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CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2277 de 2016

Consejo de Seguridad

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Detalles

Título
CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2277 de 2016
Autor
Consejo de Seguridad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2016

S Naciones Unidas /RES/2277 (2016) Consejo de Seguridad Distr. general 30 de marzo de 2016 Resolución 2277 (2016) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7659ª sesión, celebrada el 30 de marzo de 2016 El Consejo de Seguridad, Recordando sus anteriores resoluciones y declaraciones de su Presidencia relativas a la República Democrática del Congo, en particular sus resoluciones 2211 (2015), 2198 (2015), 2147 (2014), 2136 (2014) y 2098 (2013), Reafirmando los principios básicos del mantenimiento de la paz, como el consentimiento de las partes, la imparcialidad y el no uso de la fuerza, salvo en legítima defensa y en defensa del mandato, y reconociendo que el mandato de cada misión de mantenimiento de la paz refleja las necesidades y la situación específicas del país en cuestión, Reiterando su firme compromiso con la soberanía, la independencia, la unidad y la integridad territorial de la República Democrática del Congo y de los demás Estados de la región, y poniendo de relieve la necesidad de que se respeten plenamente los principios de no injerencia, buena vecindad y cooperación regional, Recordando que el Gobierno de la República Democrática del Congo es el principal responsable de proteger a los civiles que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción, en particular brindando protección contra los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra, Recordando los compromisos contraídos en virtud del Marco para la Paz, la Seguridad y la Cooperación en la República Democrática del Congo y la Región

(Marco PSC) por todos los Estados de la región de no injerirse en los asuntos internos de los países vecinos y de no tolerar los grupos armados ni prestarles asistencia o apoyo de ningún tipo, Observando que el este de la República Democrática del Congo ha seguido sufriendo ciclos recurrentes de conflicto y violencia persistente por parte de grupos armados, tanto congoleses como extranjeros, recordando la importancia estratégica de que se aplique el Marco para la Paz, la Seguridad y la Cooperación en la República Democrática del Congo y la Región, y reiterando su llamamiento a todos los signatarios para que cumplan sin demora, plenamente y de buena fe los compromisos contraídos en virtud de dicho acuerdo a fin de hacer frente a las Publicado nuevamente por razones técnicas el 19 de agosto de 2016. 16-05139 (S) 1605139 S/RES/2277 (2016) causas profundas del conflicto, poner fin a los ciclos recurrentes de violencia y promover el desarrollo regional duradero, Alentando a que continúen los esfuerzos del Secretario General de las Naciones Unidas, la Conferencia Internacional sobre la Región de los Grandes Lagos (CIRGL), la Comunidad de África Meridional para el Desarrollo (SADC) y la Unión Africana por restablecer la paz y la seguridad en el este de la República Democrática del Congo, alentando al Gobierno de la República Democrática del Congo a que asegure una estrecha y continua cooperación con estos y otros asociados internacionales, y reconociendo los esfuerzos del Gobierno de la República Democrática del Congo encaminados al logro de la paz y el desarrollo

nacional, Reiterando su profunda preocupación por la crisis humanitaria y de seguridad existente en el este de la República Democrática del Congo debido a las actividades desestabilizadoras que llevan a cabo grupos armados nacionales y extranjeros, expresando especial preocupación por las noticias relativas al aumento de la violencia entre comunidades registrado en algunas zonas del este de la República Democrática del Congo, destacando la importancia de que se neutralicen las Fuerzas Democráticas de Liberación de Rwanda (FDLR), las Fuerzas Democráticas Aliadas (FDA), el Ejército de Resistencia del Señor (ERS) y todos los demás grupos armados que actúan en la República Democrática del Congo, y reconociendo los esfuerzos de las Fuerzas Armadas de la República Democrática del Congo (FARDC) a ese respecto, Expresando preocupación por la explotación y el tráfico ilícitos de recursos naturales por parte de grupos armados y por los efectos negativos de los conflictos armados en las zonas naturales protegidas, que menoscaban la paz duradera y el desarrollo para la República Democrática del Congo, y alentando al Gobierno de la República Democrática del Congo a que siga esforzándose por proteger esas zonas, Profundamente preocupado todavía porque persisten los elevados niveles de violencia, violaciones y abusos contra los derechos humanos y violaciones del derecho internacional humanitario, condenando en particular los ataques perpetrados contra civiles, los actos generalizados de violencia sexual y de género, el reclutamiento y la utilización de niños por determinadas partes en el conflicto, el desplazamiento forzado de un número considerable de civiles, las ejecuciones extrajudiciales y las detenciones arbitrarias, reconociendo su perjudicial efecto en

las actividades de estabilización, reconstrucción y desarrollo en la República Democrática del Congo, y poniendo de relieve que todos los responsables de tales violaciones y abusos deben ser capturados, llevados ante la justicia y obligados a rendir cuentas de sus actos rápidamente, Muy preocupado todavía por la situación humanitaria que sigue afectando gravemente a la población civil, en particular en el este de la República Democrática del Congo, expresando profunda preocupación por el elevadísimo número de desplazados internos en la República Democrática del Congo, que asciende a más de 1,6 millones de personas, y por los 170.000 refugiados en la República Democrática del Congo y los más de 450.000 refugiados del este de la República Democrática del Congo como consecuencia de las hostilidades en curso, así como por las violaciones del derecho internacional humanitario y las violaciones y abusos contra los derechos humanos, exhortando a la República Democrática del Congo y a todos los Estados de la región a que trabajen para crear un entorno 2/18 16-05139 S/RES/2277 (2016) pacífico que propicie el logro de soluciones duraderas para los refugiados y los desplazados internos, en particular su futuro retorno y reintegración voluntarios en la República Democrática del Congo en condiciones de seguridad y dignidad, con el apoyo, según proceda, del equipo de las Naciones Unidas en el país, destacando que toda solución de ese tipo debe estar en consonancia con las obligaciones pertinentes en virtud del derecho internacional de los refugiados, el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, y destacando la necesidad de que se gestione el cierre de los campamentos de manera que se

respeten los derechos de los desplazados internos, de conformidad con el derecho internacional, Expresando preocupación también por el aumento de los impedimentos al acceso humanitario registrado en el este de la República Democrática del Congo como consecuencia de la inseguridad, y por los atentados contra los agentes y los bienes de asistencia humanitaria, y exhortando a todas las partes en el conflicto a que respeten la imparcialidad, la independencia y la neutralidad de los agentes humanitarios, Observando con profunda preocupación los retrasos en la preparación de las elecciones presidenciales previstas para noviembre de 2016, de conformidad con la Constitución, y el hecho de que la actualización del registro electoral todavía no haya comenzado, Destacando la importancia crucial de que se desarrolle un ciclo electoral pacífico y creíble, de conformidad con la Constitución, para la estabilización y la consolidación de la democracia constitucional en la República Democrática del Congo, expresando profunda preocupación por el aumento de las restricciones del espacio político en la República Democrática del Congo, en particular las recientes detenciones y reclusiones de miembros de la oposición política y de la sociedad civil, así como las restricciones de libertades fundamentales como la libertad de expresión y de opinión, y recordando la necesidad de que haya un diálogo político abierto, inclusivo y pacífico entre todas las partes interesadas, centrado en la celebración de elecciones, que al mismo tiempo garantice la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales y allane el camino para la celebración oportuna de elecciones pacíficas, creíbles, inclusivas y transparentes en

la República Democrática del Congo, en particular elecciones presidenciales y legislativas a más tardar en noviembre de 2016, de conformidad con la Constitución y respetando la Carta Africana de la Democracia, las Elecciones y la Gobernanza, Profundamente preocupado todavía por la información según la cual han aumentado las violaciones graves de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario cometidas por algunos integrantes de las FARDC, el Organismo Nacional de Información (ANR), la Guardia Republicana y la Policía Nacional Congolesa (PNC), en particular contra miembros de la oposición y de la sociedad civil en el contexto del proceso electoral, instando a todas las partes a que se abstengan de cometer actos de violencia y provocación, y poniendo de relieve que el Gobierno de la República Democrática del Congo debe respetar los derechos humanos y observar el principio de proporcionalidad en el uso de la fuerza, Acogiendo con beneplácito el acuerdo entre la Comisión Electoral Nacional Independiente (CENI) y la Comisión Nacional de Derechos Humanos para hacer el seguimiento de todas las denuncias de violaciones y abusos contra los derechos humanos antes, durante y después del proceso electoral, e investigarlas, observando 16-05139 3/18 S/RES/2277 (2016) con preocupación la falta de progreso en las investigaciones contra los presuntos autores de violaciones y abusos contra los derechos humanos cometidos durante el proceso electoral de 2011, así como la información relativa a la instrumentalización de las instituciones judiciales con fines políticos, y pidiendo que se hagan nuevos esfuerzos por obligar a los responsables a rendir cuentas, Recordando la importancia de que se combata la impunidad en todos los

rangos de las FARDC y la PNC, encomiando a las autoridades de la República Democrática del Congo por haber enjuiciado y condenado recientemente a oficiales de las FARDC y la PNC por crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, y destacando la necesidad de que el Gobierno de la República Democrática del Congo siga velando por que aumente la profesionalidad de sus fuerzas de seguridad, Tomando nota de que la Asamblea Nacional aprobó la ley de aplicación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional en diciembre de 2015, destacando la necesidad de que se mantenga la cooperación del Gobierno de la República Democrática del Congo con la Corte Penal Internacional, y destacando la importancia de procurar activamente que los responsables de actos de genocidio, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad cometidos en el país rindan cuentas, Recordando todas sus resoluciones sobre las mujeres y la paz y la seguridad, sobre los niños y los conflictos armados y sobre la protección de los civiles en los conflictos armados, recordando también las conclusiones sobre los niños y el conflicto armado en la República Democrática del Congo (S/AC.51/2014/3) aprobadas el 18 de septiembre de 2014 por el Grupo de Trabajo del Consejo de Seguridad sobre los Niños y los Conflictos Armados relativas a las partes en el conflicto armado de la República Democrática del Congo, y acogiendo con beneplácito las iniciativas del Gobierno de la República Democrática del Congo al respecto, Acogiendo con beneplácito las actividades de la MONUSCO y los asociados internacionales en materia de capacitación en derechos humanos, derecho

internacional humanitario, transversalización de la perspectiva de género, protección de la infancia y protección frente a la violencia sexual y por razón de género para las instituciones de seguridad congolesas, y subrayando la importancia que tiene esa capacitación, Acogiendo con beneplácito el esfuerzo del Gobierno de la República Democrática del Congo, en particular de la Asesora Presidencial sobre la Violencia Sexual y el Reclutamiento de Niños, por cooperar con la Representante Especial del Secretario General para la Cuestión de los Niños y los Conflictos Armados, la Representante Especial del Secretario General sobre la Violencia Sexual en los Conflictos y la MONUSCO a fin de aplicar el plan de acción para prevenir y eliminar el reclutamiento y la utilización de niños y la violencia sexual contra niños por las FARDC y combatir la impunidad de la violencia sexual relacionada con los conflictos, incluidos los actos de violencia sexual cometidos por las FARDC, Tomando nota del informe del Secretario General (S/2014/181) que incluye una lista de las partes sobre las cuales pesan sospechas fundadas de que han cometido actos sistemáticos de violación y otras formas de violencia sexual en situaciones de conflicto armado, y que es objeto de examen por el Consejo de Seguridad, 4/18 16-05139 S/RES/2277 (2016) Reafirmando que la protección efectiva de los civiles es fundamental para que la MONUSCO cumpla su mandato y para que mejoren las condiciones de seguridad, y destacando asimismo la importancia de que se utilicen medios pacíficos y se avance en las reformas clave para promover la protección de los civiles,

Reiterando su firme apoyo al Representante Especial del Secretario General para la República Democrática del Congo y a la MONUSCO en la ejecución de su mandato, y alentando enérgicamente a ambos a que prosigan sus esfuerzos, Destacando la urgencia de que se reanuden las operaciones conjuntas de las FARDC y la MONUSCO contra los grupos armados, acogiendo con beneplácito el compromiso contraído el 28 de enero de 2016 por el Gobierno de la República Democrática del Congo y la MONUSCO de reanudar la cooperación con miras a llevar a cabo operaciones militares conjuntas contra las FDLR, así como otros grupos armados, incluidas las FDA, y alentando enérgicamente a que se reanuden con urgencia esas operaciones, Recordando que es importante que todos los contingentes de la MONUSCO, incluidos los contingentes de la Brigada de Intervención, estén debidamente preparados y cuenten con el equipo, la dotación de personal y el apoyo adecuados para poder mantener su compromiso de llevar a cabo sus tareas respectivas, Reiterando su exhortación a todas las partes para que cooperen plenamente con la MONUSCO y sigan comprometidas con la ejecución completa y objetiva del mandato de la Misión, reiterando su condena de todo ataque sin excepción contra el personal de mantenimiento de la paz y poniendo de relieve que los responsables de tales ataques deben rendir cuentas de sus actos, Reiterando su exhortación al Secretario General para que tome todas las medidas que considere necesarias para fortalecer las disposiciones de seguridad de las Naciones Unidas sobre el terreno y mejorar la seguridad y protección de todos los contingentes militares, oficiales de policía, observadores militares y,

especialmente, observadores no armados, Subrayando la importancia de que la MONUSCO prevenga toda amenaza para la ejecución de su mandato, Poniendo de relieve que las actividades de la MONUSCO deben ejecutarse de manera que faciliten la consolidación de la paz después del conflicto, la prevención del resurgimiento del conflicto armado y el avance hacia la paz y el desarrollo sostenibles, Habiendo determinado que la situación imperante en la República Democrática del Congo sigue constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales en la región, Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, Marco PSC

1. Reitera que el cumplimiento de los compromisos contraídos por el Gobierno de la República Democrática del Congo y todos los Estados signatarios en virtud del Marco PSC sigue siendo indispensable para conseguir la estabilidad a largo plazo de la zona oriental de la República Democrática del Congo y la región, e

16-05139 5/18 S/RES/2277 (2016) insta a los signatarios a que redoblen sus esfuerzos por cumplir cabal y rápidamente sus compromisos de buena fe, incluido el de no dar cobijo a criminales de guerra;

2. Exhorta al Gobierno de la República Democrática del Congo, que es el principal responsable de salvaguardar la soberanía y la integridad territorial del país, a que siga progresando efectivamente en el cumplimiento de los compromisos contraídos en virtud del Marco PSC, en particular por lo que respecta a la consolidación de la autoridad del Estado, la reconciliación, la tolerancia y la democracia, y a que mantenga el firme compromiso de proteger a la población civil

mediante el rápido establecimiento de fuerzas de seguridad profesionales, responsables y sostenibles, el despliegue de una administración civil congolesa sujeta a rendición de cuentas, en particular la policía, la judicatura, el sistema penitenciario y la administración territorial, así como la consolidación del estado de derecho y la promoción y protección de los derechos humanos;

3. Observa con profunda preocupación el escaso progreso en esferas que son esenciales para la estabilización de la República Democrática del Congo y reitera su llamamiento al Gobierno de la República Democrática del Congo para que adopte nuevas medidas encaminadas a cumplir sus compromisos nacionales respecto de la reforma del sector de la seguridad, incluido el apoyo a una fuerza de reacción rápida eficaz y sostenible, y para que aplique de manera plena e inmediata el programa nacional de desarme, desmovilización y reintegración, todo lo cual requerirá la asignación de los recursos necesarios para llevar a cabo esos procesos fundamentales;

4. Pide que prosigan los esfuerzos nacionales para hacer frente a la amenaza que representan la transferencia ilícita, la acumulación desestabilizadora y el uso indebido de armas pequeñas y armas ligeras, entre otros medios garantizando la seguridad y la eficacia de la gestión, el almacenamiento y la custodia de sus existencias de armas y municiones, con el apoyo continuado de la MONUSCO, según proceda y dentro de los límites de los recursos existentes;

5. Exhorta al Enviado Especial del Secretario General para la Región de los Grandes Lagos a que prosiga sus gestiones a nivel regional e internacional en apoyo de la paz, la estabilidad y el desarrollo económico de la República Democrática del

Congo y la región, lo cual implica, en particular, promover la celebración oportuna de elecciones nacionales creíbles e inclusivas y el diálogo regional, y continuar, en estrecha coordinación con el Representante Especial del Secretario General para la República Democrática del Congo, la labor de dirigir, coordinar y evaluar el cumplimiento de los compromisos nacionales y regionales asumidos en virtud del Marco PSC, así como a que siga colaborando en las iniciativas regionales con los principales asociados para resolver las causas profundas de los conflictos;

6. Toma nota del Marco Estratégico de las Naciones Unidas para la Región de los Grandes Lagos, e insta a la comunidad de donantes a que preste el apoyo necesario para fomentar su aplicación; Situación política

7. Exhorta al Gobierno de la República Democrática del Congo y sus asociados nacionales, en especial la CENI, a que garanticen un proceso electoral transparente y creíble, en cumplimiento de su responsabilidad primordial de crear condiciones propicias para las próximas elecciones, dando prioridad en particular a

6/18 16-05139 S/RES/2277 (2016) las condiciones necesarias para las elecciones presidenciales y legislativas previstas para noviembre de 2016 de conformidad con la Constitución;

8. Insta al Gobierno, así como a todas las partes pertinentes, a que aseguren un entorno conducente a un proceso electoral libre, limpio, creíble, inclusivo, transparente, pacífico y sin demoras, de conformidad con la Constitución congolesa, lo cual entraña un debate político libre y constructivo, la libertad de opinión y de expresión, la libertad de reunión, el acceso equitativo a los medios de

comunicación, incluidos los medios estatales, y la seguridad y la libertad de circulación para todos los candidatos y para los observadores y testigos electorales, periodistas, defensores de los derechos humanos y agentes de la sociedad civil, en particular las mujeres;

9. Pide la publicación de un calendario electoral detallado revisado para todo el ciclo electoral por parte de la CENI y exhorta al Gobierno de la República Democrática del Congo a que prepare rápidamente un presupuesto electoral suficiente y un código de conducta electoral, y lleve a cabo sin demora una actualización del registro electoral digna de crédito, a fin de garantizar la celebración satisfactoria y oportuna de las elecciones, en particular las elecciones presidenciales y legislativas previstas para noviembre de 2016, de conformidad con la Constitución, respetando al mismo tiempo la Carta Africana de la Democracia, las Elecciones y la Gobernanza, y exhorta además a todas las partes interesadas a que participen en un diálogo político abierto e inclusivo sobre la celebración de las elecciones presidenciales, de conformidad con la Constitución;

10. Subraya la importancia de un diálogo digno de crédito para garantizar la celebración de elecciones presidenciales y legislativas pacíficas y creíbles, en consonancia con la Constitución, expresa su apoyo a la decisión adoptada por la Unión Africana de celebrar consultas sobre ese diálogo, insta a todas las partes interesadas nacionales a que cooperen con la Unión Africana a este respecto, y solicita al Secretario General que preste apoyo político a esas actividades conforme a la presente resolución, especialmente mediante sus buenos oficios; Derechos humanos

11. Insta al Gobierno de la República Democrática del Congo a que haga

rendir cuentas a los responsables de violaciones del derecho internacional humanitario o de violaciones y atentados contra los derechos humanos, según proceda, en particular los actos que puedan constituir crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, incluidos los cometidos en el contexto del proceso electoral, y destaca la importancia que con tal fin tienen tanto la cooperación regional como la cooperación con la Corte Penal Internacional;

12. Exhorta a las autoridades congolesas a que aseguren el procesamiento de los responsables de delitos que suponen violaciones y atentados graves contra los derechos humanos cometidos en el contexto de las elecciones del 28 de noviembre de 2011 y del proceso electoral en curso;

13. Acoge con beneplácito los esfuerzos realizados por el Gobierno de la República Democrática del Congo para combatir y prevenir la violencia sexual en los conflictos, especialmente los progresos realizados en la lucha contra la impunidad mediante la detención, el enjuiciamiento y la condena de los autores de las FARDC y la PNC, y alienta al Gobierno de la República Democrática del Congo

16-05139 7/18 S/RES/2277 (2016) a que siga intensificando sus esfuerzos a este respecto, en particular mediante la plena aplicación de su Estrategia Nacional y de los compromisos enunciados en el comunicado conjunto del Gobierno de la República Democrática del Congo y las Naciones Unidas sobre la lucha contra la violencia sexual en el conflicto, aprobado en Kinshasa el 30 de marzo de 2013;

14. Exhorta al Gobierno de la República Democrática del Congo a que siga esforzándose por combatir la impunidad de la violencia sexual relacionada con los

conflictos, incluidos los actos de violencia sexual cometidos por las FARDC en todos los niveles, observando que abstenerse de hacerlo puede dar lugar a que se mencione de nuevo a las FARDC en futuros informes del Secretario General sobre la violencia sexual, y a que ofrezca a los supervivientes y las víctimas todos los servicios y la protección necesarios, y exhorta además al Gobierno de la República Democrática del Congo a que adopte las medidas necesarias para asegurar el pleno cumplimiento por sus fuerzas de seguridad de la política de tolerancia cero frente a la explotación y los abusos sexuales, y a que adopte medidas para institucionalizar los mecanismos establecidos para prevenir y eliminar el reclutamiento y la utilización de niños y la violencia sexual por parte de las FARDC;

15. Acoge con beneplácito los progresos realizados en la aplicación del plan de acción para prevenir y eliminar el reclutamiento y la utilización de niños por las FARDC, y exhorta al Gobierno de la República Democrática del Congo a que adopte todas las medidas necesarias para prevenir y poner fin a las violaciones y los malos tratos contra los niños, incluidos los que entrañan el alistamiento o la detención de niños por las FARDC; Grupos armados

16. Condena enérgicamente a todos los grupos armados que operan en la región y sus violaciones del derecho internacional humanitario y de otras disposiciones aplicables del derecho internacional, así como sus atentados contra los derechos humanos, en particular los que suponen ataques contra la población civil, el personal de las Naciones Unidas y los agentes humanitarios, las ejecuciones sumarias, la violencia sexual y por razón de género y el reclutamiento y la

utilización de niños en gran escala en contravención del derecho internacional aplicable, y reitera que los responsables deberán rendir cuentas de sus actos;

17. Exige que las FDLR, las FDA, el ERS y todos los demás grupos armados pongan fin de inmediato a todas las formas de violencia y otras actividades desestabilizadoras, incluida la explotación de los recursos naturales, y que sus miembros se disuelvan de forma inmediata y permanente, depongan las armas y dejen libres a los niños que sirven en sus filas, y recuerda a este respecto su resolución 2198 (2015), por la que se renovó el régimen de sanciones establecido en virtud de su resolución 1807 (2008);

18. Exhorta a la urgente reanudación de las operaciones conjuntas de las FARDC y la MONUSCO, de conformidad con su mandato, para garantizar que se esté haciendo todo lo posible por neutralizar a las FDLR y otros grupos armados, y destaca la necesidad de llevar a cabo las operaciones de conformidad con el derecho internacional, con inclusión del derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, según proceda;

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S/RES/2277 (2016)

19. Reitera que la neutralización duradera de las FDLR sigue siendo imprescindible para brindar estabilidad y protección a los civiles de la República Democrática del Congo y la región de los Grandes Lagos, recuerda que las FDLR son un grupo sujeto a sanciones de las Naciones Unidas, entre cuyos dirigentes y miembros se cuentan autores del genocidio cometido en 1994 contra los tutsis en

Rwanda, en el cual también murieron hutus y otras personas opuestas al genocidio, y que han seguido promoviendo y cometiendo asesinatos por motivos étnicos y de otra índole en Rwanda y la República Democrática del Congo, alienta al Gobierno de la República Democrática del Congo, con el apoyo del Enviado Especial del Secretario General para la Región de los Grandes Lagos, a que logre la participación de los agentes regionales para encontrar una solución duradera a la repatriación de los miembros de las FDLR desarmados y las personas a su cargo, y alienta a que continúe el desarme de los dirigentes y combatientes activos de las FDLR;

20. Condena las brutales matanzas de más de 500 civiles ocurridas en la zona de Beni desde octubre de 2014, expresa profunda preocupación por la persistencia de la violencia en esta región, destaca la necesidad de que estos ataques se investiguen minuciosa y prontamente a fin de que los responsables rindan cuentas de sus actos, y exhorta al Gobierno de la República Democrática del Congo a que emprenda nuevas acciones militares, de conformidad con las disposiciones aplicables del derecho internacional, incluidos el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, y con el apoyo de la MONUSCO de conformidad con su mandato, para acabar con la amenaza que representan las FDA y todos los demás grupos armados que operan en la región;

21. Solicita a los Gobiernos de la República Democrática del Congo, Uganda y Rwanda que intensifiquen su colaboración para garantizar la repatriación de los excombatientes del M23 ubicados en su territorio, en cumplimiento de las

declaraciones de Nairobi y de los compromisos contraídos en virtud del Marco PSC, exhorta a los antiguos dirigentes del M23 a que cooperen plenamente en la repatriación de los excombatientes en cumplimiento de su compromiso en virtud de las declaraciones de Nairobi, y reitera la importancia de asegurar que todas las disposiciones de los documentos firmados se apliquen con rapidez y de buena fe y, a este respecto, de que el M23 no se reagrupe, se una a otros grupos armados o reanude las actividades militares;

22. Exhorta al Gobierno de la República Democrática del Congo a que siga ejecutando su plan de desarme, desmovilización y reintegración y le asigne los recursos financieros necesarios sin dilación, en particular en lo relativo a la reintegración, formación y preparación para el reasentamiento en las comunidades, así como a las actividades de gestión de armas y municiones, a fin de estar en condiciones de ocuparse efectivamente de los excombatientes, incluidos los que ya están bajo la responsabilidad de las FARDC, y reconoce que la falta de un proceso creíble de desarme, desmovilización y reintegración está impidiendo que los elementos armados depongan sus armas;

23. Reconoce la contribución que vienen haciendo la MONUSCO y las FARDC a la lucha contra el ERS, alienta a que se redoblen los esfuerzos del Equipo de Tareas Regional de la Unión Africana e insta a que haya mayor cooperación, incluida cooperación operacional, e intercambio de información entre la MONUSCO, otras misiones de las Nacio

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