CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 16 de 1947
Consejo de Seguridad
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 16 de 1947
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 1947
Parte I CUESTIONES EXAMINADAS POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD EN CUMPLI MIENTO DE SU RESPONSABILIDAD DE MANTENER LA PAZ Y LA SEGURI
DAD INTERNACIONALES
EL TERRITORIO LIBRE DE TRIESTE
A. APROBACION DEL ESTATUTO DEL B. NOMBRAMIENTO DE UN GOBERNADOR DEL TERRITORIO LIBRE DE TRIESTE TERRITORIO LIBRE DE TRIESTE 16 (1947). Resolución de 10 de enero de 1947
Decisiones El Consejo de Seguridad, Habiendo recibido y estudiado los anexos del proyecto En su 155a. sesión (sesión privada), celebrada el 10 de del tratado de paz con Italia, relativos a la creación julio de 1947, el Consejo, continuando sus deliberaciones y el gobierno del Territorio Libre de Trieste (incluso sobre el nombramiento de un gobernador del Terri las disposiciones para un Puerto Franco) 1, torio Libre de Trieste, decidió crear un Comité compuesto Por la presente hace constar su aprobación de los de los representantes de Australia, Colombia y Polonia tres documentos siguientes: 1) Instrumento relativo al para que recogiera datos adicionales sobre los candi régimen provisional del Territorio Libre de Trieste; datos ya surgeridos, así como sobre otros candidatos 2) Estatuto permanente del Territorio Libre de Trieste; posibles, e informase al respecto al Consejo de Segu 3) Instrumento relativo al Puerto Franco de Trieste; ridad. y su aceptación de las responsabilidades que le incumben En su 223a. sesión (sesión privada), celebrada el 18 de en virtud de ellos. diciembre de 1947, el Consejo decidió pedir a los Gobier Aprobada en la 91a. sesión
por JU votos colltra ninguno nos de Yugoslavia y de Italia que se consultaran para y I abstención (Australia). tratar de llegar a un acuerdo sobre un candidato para 1 Véase Documentos Oficiales del Consejo de Seguridad, Segundo el cargo de gobernador del Territorio Libre de Trieste Año, Suplemento N.0 1, anexo 2. e informasen al Consejo antes del 5 de enero de 1948. INCIDENTES OCURRIDOS EN EL ESTRECHO DE CORFU Decisión El Consejo de Seguridad Resuelve nombrar un subcomité, compuesto de tres En su 95a. sesión, celebrada el 20 de enero de 1947, miembros, encargado de examinar todas las pruebas y habiendo incluido en su orden del día una carta de disponibles referentes a los incidentes arriba mencionados fecha 10 de enero de 1947, dirigida al Secretario General y de presentar un informe al Consejo de Seguridad a más por el representante del Reino U nido, referente a los tardar el I O de marzo de 1947, sobre los hechos que incidentes ocurridos en el estrecho de Corfú 2, el Consejo han suscitado la controversia, tal como se desprenden decidió invitar al Gobierno albanés a que tomara parte, de las pruebas de que se dispone. sin voto, en el debate relativo a la controversia, con condición de que Albania aceptara todas las obligaciones El Subcomité podrá solicitar de los Estados que son que un Estado Miembro de las Naciones Unidas tendría partes en la controversia todas las informaciones comple que asumir en un caso análogo. mentarias que estime necesarias, y se ruega a los repre sentantes del Reino Unido y de Albania que presten
19 (1947). Resolución de 27 de febrero de 1947 toda su ayuda para el cumplimiento de la tarea del Subcomité. Como medida preliminar para la consideración de Aprobada en la 114a. sesión los incidentes ocurridos en el Canal de Corfú que son el por 8 votos contra ninguno objeto de la controversia entre el Reino Unido y Albania, y 3 abstenciones ( Polonia, Siria, Unión de Repúblicas 2 lbid., Suplemento N.0 3, anexo 8. Socialistas Soviéticas). z