan de toda acción que pueda perjudicar Aprobada sin votación dichas soberanía, independencia, integridad territo en la 1820a. sesión. rial y no alineación, así como de toda tentativa de partición de la isla o de su unificación con cualquier otro país;
2. Lamenta la decisión unilateral del 13 de febrero Decisiones de 1975, por la que se declaró que una parte de la República de Chipre se convertiría en un "Estado En su 1830a. sesión, celebrada el 13 de junio de Turco Federado", por considerar, entre otras cosas, 1975, el Consejo decidió invitar a los representantes que tiende a comprometer la continuación de las ne de Chipre, Turquía y Grecia a participar, sin derecho gociaciones entre los representantes de las dos comu de voto, en el debate del tema titulado "La situación nidades en un pie de igualdad, cuyo objetivo debe se en Chipre: informe del Secretario General sobre la guir siendo el de llegar libremente a una solución que operación de las Naciones Unidas en Chipre (S/11717 establezca un arreglo político y el establecimiento de y Corr.l) "4 • un acuerdo constitucional mutuamente aceptable, y expresa su preocupación ante todas las medidas unila terales de las partes que hayan comprometido o pue dan comprometer la aplicación de las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas; En la misma ses10n, el Consejo decidió también
enviar una invitación al Sr. Vedat A. <;elik, con arreglo
3. Afirma que la decisión mencionada en el pá al artículo 39 del reglamento provisional. rrafo 2 supra no prejuzga del arreglo político defini tivo del problema de Chipre y toma nota de la decla ración de que no era ésa su intención;
4. Insta a que se apliquen en forma urgente y efi caz todas las partes y disposiciones de la resolución Resolución 370 (1975) 3212 (XXIX) de la Asamblea General, que hizo de 13 de junio de 1975 suya el Consejo de Seguridad en su resolución 365
(1974); El Consejo de Seguridad,
5. Considera que deben emprenderse nuevos es Tomando nota de que, según el informe del Secre fuerzos para contribuir a la reanudación de las nego tario General, de fecha 9 de junio de 1975 (S/11717 ciaciones mencionadas en el párrafo 4 de la resolu y Corr. 1 ) , en las actuales circunstancias sigue siendo ción 3212 (XXIX), entre los representantes de las necesaria la presencia de la Fuerza de las Naciones dos comunidades; Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre
6. Pide, en consecuencia, al Secretario General para que lleve a cabo las tareas en que se halla empe que emprenda una nueva misión de buenos oficios ñada actualmente, si se quiere mantener la cesación y que, con ese fin, reúna a las partes con arreglo a del fuego en la isla y facilitar la búsqueda de un arre nuevos procedimientos convenidos y se ponga perso glo pacífico, nalmente a su disposición a fin de facilitar la reanu Tomando nota de las condiciones existentes en la
dación, la intensificación y el progreso de amplias isla, según lo expuesto en el informe, negociaciones efectuadas con un espíritu recíproco de Tomando nota asimismo de la opinión expuesta por comprensión y moderación bajo sus auspicios perso el Secretario General en los párrafos 67 y 68 de su nales y su dirección, según proceda; informe, en relación con las conversaciones celebradas
7. Insta a los representantes de las dos comuni en Viena entre los representantes de las dos comuni dades a que cooperen estrechamente con el Secretario dades de conformidad con la resolución 367 (1975), General en el desempeño de esta nueva misión de de 12 de marzo de 1975, de que ha de mantenerse y, buenos oficios y les pide que, por su parte, asignen alta en lo posible, acelerarse el proceso de negociación, prioridad a sus negociaciones; y de que su éxito requerirá que todas las partes den prueba de decisión, comprensión y buena voluntad
8. Insta a todas las partes interesadas a que se abs para hacer concesiones recíprocas, tengan de toda acción que pueda poner en peligro las negociaciones entre los representantes de las dos co Tomando nota también de la declaración del Secre munidades y a que tomen medidas que faciliten la tario General, contenida en el párrafo 69 de su infor creación del ambiente necesario para el éxito de di me, de que las partes interesadas han manifestado su chas negociaciones; aprobación a la recomendación de que el Consejo de Seguridad prolongue el estacionamiento de la Fuerza
9. Pide al Secretario General que mantenga al en Chipre por otros seis meses, Consejo de Seguridad informado de los progresos lo
Tomando nota de que el Gobierno de Chipre ha grados en la aplicación de la resolución 3 65 (197 4) convenido en que, en vista de las condiciones existeny de la presente resolución y que le presente un infor me cada vez que lo estime adecuado y, en todo caso, 4 Ibid., Trigésimo Año, Suplemento de abril, mayo y junio antes del 15 de junio de 1975; de 1975. 2 tes en la isla, es necesario mantener la Fuerza en Chi Resolución 383 (1975) pre después del 15 de junio de 1975, de 13 de diciembre de 1975 l. Reafirma lo dispuesto en su resolución 186 El Consejo de Seguridad, ( 1964), de 4 de marzo de 1964, así como en resolu Tomando nota de que; según el informe del Secre ciones y decisiones ulteriores relativas al estableci tario General, de fecha 8 de diciembre de 1975 miento y mantenimiento de la Fuerza de las Naciones (S/11900 y Add.l), en las actuales circunstancias Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre sigue siendo necesaria la presencia de la Fuerza de las y de otros aspectos de la situación en Chipre; Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz en
2. Reafirma una vez más su resolución 365 (1974), Chipre, no sólo para mantener la cesación del fuego de 13 de diciembre de 1974, por la que hizo suya la sino además para facilitar la búsqueda sostenida de resolución 3212 (XXIX) de la Asamblea General, un arreglo pacífico, aprobada por unanimidad el 1° de noviembre de 1974, Tomando nota de las condiciones existentes en la
e insta a que se apliquen dichas resoluciones en forma isla, según lo expuesto en el informe, urgente y eficaz, así como su resolución 367 (1975); Tomando nota asimismo de que, en el párrafo 68 de
3. Exhorta a las partes interesadas a que actúen su informe, el Secretario General ha expresado la opi con la mayor mesura y a que, en cooperación, conti nión de que, en las circunstancias actuales, el mejor núen e intensifiquen sus decididos esfuerzos para al medio disponible para avanzar hacia un arreglo es el canzar los objetivos del Consejo de Seguridad; que ofrece la continuación de las conversaciones en tre los representantes de las dos comunidades, y que
4. Prorroga una vez más por un nuevo plazo, que esas conversaciones sólo pueden ser provechosas si los expirará el 15 de diciembre de 1975, el estaciona interlocutores están dispuestos a entablar negociacio miento en Chipre de la Fuerza de las Naciones Unidas nes significativas sobre todos los aspectos esenciales de para el Mantenimiento de la Paz, creada en virtud de un arreglo del problema de Chipre, y autorizados para su resolución 186 ( 1964), con la esperanza de que hacerlo, para entonces se hayan realizado progresos suficientes hacia una solución definitiva, a fin de que sea posible Tomando nota también de que las partes interesa retirar o reducir considerablemente la Fuerza; das están de acuerdo con la recomendación del Secre tario General de que el Consejo de Seguridad prorro
5. Hace un nuevo llamamiento a todas las partes gue el estacionamiento de la Fuerza en Chipre por un interesadas para que cooperen plenamente con la nuevo período de seis meses,
Fuerza en la continuación del desempeño de sus fun Tomando nota de que el Gobierno de Chipre ha ciones; convenido en que, en vista de las condiciones existen
6. Pide al Secretario General que prosiga la misión tes en la isla, es necesario mantener la Fuerza en Chi de buenos oficios que se le confió en el párrafo 6 de pre después del 15 de diciembre de 1975, la resolución 367 (1975), que tenga al Consejo al Tomando nota de que en su resolución 3395 (XXX) corriente de los progresos logrados, y que le presente de 20 de noviembre de 1975, la Asamblea General un informe provisional antes del 15 de septiembre de reafirmó la urgente necesidad de desplegar esfuerzos 1975 y un informe definitivo el 15 de diciembre de perseverantes en pro de la aplicación efectiva, en to 1975 a más tardar. das sus partes, de su resolución 3212 (XXIX), de 1° Aprobada en la 1830a. sesión de noviembre de 1974, que el Consejo de Seguridad por 14 votos contra ninguno5• hizo suya en su resolución 365 (1974), de 13 de di ciembre de 1974, 1 . Reafirma las disposiciones de su resolución 186 (1964), de 4 de marzo de 1964, así como las resolu Decisiones ciones y decisiones ulteriores relativas al establecí- miento y mantenimiento de la Fuerza de las Naciones En su 1863a. sesión, celebrada el 13 de diciembre Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre
de 1975, el Consejo decidió invitar a los representan tes de Chipre, Grecia y Turquía a participar, sin de y a otros aspectos de la situación en Chipre; recho de voto, en el debate del tema titulado "La 2. Reafirma sus resoluciones 365 (1974), de 13 situación en Chipre: informe del Secretario General de diciembre de 1974, y 367 (1975), de 12 de marzo sobre la operación de las Naciones Unidas en Chipre de 1975, e insta a que se apliquen urgentemente y de (S/11900 y Add.1)"8 • manera efectiva;
3. Exhorta a las partes interesadas a que actúen con la mayor mesura y a que continúen y aceleren, en cooperación, sus esfue,rzos decididos para alcanzar los objetivos del Consejo de Seguridad; En la misma sesión, el Consejo decidió también enviar una invitación al Sr. Vedat A. <;elik, con arre 4. Prorroga una vez más el estacionamiento en glo al artículo 39 del reglamento provisional. Chipre de la Fuerza de las Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz, establecida en virtud de su 5 Un miembro (China) no participó en la votación. resolución 186 ( 1964), por un nuevo período que ex 6 Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Trigési pirará el 15 de junio de 1976, con la esperanZ'a de mo Año, Suplemento de octubre, noviembre y diciembre de 1975. que para entonces se habrán realizado progresos sufí-
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