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CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 14 de 1946

Consejo de Seguridad

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Detalles

Título
CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 14 de 1946
Autor
Consejo de Seguridad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
1946

Parte 11

OTRAS CUESTIONES EXAMINADAS POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD

PROCEDIMIENTO

A. REGLAMENTO PROVISIONAL DEL aspectos de las facultades del Secretario General en CONSEJO DE SEGURIDAD relación con el Consejo de Seguridad, cuya inclusión en el capítulo V del reglamento provisional había reco mendado el Comité de Expertos 19.

Decisiones En su 48a. sesión, celebrada el 24 de junio de 1946, el Consejo aprobó un artículo adicional relativo a la En su 1a . ses1on, celebrada el 17 de enero de 1946, presidencia del Consejo de Seguridad, que el Comité el Consejo aprobó el artículo 9 del reglamento provi de Expertos había recomendado incluir en el capítulo IV sional recomendado por la Comisión Preparatoria de las Naciones Unidas 15, relativo al procedimiento para del reglamento provisional 20_ designar Presidente. En la misma sesión, el Consejo aprobó el reglamento 14 (1946). Resolución de) 16 de diciembre de 1946 provisional recomendado por la Comisión Prepara toria de las Naciones Unidas 15. Como la Asamblea General ha decidido que el man dato de los miembros elegidos al Consejo de Seguridad En la misma sesión, el Consejo creó un Comité de comience el 1° de enero y termine el 31 de diciembre, Expertos integrado por un representante de cada uno parece deseable ajustar el sistema de rotación mensual de los miembros del Consejo para examinar el regla previsto para la presidencia de modo que los períodos mento provisional e informar al respecto. de rotación comiencen y terminen en las mismas fechas;

En su 31 a. sesión, celebrada el 9 de abril de 1946, Con tal fin, el Consejo aprobó los capítulos I a V de su reglamento provisional y un anexo encaminado a establecer el El Consejo de Seguridad procedimiento provisional relativo a las comunicaciones Decide suspender la aplicación del artículo 18 del procedentes de particulares y de organismos no guber reglamento durante el tiempo suficiente que permita namentales, conforme a las recomendaciones que el al representante de los Estados Unidos de América Presidente del Comité de Expertos había formulado siguir desempeñando la presidencia del Consejo de Segu en su informe (S/29) 16 y a las enmiendas del Consejo. ridad del 17 de diciembre al 31 de diciembre de 1946. En su 41a. sesión, celebrada el 16 de mayo de 1946, Aprobada en la 84a. sesión por el Consejo aprobó los capítulos VI a IX de su regla 9 votos contra ninguno y mento provisional, conforme a las recomendaciones 2 abstenciones ( Estados Unidos del Comité de Expertos 17 y a las enmiendas del Consejo. de América, Unión de Repú blicas Socialistas Soviéticas). En su 42a. sesión, celebrada el 17 de mayo de 1946, el Consejo aprobó el capítulo X de su reglamento pro visional, conforme a las recomendaciones del Comité B. PROCEDIMIENTO PARA LA ADMISION DE de Expertos 17. NUEVOS MIEMBROS EN LAS NACIONES Aprobada por JO votos contra UNIDAS uno 18. 6 (1946). Resolución del 17 de mayo de 1946 21

En su 44a. ses10n, celebrada el 6 de junio de 1946, el Consejo aprobó otros dos artículos sobre ciertos El Consejo de Seguridad, Teniendo en cuenta que, conforme al Artículo 4 de 15 Véanse Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Primer Año, Primera Serie, Suplemento N.0 1, anexo 1, a, sección 4. la Carta, podrán ser Miembros de las Naciones Unidas 16 /bid., Primer Año, Primera Serie, N.0 2, 31 a. sesión, págs. 48 a 55. '" Véanse Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Primer 17 /bid., Primer Año, Primera Serie, Suplemento N.0 2, anexo 1d . A,10, Primera Serie, Suplemento N.0 2, anexo lf. 18 En las actas oficiales no se dan otros detalles sobre la vota :io /bid., anexo 1h . ción. :ii Modificada por el Consejo en su 51a. sesión (véase infra). 6

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